Hidrología en Suprema Corte . 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . . CCF4817 . 270 . . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . 284 . 285 . . CAF37039 . 286 . 287 . 288. 289 . 290 . 291 . 292 . 293 . 294 . . CAF84260 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . . FSM 65812 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305 . 306 . 307 . 308 . 309 . 310 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . 316 . 317 . 318 . 319 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . . FSM9066 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . . FSM 38000 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 335 . 341 . 342 . 343 . 344 . 345 . . FSM 56398 . 346 . 347 . 348 . 349 . 350 . 351 . 352 . 353 . 354 . . JFCampana . 355 . 356 . 357 . 358 . 359 . 360 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . CSJN . 366 . 367 . 368 . 369 . 370 . 371 . 372 . 373 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . CSJ 791. 379 . 380 . 381 . 382 . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 . 389 . 390 . . 35889 patrimonios rurales 391 . 392 . 393 . 394 . 395 . 396 . 397 . 398 . 399 . 400 . 401 . 402 . 403 . 404 . 405 . . hidrolinea . . código 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . ocsa . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa . . sentencia . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . . index .

CAF 21455/2017

Respondo a las excepciones

Sra Jueza

Francisco Javier de AMORRORTU, por mi propio derecho y mis propias obligaciones, conjuntamente con mi letrado patrocinante Ignacio Sancho ARABEHETY, LE 17490702, CPACF T 40 F 47, IVA Resp. Inscripto, constituído domicilio electrónico bajo el Nº: 20 17490702 2, en la causa CAF 021455/2017, DE AMORRORTU, FRANCISCO JAVIER C/ AYSA SA Y OTRO S/PROCESO DE CONOCIMIENTO, en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 12, a cargo de la Dra Macarena Marra Giménez, Sec Nº 23 a cargo del Dr. Carlos Alberto Mahia, sito en la calle Paraguay 923, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Sra. Jueza me presento y con respeto digo:

I . Objeto

Responder a las excepciones por art 347, de incompetencia y litispendencia por conexidad opuestas que me fueron notificadas el día 29/12/2017

II . Desarrollo del Objeto

A su punto III . Respondo a sus oposiciones

La complejidad de las materias ambientales excede la conciencia de cualquier Juez y la presión de la conciencia del que denuncia no espera que llegue esa orden superior en un proceso de conocimiento donde unos y otros claman –desesperados y con elocuencias-, desentendimiento. Tampoco la Jueza resolverá esa situación, Solo la conciencia del que siente la presión será la única inyección de combustible por mucho tiempo. Y esta causa Mendoza lo demuestra sin límites. Todos los actores han quedado conservados en asistir formalidades procesales que nada aportan a sus escepticismos callados. El Ejecutivo reduce en el ACUMAR a menos del 10% los aportes pautados. Y todos callados. Y comprendo al Ejecutivo mucho más que a los callados.

Aquí está la prueba de que estos temas, por su complejidad reclaman o habilitan otros tratamientos.

Si los temas ambientales son complejos y nos duelen porque tocan nuestra piel en directo, los temas de las ecologías de los ecosistemas hídricos en planicies extremas que han estado a resguardo de una mecánica de fluidos que no ha cesado durante 300 años de construir sarcófagos con insolventes pretensiones “hidráulicas”, son como lo muestra esta causa, alelantes.

Nadie los comprende. Nadie, y empiezo por los “científicos”; nadie quiere abandonar las naves de los modelos cartesianos y newtonianos que durante 3 siglos se dieron a multiplicar leyes que hoy confiesan erradas, para un escándalo que no termina de ser escuchado, ni mucho menos entendido; y por eso sentimos el peso abrumador, desesperado de estos letrados que claman al cielo para eliminar lo denunciado y castigar al denunciante. Sin siquiera reconocer de quien es la tarea de probar lo denunciado. Sin siquiera reconocer las leyes que indican que estos temas de EEEHP se miran por termodinámica de sistemas natuarales abiertos y enlazados o no se miran por ningún lado mecánico que fuera de sus agrados, ya sea por sus analogías, por sus determinismos o por sus modelos mucho más sencillos de aceptar, aunque ningún reconocimiento en trabajo de campo los haya probado en algún lado.

El Riachuelo se murió en Abril de 1786 y aún no le han firmado el certificado de defunción. ¿De qué sirve pedirle al Juez Federal de Morón milagros? ¿Tiene acaso Él la culpa de este atraso cambiario en epistemologías y en paradigmas mecánicos? ¿Tiene Él los recursos expresivos espirituales e intelectuales para expresarlo? ¿De qué sirve acorralarlo? Lo mismo sucede “aguas arriba”. ¿Quieren que hagamos un encuentro “privado” con los Dres Irigaray y Cafferatta sobre cualquier tema que tenga que ver con el estuario, los esteros, los bañados y las sangrías mayores y menores de nuestras pampas, con emisarios de “aguas arriba” para ver dónde estamos varados? He dicho “varados”. No parados.

Una audiencia confesional con 3 participantes: un Juez, un actor y un defensor, es mucho más develadora de estas oscuridades; y cualquier camarita de alta fidelidad apuntando a los rostros rescata mejor orden y mejor información en estos partos interminables, que los forceps procesales. Por supuesto, las preguntas solo las hace el Juez.

La realidad de los límites procesales aparece arrasada por la realidad de las urgencias y las dilaciones, de los conocimientos de los modelos simples y los desconocimientos de los modelos complejos que reclaman un permanente fluir de información por dentro o por fuera de esos límites, que no son la panacea para abrirse al acelerado proceso de la información y a la gravedad que pesa en la conciencia del que alienta estos procesos de conocimiento, que por cierto no gozan de reconocimiento hasta que no se muestran sus rostros, sus expresiones y sus gestos en la espontaneidad filmada con un par de cámaras en una audiencia pública. Ahí se reconoce y queda grabada esta falencia procesal en donde hasta el propio Juez queda expuesto.

He recogido esta experiencia de la generosa actitud del Dr Trionfetti en donde todos aprendimos y cada uno corriendo sus riesgos que siempre el silencio venía a amparar.

