Hidrología en Suprema Corte . 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . . CCF4817 . 270 . . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . 284 . 285 . . CAF37039 . 286 . 287 . 288. 289 . 290 . 291 . 292 . 293 . 294 . . CAF84260 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . . FSM 65812 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305 . 306 . 307 . 308 . 309 . 310 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . 316 . 317 . 318 . 319 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . . FSM9066 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . . FSM 38000 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 335 . 341 . 342 . 343 . 344 . 345 . . FSM 56398 . 346 . 347 . 348 . 349 . 350 . 351 . 352 . 353 . 354 . . JFCampana . 355 . 356 . 357 . 358 . 359 . 360 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . CSJN . 366 . 367 . 368 . 369 . 370 . 371 . 372 . 373 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . CSJ 791. 379 . 380 . 381 . 382 . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 . 389 . 390 . 391 . 392 . 393 . 394 . 395 . 396 . 397 . 398 . 399 . 400 . . 35889 patrimonios rurales 401 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . 407 . 408 . 409 . 410 . 411 . 412 . 413 . 414 . 415 . . hidrolinea . . código 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . ocsa . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa . . sentencia . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . index .

CSJ 791/2018

Introito al debate propuesto a págs 106 a 112

CSJ791introito.pdf

Aceptada la opción del debate planteado a págs 106 a 112 de la demanda será necesario enfocar el área, la extensión que queremos abarcar y las características de las energías allí presentes en materia de dinámicas y enlaces entre ecosistemas inmediatos.

Así por caso, el tratamiento de la responsabilidad 1ª de la CABA en la remediación de la rotura de la curva del cordón litoral de salida reclamará enfoques muy específicos, pues la necesidad de alcanzar un régimen ecológico de sus flujos ordinarios de salida las 24 hs del día no menor a 25 m3/s, es insoslayable, aún considerando resuelta la emisión de efluentes por emisarios.

Aún así, esta pretensión resulta muy deficitaria para los compromisos ambientales de la cuenca, hoy en el orden de los 3 m3/seg en horario de bajantes.

Aún cuando resulta casi inútil hacer comparaciones pues cada cuenca tiene lo suyo, un curso como el río Ebro, el 2º que más tributa al Mediterráneo, reconoce un caudal ecológico de 135 m3/s, frutos de una cuenca de 86.000 Km2, 930 Kms de recorrido y nacientes a 1880 m; ésto es: 2 m de pendiente por Km, atendiendo los usos y costumbres de una población de 2.770.000 de almas.

Nuestro Matanzas Riachuelo reconoce 3 m3/s durante 12 hs al día, para atender los usos y costumbres de una población de 4,9 millones de almas en una cuenca casi 40 veces menor de 2240 Km2, 64 Kms de longitud y 40 cm de pendiente promedio, que tributa a un área estuarial de 200 Km2 y