Ver ese video por https://www.youtube.com/watch?v=f1Tfozl1u2M O consultarlo y preguntarle qué impresión transmitió al día siguiente a sus alumnos de post grado. Habíamos estado 5 años sin avanzar. Por supuesto, el avance consistió en dar traslado al fuero federal. Pero algo aprendimos todos y eso quedó grabado.

Tampoco el fuero federal está en condiciones de decidir, pues un cambio de paradigma en ciencia y en epistemologías del conocimiento los excede sin medida de comparación a adjetivación procesal alguna.

Lo que si quedó grabado y eso lo sabemos todos, es que estos procesos de conocimiento llevan algo más de una Vida y la de este que suscribe ya está más cerca de partir, que del momento en que comenzó su conciencia a quitarle el sueño. Por eso voy a pedir auxilio al art 326, inc 1

En esta causa, los temas procesales y los temas ambientales se mezclan en sus privilegios todo el tiempo, de acuerdo a quien sea el mentor. Y si en adición los temas implican cambios en paradigmas científicos y en epistemologías del conocimiento, aquí tenemos la prueba inmediata del clamor por sacar al que acerca la novedad, corriendo; o a los escobazos como pide este defensor.

Estimo que la novedad de apreciar estas situaciones tiene particular valor.

Art. 326. - Los que sean o vayan a ser parte en un proceso de conocimiento y tuvieren motivos justificados para temer que la producción de sus pruebas pudiera resultar imposible o muy dificultosa en el período de prueba, podrán solicitar que se produzcan anticipadamente las siguientes:

1). Declaración de algún testigo de muy avanzada edad,

Solicitud al respecto:

Tengo 76 años. Llevo 21 años trabajando estas materias de hidrologías de llanuras y 14 estudiando desde termodinámica de sistema naturales abiertos y enlazados. Si enlazo estos tiempos con los 11 años que llevo denunciando los aspectos más graves relacionados a la localización y alineación de los difusores, fácil es advertir que ya estaré muerto cuando se aprecien estas advertencias y sus correspondientes reclamos judiciales y por ello no debe sorprender que vuelva una y otra vez sobre el ruedo

2) Reconocimiento judicial o dictamen pericial para hacer constar la existencia de documentos, o el estado, calidad o condición de cosas o de lugares.

Máxime, cuando ambos abogados, los del Banco y los de AySA dicen no entender nada, no existir documentación pública sobre mis estudios y presentaciones y cuestiones bastante más graves.

El balance de lo actuado por los que iniciaron desde ACUMAR las solicitudes al Banco hace bien más de una década, prueba que han sido descalificados una y otra vez por los propios ministros de la CSJ; y hasta el mismísimo último duro dictamen de la Corte de Noviembre del 2017 a la nueva titular de la ACUMAR Dorina Bonetti da prueba de que nadie se animaría a acreditar quién está más perdido.¡Y semejantes bailes quisieron tapar en los últimos años metiendo al enclenque OPDS en estos descalabros! Y nadie dice nada: ni el Juez Federal de Morón, ni los principales actores en la causa. Sin dudas, hoy en el limbo manda AySA. Aunque no sea la que manda. Simplemente, la que mandan al frente.

Ni por las instituciones administrativas, ni por las judiciales alertan sobre la incompetencia de las instituciones provinciales para tallar en el cierre de los procesos ambientales, ni para alertar sobre la ausencia de los EIA específicos que caben a los emisarios; ya no en las cuestiones de las obranzas, sino en los previsibles resultados a la salida de sus vuelcos.

Respecto del 326, inc 2: del estado, calidad o condición de las cosas o de lugares” acerco este informe de imágenes “Vuelco de barros dragados y refulados” pdf, cuyos rescates son posteriores a mis presentaciones anteriores al traslado de la demanda. La introducción a este informe viene compilada en este otro pdf “emisarios matemáticos”.

Ambos van por DVD de datos anexo y también visibles por http://www.alestuariodelplata.com.ar/emisarios15.html

 

A su punto III.1: a sus aclaraciones previas

También van éstas sobre sus aprecios al uso de la voz: “libelo”: en quien no puede excusarse su uso por el alto cargo que ostentan, es en los jueces, a pesar de que digan: “Lo escribió el secretario. Yo solo lo firmé”. No cabe excusarse ni en ignorancia, ni en desconocimiento ni en ninguna otra causa para utilizar un término ofensivo. 

Respecto de su desasosiego es natural que si no entiende nada, su recurso sea tildar la tarea como contradictoria, carente de todo sentido y sustento.

Tiene varias opciones: una de ellas es pedir ayuda, del color y nivel que le resulten apropiados. Trabajo para ayudar y por eso estoy vivo.

El problema nace de los “sustentos científicos” errados de aquí a la China. Por ello no sorprenderse cuando lean que las ecologías de los ecosistemas no conforman “ciencia”, sino que son sus hermanas opuestas. No miran por particiones.

No me quejo por la construcción de la obra. Me quejo por la ubicación y dirección de las salidas difusoras. Y por supuesto, por la marea de entreveros a lo largo de doce años en materia institucional ultra federal, que hoy pretende cerrar sus debidos procesos en ámbitos provinciales. Ya no saben dónde están varados.

Sin duda necesitan ayuda para ordenar todo el descalabro en que están metidos; y para ello vengo a ofrecer mi ayuda tras 11 años de estudiar y trabajar en denunciar en todos los foros institucionales con competenciasimaginables.

Estoy refiriendo de más de 15.000 horas de estudio de estas materias de ecologías de ecosistemas hídricos en planicies EEEHP, que por ello las expreso con originalidad nada común. Encontrarán no menos de 30 millones de caracteres subidos a la web sobre estos temas, que por cierto, abisman a los catecúmenos de Newton.

Sin embargo, bien recuerdo la humildad de la Directora de todas las cátedras de Hidráulica de la UBA y a cargo de todos sus equipos de investigación, doctorada en Física de Flujos en Paris, Agnes Paterson, un 18/2/2012 venir acompañada de un ingeniero especialista en imagen satelital (tengo más de 8000 subidas a la web) –quería éste, saber cómo generaba mis bancos de imágenes-, a verificar mi cordura, pues no salía de su asombro. Conservo los mails de sus aprecios.

Otro tanto me ocurrió dos años antes con la solicitud de entrevista del Ing Jorge Simonelli, asesor directo del Dr Lopardo, titular del INA. A pedido de éste quería hablarme y preguntar. Me confesó haber estado 2 meses estudiando mis trabajos antes de animarse al encuentro.

Tras el encuentro de 3 hs me confesó que ahora estaba en más dificultades que cuando había llegado, pues no sabía cómo iba a hacer para volver a relacionarse con sus pares. Esa alma bella, bellísima, tenía entonces 83 años. Había estado a cargo de todas las dragas del MOSP, a cargo del montaje de las turbinas del Chocón, a cargo de la firma del proyecto del canal Emilio Mitre y era uno de los Padres fundadores del hoy INA. Ver su imagen por http://www.alestuariodelplata.com.ar/halcrow2.html

También recuerdo los aprecios del Ing Juan Carlos Giménez, titular del Centro Argentino de Ingenieros, Presidente del Comité evaluador de los trabajos presentados al Primer Congreso Internaciones de Ingeniería celebrado en la Argentina en Octubre del 2010 y también, junto con el Ing. Federico, presidiendo la reunión en el Centro Argentino de Ingenieros en donde se trató la presentación del proyecto del experto en emisarios marinos Roberts. Ver por http://www.alestuariodelplata.com.ar/convec1.html esos aprecios

Tal vez estas noticias le acerquen al demandado o a su apoderado algún sosiego. Pero si Simonelli estuvo dos meses estudiando estos trabajos, con interés y entusiasmo, imaginemos qué estado de alma tendrá que sentir para abordarlos.

 

A su Punto III.2. INCOMPETENCIA . LITISPENDENCIA DENUNCIA CONEXIDAD

Nos hace favor a la Sra Jueza y a éste que suscribe para ahorrarnos repetir que la causa es ultra federal, nació federal para atender a la ley 26168, que puso en manos tripartitas la cuestión del PISA MR, que un Ing Jorge Bolt contratado por la Secretaria Piccolotti propuso la solución de estos dos emisarios y procedió a su evaluación sin que mediara el debido proceso específico para ellos.

Ver por http://www.alestuariodelplata.com.ar/evaluacion.html la entrevista con Bolt del martes 25/8/2009

Es más sencillo descifrar ideografías de origen desconocido que darse a seguir los entreveros y pasamanos que siguieron. No imagino a nadie que se haya dado a seguir y denunciar pisando los talones de los de la SSPyVNN, de la Secretaría de Medio Ambiente de Nación, del Ministerio de la Producción, de la SSRHN, del JF de Quilmes, y pasar dos veces por Juicios Originarios de CSJN (causas D 179/2010 y D 473/2012), antes de hacer pié en este JCAF Nº 12 después de 11 años de trabajo.

Es sencillo comprender los deseos del demandado de acabar con estos esfuerzos mediante estas economías de oponer excepciones donde reinan aberraciones excepcionales, al parecer, inimaginables a un ciego.

Pero, amén de pocas o ningunas ganas de ponerse a estudiar materias sin duda para ellos complejas ¿qué sentido servicial tiene cerrar los ojos a quien ha sumado más de un millón de caracteres en advertencias incomparables, puntualmente en este tema de la localización y dirección de salida de los difusores de los emisarios?

Al final de http://www.alestuariodelplata.com.ar/emisarios14.html encontrará la mención al envío de esta información que hicea través de un amigo común a principios de Agosto al Dr Rodríguez a cargo del JF de Morón, sin devolución de recepción. Y lo comprendo.

Al primer lugar que concurrí fue al Juzgado Federal de Quilmes y me constan devoluciones de la Prosecretaria Valeria Romina Marra, de la Secretaría 9 del JF Nº1 de Quilmes. 27 han sido los mails con información enviados al JFQ desde Abril/2010 hasta el 1/9/12. Sin embargo, esa respuesta negativa para apreciar un simple trámite de inscripción en una audiencia pública, me hizo sentir que el único recurso que cabía frente a semejante cuello de botella para acercar cualquier recurso a la altura de los errores medulares de esta causa, pesando desde el principio del proceso hasta su sentencia final, era presentando el escrito de insconstitucionalidad en la propia sede ministerial que lo había nombrado a Armelia.

Así fue que concurrí dos veces a Juicios Originarios de CSJN . La 1ª fui por causa D 179/2010 y al tener después de 1,5 años respuesta negativa, volví a insistir, ahora con carácter de “recurso in extremis” por causa D 473/2012.

¿Habrá forma de despreciar esta perseverancia?

Ahora me encuentro en este JCAF Nº12 y el demandado propone después de 11 años seguir paseando por competencias escurridizas; tan escurridizas como los manoseos y pasamanos que han hecho durante 12 años con estos debidos procesos. ¿O creerá el demandado, que la administración del PISA MR o lo que quedó de él, ha padecido menos.

Ver este http://www.alestuariodelplata.com.ar/acumar7.html o enterarse por qué el presupuesto actual del ACUMAR es menos del 10% del que tuvo en el 2011.

Nadie quiere hacerse cargo de este muerto. Solo hay uno capaz de hacerlo y es el más inconciente e irresponsable consultor que he conocido en mi Vida, hoy al frente de AySA.

Ponerse en intérprete de lo que la Corte quiere evitar es ser brujo. Las Excelencias Ministeriales y el propio Néstor Cafferatta que tanto celebró el memorable fallo y a quien mucho aprecio, están perdidos en un lodazal.

Infinitesimal, al lado del que anticipo generarán esas bocas difusoras.

El problema ambiental no tiene remedio alguno, otro que resucitar al buey que mueve las aguas. Los problemas humanos, aunque no lo quieran o no lo entiendan, tendrán que esperar. Todo junto no es dable paliar. Y el abismo más grande que hoy tenemos, no es administrativo de la institución que fuera, ni procesal de la excepcionalidad que fuera, sino cognitivo, con inclusión de cambios en centenarias epistemologías.

Sacar a la mecánica de fluidos de su cómoda jaula de marfil, habilitada por cultura a modelar fabulaciones de lo que se les ocurra, parallevarla a mirar por fenomenologías termodinámicas de enlaces entre ecosistemas hídricos aledaños en planicies extremas, para luego de entenderlos darse a buscar cómo oficiar seguimientos con nano dispositivos de estos extraordinarios procesos de los que están animados los ríos de llanura, los estuarios, los esteros, los bañados, las sangrías mayores y menores, los mares y los océanos, es después de 300 años el desafío más cercano, mucho más cercano que el de los agujeros negros en el cosmos, y el más abismal de la ciencia.

Que para resucitar a la Vida deberá advertir que ella tiene, desde hace muy pocas décadas, hermanas opuestas que se ocupan de enlazar lo que ella durante 500 años particionó . Estas son, por dar un ejemplo: el que refiere de la tarea a la que he aplicado los últimos 14 años: las Ecologías de Ecosistemas Hídricos en Planicies EEEHP. En concreto: abismos para la mecánica de fluidos. Penosos para mirar para los que están adentro de la jaula de marfil. Maravillosos para los que están afuera y tienen alma de niños, tal como Jorge Simonelli.

Como advertirá el demandado, aquí está puesto en juego el concepto de sujeto, de objeto y de causa. Y anticipar un escándalo jurídico es no querer ver y tomar conciencia de algo bien más grave que un escándalo jurídico.

Sugiero vea sobre esos cartesianismos, este otro video https://www.youtube.com/watch?v=WoO0Y41Afc8&t=2s

El “sabido es que las pretensiones son conexas” refiriendo de analogías cartesianas, no alcanza a pisar el umbral del primer escalón para descender al abismo de los discípulos de Newton. Las conexidades que debemos con urgencia mirar, si queremos ir al grano, son las que relacionan a esos 4,5 millones de m3 diarios de Kweks con los flujos en estado catatónico a la salida de los difusores. No más lejos que eso. Y este no es un problema procesal, sino un trauma ecológico con su correspondiente drama ambiental que le hará olvidar al demandado, las incompetencias, las litispendencias y las conexidades.

Sujeto, objeto y causa, todos -y ya bastante tarde-, bajarán sus pretensiones para tan solo mirar el abismo que la Reina del Plata tendrá que cargar.

Mientras tanto, cuanto más discreto y chiquitito sea el tribunal, menos dificultades tendrá en solicitar a la Dra Agnes Paterson que estudie cómo hacer seguimientos en esas interfaces, tal como lo vengo solicitando en la causa FSM 38000 en el JCF Nº1 de SI. Esta no es una causa para tomar drásticas decisiones, sino para aprender a mirar por donde nunca miraron. Alertar y mirar.

Es la única persona en la República que ha mostrado interés en estas cuestiones; pero sin orden judicial y sin los recursos apropiados no sacaría los pies del plato académico sin que le corten la cabeza.

El lenguaje que utilizo y el receptor a quien lo dirijo en este escrito van cambiando y surgen espontáneos para aliviar la carga receptora de la Sra Jueza, que en algunos intercambios desbordan en presión.

Así por ejemplo le sugiero al demandado mirar por fuera de analogías y extrapolaciones mecánicas. Imaginando que se estará dando cuenta que hay problemas bastante más graves que su tarea de contestar una demanda que no entiende desde la primera a la última línea. ¿Cuántas horas dedicó a esta causa? A ella ya he dedicado 11 años y a temas conexos 21 años.

La expresión “consumar la remediación ambiental a fs 11 es otra lamparita cartesiana quemada hace tres siglos. No existe remediación ambiental si antes no hay remediación ecológica de los ecosistemas involucrados. Inútil pedir que la carreta se mueva si el buey está muerto, o estacionado atrás de la carreta. Por eso luce elemental el respeto al orden de los 4 enunciados en el par 2º, art 6º, ley 25675 y a lo glosado para la voz “ecosistema” en la ley 11723.

Sin hacer foco en estos dos minúsculos puntitos de los que nadie habla, mejor olvídarse de remediación alguna otra que asistir al macaneo político de turno.

¿Por qué al ACUMAR lo dirige una polítóloga, que sucede a otra politóloga? Son amables sonríen, tocan el timbre de su casa y comparten un mate. Hasta no encontrar mejor propuesta aprecio que sigan así. Gastar 80.000 millones de pesos en 6 años para no alcanzar a cumplir el 20% de lo prometido a la Corte, habla de una ceguera sin medida. Mejor entonces que sigan las amables politólogas. Esto no lo resuelven con Descartes y Newton, ni con Delft, ni el MIT, sino aprendiendo a mirar. Tiene que entrar por los sentidos. No por la razón.

 

A su punto IV.- CONSIDERACIONES RESPECTO DEL OBJETO DE LA DEMANDA Y LA PRUEBA OFRECIDA SOLICITA RECHAZO IN LÍMINE

“Con toda exactitud, clara y positiva” pide el demandado. Por eso refiero de dos puntitos a los que ninguna atención prestó, pues si los hubiera enfocado se hubiera ahorrado las miles de páginas de pruebas documentales que hablan de repollitos en la luna respecto de esos 2 puntitos.

¡Mire si será positiva mi actitud y expresión que no he bajado los brazos en 21 años y solo a estos emisarios llevo aplicados, reitero, 11 años! ¿Ofrece algo parecido el demandado? Si imaginó que el tema fuera tan vasto como para aplicar las miles de páginas de documentación despistada que aportó, se confundió.

Esta denuncia apunta faltas y atropellos en directo a AySA y al Banco Mundial;

reclamando:

a). por el debido respeto al proceso ambiental, con ineludibles focos mucho más específicos y trascendentes con especial presencia de los EEEHP en los EIA,

b). cumpliendo con el primer enunciado del par 2º, art 6º, ley 25675; rescatando y respetando el concepto de la voz “ecosistema” glosado en la ley 11723, para así entender la ineludible necesidad de mirar por sistemas termodinámicos naturales abiertos y enlazados, dando sentido, tanto a la voz ecosistema, como a la voz ecología.

Y recordando la competencia federal en el debido proceso.

Recordando que en cuestiones ambientales se invierte la carga de la prueba.

Y recordando, que si la ley glosa: que un “ecosistema” es un sistema termodinámico natural y abierto cuya principal energía de entrada es solar… de nada sirven las miradas y modelos mecánicos; y si se trata de protestar, también es a cargo de Ellos probar que la ley está equivocada.

Entendimientos concluyentes para no confundir “ecologías de ecosistemas” con “ciencia”, pues son hermanas opuestas.

Si no lo advierte claro, relativamente “exacto” y positivo, es porque el demandado transita, al menos en esta causa, estado muy negativo. No querer poner neuronas a estudiar materias que le importan menos que nada lleva esta situación. A este viejo de 76 años le importó ver durante 11 años el destino mediterráneo de Buenos Aires transformado en un infierno y la única forma que encontró para resolverlo es trabajar como lo está haciendo, sin esperar milagros. Solo sembrando pequeñas semillas de conciencia.

Consuelo y descanso de 5 minutos van por este http://www.paisajeprotegido.com.ar/mariabertoni.html

Advirtiendo que al demandado le fastidian mis dichos, que poca o ninguna necesidad sienten de listar doctrinas y jurisprudencias que solo enfocan cómo reproducir historias ya juzgadas, en este caso me sucede lo mismo, pues sin aprecio, no las encuentro y me veo obligado entonces a actuar en soledad, que pocas veces un golpe de fortuna interrumpe. Uno de ellos, es éste que sigue:

Sobre la mecánica de fluidos acerco estas confesiones de James Lighthill, titular durante 10 años de la cátedra de Profesor Lucasiano de Matemáticas en Cambridge, que luego heredaría Stephen Hawking

Publicado bajo el título: The Recently Recognized Failure of Predictability in Newtonian Dynamics”, Proceedings of the Royal Society, Londres, A 407, 1986: 35-50. Nos introduce este testimonio el premio nobel Ilya Prigogine: “Querría remitirme al testimonio de un especialista de las más antigua de las ciencias físicas, la mecánica racional, Sir James Lighthill, presidente en el momento en que hacía esta declaración, de la International Union of Theoretical and Applied Mechanics:

“Aquí debo pararme y hablar en nombre de la gran fraternidad de los que practican la mecánica. Somos muy concientes hoy de que el entusiasmo que alimentaban nuestros predecesores por el éxito maravilloso de la mecánica newtoniana les ha llevado a generalizaciones en el dominio de la predicción, que ahora sabemos que son falsas”

“Queremos colectivamente presentar nuestras excusas por haber inducido a error al público cultivado recogiendo, a propósito del determinismo de los sistemas que satisfacen las leyes newtonianas del movimiento, ideas que se han revelado después de 1960, como incorrectas”

Vuelve a tomar la palabra Prigogine: “Es raro, que los especialistas de una teoría reconozcan que durante tres siglos se han equivocado en cuanto a la inclinación y significación de su teoría!Y ciertamente, la renovación que conoce desde hace algunas décadas la dinámica es un acontecimiento único en la historia de la ciencia”

A Fs 13 muestra el demandado haber perdido la paciencia y gritar escribiendo todo en negrita y mayúscula lo que sale de sus tripas. Muy sincero, pero…

Lo que sigue conserva el mismo tenor de espíritu.

 

A su punto V . INCUMPLIMIENTO DE LA CARGA PROBATORIA

El art. 377 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación establece que “Incumbirá la carga de la prueba a la parte que afirme la existencia de una hecho controvertido…”

Sin embargo, en temas ambientales esta regla cambia de dirección.

Y también recordando: que si la ley glosa que un “ecosistema” es un sistema termodinámico natural y abierto cuya principal energía de entrada es solar… de nada sirven las miradas y modelos mecánicos ; …y si se trata de protestar, también es a su cargo probar que la ley está equivocada.

Entendimientos concluyentes para no confundir “ecologías de ecosistemas” con “ciencia”, pues son hermanas opuestas. Dilema epistemológico que jamás imaginó. Y la voz que refiere de esta novedad es “biencia”. Nada de cortar, escindir, to scint, science, sino el enlace elemental de “2 ens”. Por eso bi-encia. Muy sencillo de entender y acorde con la esencia de lo que las ecologías de los ecosistemas aprecian.

 

A su punto VI.- CONTESTA DEMANDA. NEGATIVAS

Darme a responder estas negativas en la forma en que lo propone el demandado es invitación a una riña de niños.

Durante 11 años estuve atrás de estos emisarios. En el interin no me faltaron ocupaciones sobre la Vida de las aguas. Por eso se me escaparon las alternativas inmediatas previas a la inauguración de las obras del primer emisario que me movieron de inmediato a ampliar la denuncia que ya había adelantado del emisario de Berasategui.

Las ausencias del debido proceso ambiental están referidas una y otra vez a las específicas de los emisarios. Que las muestre y se acabó el reclamo.

Los despistes en los análisis de las turbiedades son patéticos y no tengo ningún inconveniente en ir al grano. Que de hecho, ya lo hube expresado.

Negar presentaciones de 18 millones de caracteres en 66 demandas de hidrología, eso sí que es batir records de negaciones olímpicas. No solo están en los archivos judiciales, sino por completo publicados y visibles por http://www.hidroensc.com.arQue pregunte a los Secretarios de Juicios Originarios y de Juicios Ambientales de la CSJN si me conocen; o al Secretario de Demandas Originarias de SCJPBA qué opinión tienen de este burro. O a la Jueza Sandra Arroyo Salgado. O al propio Intendente de Tigre Julio César Zamora o a Eduardo Costantini entre los afectados por mis denuncias. No le van a mentir.

Negar la comunicación pública de mis tareas es lo mismo que negar la existencia de mi Abuelo Sebastián, editor e impresor en la calle Jardines 3 de Bilbao ya en 1892. ¡¿Qué fórmula es esta de negar todo?!

¿Negar el silencio de las autoridades de aplicación! Que vea los listados de preguntas al jefe de hidrología del INA y al titular del OPDS en el Juzgado Fed Nº1 de SI, redactados y anticipados por este actor a la Jueza Arroyo Salgado: http://www.delriolujan.com.ar/preguntas.html

http://www.delriolujan.com.ar/preguntas2.html

Amén de las demandas judiciales puntuales, que vea las cartas documento giradas a Scioli, a Massa, a la propia Jueza, a Ma Eugenia Vidal, al presidente Macri y que me diga dónde está instalado el silencio:

http://www.delriolujan.com.ar/cartagob.html

http://www.delriolujan.com.ar/cartagob3.html

http://www.delriolujan.com.ar/cartagob4.html

y esta bien pesada: http://www.delriolujan.com.ar/cartagob5.html

http://www.delriolujan.com.ar/cartadocmassa.html

http://www.delriolujan.com.ar/cartadocjuzgfed.html

Después de recibir esta carta doc la Jueza Arroyo Salgado modificó su opinión de considerar abstracta la citación a declarar que solicitaba el Dr Ferreccio de mi parte. Aquí si se rompió el silencio y mucho aprecio por ello reconozco a esta Sra Jueza.

7 cartas doc a la Gobernadora Vidal, que todavía sigue en silencio: http://www.delriolujan.com.ar/cartadocvidal.html

2 cartas doc al Presidente Macri que todavía sigue en silencio: http://www.hidroensc.com.ar/cartadocmacri.html

3 Cartas doc al Presidente de la SCJPA y su respuesta. http://www.hidroensc.com.ar/ocsa.html

Negar la profundidad promedio de tan solo 80 cms en el área de 200 Km2 con flujos en estado catatónico ya apuntados en los gráficos de Halcrow de 1967, a los que las precipitaciones sedimentarias de estas bocas difusoras atravesadas a esas paupérrimas dinámicas van a provocar, es estar en la luna. Y no visualizar el devenir mediterráneo pavoroso de la Reina del Plata al que hube dedicado 2 hs de video hace ya 5 años, es no querer mirar.

Ver alflora 3 parte1 https://vimeo.com/128309601

alflora 3 parte2 https://vimeo.com/128893433y

alflora 3 parte3 https://vimeo.com/129588955

¿Estan dificil verificar lo de los 1000 caracteres de Vélez?

El “nunca” del debido proceso ambiental es el referido a los emisarios y a sus difusores. También es muy sencillo demostrarlo. Le recuerdo al demandado, que en temas ambientales cabe la inversión probatoria. Por otra parte, ¿cómo haría para probar la inexistencia de algo que jamás existió?

Las obras de marras carecen aún hoy de EIA específicos. No estoy hablando de los EIA de la obranza, sino los de las consecuencias de los vertidos. ¿No leyó nunca el demandado el 5º de la ley 25688 sobre el Régimen Ambiental de Aguas? Es también de presupuestos mínimos.

¿No leyó las advertencias sobre las áreas estudiadas del estuario, por completo alejadas de las áreas donde van las bocas difusoras? Y mucho menos, proyectando las barreras sedimentarias a los flujos que Ellos dan por resueltas con sus estimaciones de las turbiedades, realizadas con barros que tenían la misma temperatura y ninguna diferencia hidroquímica que permitiera compararlos con los que aportarán los 4,5 millones de m3 diarios de efluentes.

¿No sabe el demandado que la trascendencia de estos desastres afectarán a la Reina del Plata en particular, pues estará velando durando al menos 200 años el cadáver nauseabundo de un inmenso lodazal? –olvídese de llamarlo humedal-.

¿Cómo se les ocurre a los de AySA en Cía del Banco, pedirle al OPDS que sean Ellos los que convoquen a audiencia pública, lleven adelante la audiencia en el marco de la ley 13569; contesten las observaciones que caben por art 9º de esta ley; se den a expresar las evaluaciones y luego funden la DIA, declaratoria de Impacto Ambiental.

¿No estaba enterado el demandado que esas evaluaciones las hizo Jorge Bolt hace 9 años, trabajando para la Secretaria Picolotti?

Vea esta entrevista de 1,5 hora que hube realizado a ese funcionario el 25/8/2009, observándole las características de sus criterios para esas evaluaciones: http://www.alestuariodelplata.com.ar/evaluacion.htmlque

vieron este adicional http://www.alestuariodelplata.com.ar/evaluacion2.html 3 años después.

¿Cuantas horas ha dedicado el apoderado del demandado a estos temas específicos? Quien suscribe ha superado con creces las 15.000 horas. Con este burro tiene la oportunidad de salir a pasear y enterarse de lo que sin la menor duda jamás escuchó hablar.

Pregúntele a Laura Rocha, hasta hace pocos meses y durante años a cargo del área ambiental del diario La Nación, quién aparecía como el principal agente polutante en la cuenca media del Riachuelo. Está publicado en el diario.

Los emisarios no van a provocar un desastre natural, sino por el contrario, bien artificial. Natura nunca hace semejantes bestialidades. Es indudable que si AySA hubiera considerado tal desastre ya estarían pidiendo perdón en Roma.

Lo que reafirmo, es que tal desastre será el más grande de los desastres ecológicos generado en la Argentina. El escándalo del Riachuelo sumado al del Reconquista son moco de pavo al lado de este devenir en las salidas de los emisarios. Reitero, ¿conoce el demandado a alguien que haya pasado 11 años denunciando puntualmente el mismo tema sin economía de esfuerzos? ¿Conoce el titular de la demandada a éste que suscribe?

¿Conoce a alguien en el planeta que haya presentado en SCJPBA -no 28-, sino 47 demandas de inconstitucionalidad sobre códigos, leyes, decretos y disposiciones administrativas tocantes a temas hidrológicos? Es récord mundial Sr apoderado … ¡y Ud lo niega!

Si la CSJN ya avaló en la causa Ferreccio que las obranzas del Colony Park en Tigre afectaban el tratado Internacional del Río de la Plata, ¿cómo irán a contradecir las de estas bestialidades con 4,5 millones de m3 diarios de *Kweks a ambos lados del canal?

¿No le parece que esta forma de negar lo pone en ridículo?

Tengo tan poco aprecio por las doctrinas y las jurisprudencias en temas tan específicos donde, desde “especialistas” como Marienhoff hasta Borda han metido la pata hasta el cuadril, que no se, a qué doctrinas y jurisprudencias refiere que éste que suscribe hubiera referido.

He dicho que en 50 años tendrá este lodazal de 200 Km2 una profundidad promedio de tan solo 40 cms y que no prospectivar este devenir es cosa de necios olímpicos.

Estos emisarios no han sido ideados por un monstruo como señala el demandado. De hecho usan saco y corbata y hablan con la voz impostada como si estuvieran dando cátedra. ¿No intuye el Sr. apoderado, de quién estoy hablando?

Y para avanzar con semejante nivel de aberraciones durante no menos de una docena de años se necesitan varios bípedos implumes. No son “un” monstruo. Para el planteo que proponen se necesitan muchos sacos y corbatas.

Sin duda, la calificación de necio –latín nescius- raíz indoeuropea skep o spec, una de las 3 raíces con que los griegos referían del ver, con estas declaraciones resaltadas en negrita, vienen al vuelo: Niego, rechazo y desconozco cualquiera sea la prueba documental acompañada por la parte actora en su escrito de demanda. Tal vez no esté enterado el demandado, pero el Juzgado no da traslados de más de 100 fs y subidos a la web tengo más de 30 millones de caracteres.

Pero las cuestiones referidas a esos dos puntitos las tiene en esas presentaciones que le fueron alcanzadas por el Juzgado. Si quiere más vaya a los vínculos señalados en el escrito. Y si no quiere hacer click en ellos, pues entonces ahórrese el click.

Respecto a la parva de papeles despistados de aquí a la china que el demandado hubo presentado, no voy a seguir su ejemplo de amontonar papeles.

La Sra Jueza me lo agradecerá. No obstante, algo más adelante contestaré a algunos escritos que descubren extremos patéticos de torpezas y delicadezas en algunos pocos folios de los miles presentados; y en especial, contestaré al Ing Botelli a cargo de las modelaciones matemáticas de AySA, que se ha tomado el trabajo de responder en 3 páginas.

 

A su Punto VII . La realidad de los hechos

Reitero esa realidad: “los dos puntitos” que el demandado quiere extrapolar y envolver en su universo de papeles “de prueba”.

A.-Emisario Dock Sud

Copio al demandado: El Estudio de Impacto Ambiental presentado al Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible, fue elaborado por AySA, responsable de la elaboración y seguimiento de los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA), que cuenta con un equipo técnico interdisciplinario con amplia experiencia en la materia, avalados por los equipos de evaluación del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo (Dirección de Medio Ambiente) y la colaboración de Técnicos y Especialistas en distintas disciplinas que se desarrollan en otras áreas de la empresa, para estudios específicos se contó con el aporte de profesionales externos a través de distintas Instituciones y Consultoras especializadas”.

Ya he señalado que no es el OPDS quien tiene a su cargo estas responsabilidades; ni el Banco Mundial, ni el BID arrimar sus propias evaluaciones. El debido proceso ambiental de estas obras es algo más que Federal, pues no solo están al servicio de la ley 26168 y la autoridad tripartita: Nación, Provincia y CABA, sino que están comprometidas con el TIRP pues afectan un área estuarial no menor a 200 Km2. Siendo la principal afectada por estas aberraciones, la propia CABA, que no solo ya quedó encerrada, sino que por causa 45090/10 presentada en el JCAyT Nº15 de la CABA a cargo del Dr Trionfetti, allí la denunciaba como responsable exclusiva de las desventuras del pobre Riachuelo generadas en Abril de 1786.

Ver este video https://www.youtube.com/watch?v=f1Tfozl1u2M de la audiencia presidida por el Dr Trionfetti

Por lo tanto, enviar a una Provincia desquiciada y a un OPDS de inefable desvergüenza, que al igual que la AdA funcionaron siempre como vulgares cabinas de peaje y ambas aparecen denunciadas decenas de veces en las 47 demandas en SCJPBA es una vulgar truchada, patraña o como quiera llamarla. No quiera el demandado venderme de que “cuentan con un equipo técnico interdisciplinario con amplia experiencia en la materia”, pues son miseria espantosa. Pregunte al actual Asesor jurídico del OPDS ¿en quién confía: si en este burro o en su gente?

Esa causa 45090/2010 hizo su tránsito por el TSJ de la CABA y hoy está fondeada en el CAF Nº6 bajo el Nº CAF 30739/2017.

Todo el listado de obras que allí señala, a excepción de 2, no son de esta causa.

Vea los expedientes y la antigüedad de los mismos presentados en la SSPyVNN, al Min de Producción de de Vido y a la Sec de Ambiente de Bibiloni y verá si es federal la competencia de estas obras.

El TIRP está en manos el partido radical que lo usa de caja chica; por ello el 50% de la Hidrovía está en Chascomús.

En los términos del art 217 cabe acordar lo que se les ocurra.

En ningún lado he señalado que el dragado para instalar los tramos difusores fueran peligrosos. Me tienen sin cuidado esos dragados.

En adición, los problemas que enfoco y denuncio no son societarios, ni económicos, sino ecológicos, antes incluso que ambientales.

Las plantas de tratamiento mecánico también me tienen sin cuidado, pues en nada resuelven las brutas disociaciones térmicas e hidroquímicas. Cabe que se las ahorren. Y esto también lo hube ya expresado.

Nunca he hablado del problema “turbiedad”. Y si alguna vez he referido a la toma de agua afectada por el emisario de Berasategui, no lo he aplicado a esta causa de los emisarios. No me preocupa ni la turbiedad, ni el agua que consuman. Ese es un tema ambiental.

Y vuelvo a repetir: para que esos dos puntitos no se vayan a pasear al agujero negro del cosmos de estos defensores, no me cansaré de repetir, que la causa reclama los EEEHP, primer enunciado del par 2º, art 6º, ley 25675 , recordando que la voz “ecosistema”, está cargada al glosario de la ley 11723, como sistema termodinámico natural y abierto cuya principal entrada de energía es solar y cuya salida en las hidroesferas es merced a los sedimentos. Por lo tanto, olvidarse de Newton, de los modeladores matemáticos fabulando extrapolaciones de energías inexistentes que jamás fueron modelizadas en estas planicies, ni en ninguna otra planicie del planeta; sino verseando una y otra vez para terminar construyendo sarcófagos, que amén de inútiles se han robado energías tan a lo pavo, que superan el PBI global anual de todas las naciones juntas del planeta unidos. esto es algo así como 10 a la 14 ava potencia. Para dar un ejemplo: las energías convectivas del Amazonas superan a más de la mitad de todo el consumo de energía de los EEUU. Sin embargo, ni allí, ni en Delft, Londres, Massachusset, ni en la China les prestan la más mínima atención. Echele la culpa el demandado a Henrí Bénard por haberlas descubierto hace 117 años. Echele la culpa a Lighthill y a Prigogine por hacer de soplones de estas aberraciones de la mecánica de fluidos durante siglos.

Los modelos simples los tienen durmiendo la siesta desde hace 3 siglos. En tanto, todos los cursos de agua del planeta con compromisos urbanos están sarcofagizados con sus flujos ordinarios soberanamente muertos. Solo vomitan en eventos máximos.

Las “variantes” del contrato me tienen sin cuidado.

Al final de este punto VII, A señala que este actor hace predicciones apocalípticas. Por http://www.alestuariodelplata.com.ar/emisarios15.html tiene 45 imágenes de barros refulados y vuelcos de dragas de arrastre que nada comparable tienen en materia de diferencias térmicas e hidroquímicas para apuntar a las gravedades que apunto, y sin embargo… saltan a la vista sus gravedades. Estas imágenes van por pdf Refulados y dragados en el DVD que anexo.

´Pregunte el demandado a las 3 consultoras que sugirieron hace 12 años volcar barros al Sur del Km 26, si eso no es asfixiar las dinámicas de un área de 200 Km2 ya en estado catatónico. Ahí tiene a la vista las consecuencias. Y no olvide que esos vuelcos son pavaditas al lado de los volúmenes de Kwecks que ahora volcarán cruzados a los flujos. ¿Pregunte a esas mismas consultoras por qué no volcaban con ese criterio de cruzarse a los flujos? Y se le reirán en la cara.

Pregunte al Director de Proyectos de la SSPyVNN, Ing Morelli, si en estas áreas del estuario no debería estar prohibido clavar un simple clavo.

Si había alguien capacitado en el alma para llevar adelante semejantes barbaridades, ese era el actual titular de AySA. Esto no es apocalipsis, ni futurología, sino la realidad misma visible en este mismo momento. Un "epicalipsis" encarnado, con voz impostada y con corbata.

 

A su punto VII. B

No estoy denunciando las necesidades del PISA MR o las de cualquier otro plan, pues haría lo mismo que Ellos. Sólo que jamás cruzaría los difusores a la dirección de flujos ya en estado catatónico. Simplemente los alinearía a no menos de 2,5 Kms de las vías navegables, para que éstas no favorezcan advecciones. Y ambos emisarios alineados del lado externo del canal. Y ambas emisiones previendo su inmediata precipitación en un eje que hasta no llegar a la línea de cruce entre Punta Piedras y Montevideo, ninguna energía encontrará capaz de hacerse cargo de semejantes cargas sedimentarias y disociaciones térmicas e hidroquímicas asociadas.

Por lo tanto, sugiero al demandado, que enfoque. No se vaya por las nubes. Confórmese con 2 míseros puntitos. No quiera hacer de ésto una causa judicial interminable. ¿O tal vez eso se propone?!

El listado de metas ambientales tampoco es de mi incumbencia, pues no tengo alforjas en mi burro para cargar tantas cuentas. Solo miro por el primer enunciado del par 2º, del art 6º de la ley 25675. Si Ud no resuelve lo que cabe a ese primer enunciado, es inútil que quiera salvar a un pato mojado en el barro, o a un niño cargado de plomo. Hay un orden para resolver esta cadena de problemas. Y ese orden está muy bien, rematadamente bien expresado en el orden irreversible de esos 4 enunciados. Si el demandado es capaz de alterar con criterio viable ese orden, mañana mismo retiro esta denuncia. A mis 76 años solo estoy en condiciones de mirar y luchar por ese primer enunciado.

 

III . Gratuidad de las actuaciones

Hasta ahora, el dislate es el de la ciencia, el del ACUMAR, el de la CSJN amenazando con poner multas a una politóloga que jamás en su Vida conoció de estos temas. A una ACUMAR que en 5 años redujo a menos del 10% el presupuesto anual que manejaba. A una ACUMAR que en febrero del 2012 confesaba no saber cómo identificar el “pasivo” del PISA MR.

Y el demandado pide que castiguen al que lleva 21 años trabajando gratis porque estoy confundido y confundiendo a los que prestan mínima atención a estas denuncias. ¿No le parece que este escrito desaforador y pirotécnico, amén de avaro en epistemologías, se descubre desangelado, por no decir desalmado?

Estas mismas materias ya fueron en dos oportunidades por causas D179/2010 y D473/2012,vía Secretaria de Juicios Originarios a CSJN. Estuvieron año y medio pasando por vocalías ministeriales, que sin perder la paciencia, ni amenazar mi vocación servicial, siempre reconocieron, en estas mismísimas materias, la gratuidad de las actuaciones y mi seriedad y entrega. Y se trataba de las Excelencias Ministeriales.

 

Respecto de sus desazones

Propias de un náufrago que pide que eliminen el mar en el que se resiste a flotar porque no sabe nadar. Nunca conoció estas aguas. Y no es el primer demandado que así se expresa. O huyen despavoridos o piden que quiten el agua.

Ver al representante de la procuración de la CABA en la audiencia convocada y filmada por disposición del titular del JCAyT Nº15 de la CABA Dr Trionfetti en la causa 45090/2010, que tocaba un tema de comparable especificidad en ecologías de ecosistemas hídricos en planicies extremas. Ver ese video por https://www.youtube.com/watch?v=f1Tfozl1u2MO consultarlo y preguntarle qué impresión transmitióal día siguiente, aún sorprendido, a sus alumnos de post grado.

De hecho, por http://www.paisajeprotegido.com.ar/videos.html encontrará más de 130 videos (unas 36 horas), que le permitirán aprender a nadar en estas aguas.

21 años de trabajo, 18 millones de caracteres presentados en Justicia, en causasde hidrologías en planicies: 47 demandas en SCJPBA, 5 en CSJN, 9 en 2 JCF y 5 en 2 JCAF, 66 en total,acercan alguna confianza de que existen recetas para aprender a nadar en estas aguas.

Jamás cayeron por excepciones, sino que sembraron aprecios vocacionales, no menos originales y perseverantes. Jamás hube de pedir algo a cambio. Preguntar a los titulares de las Secretarías de Juicios Originarios y Juicios Ambientales de CSJN o de Demandas Originarias de SCJPBA si aprecian estas presentaciones y mis colaboraciones de más de una década.

Sigue por /incorte231.html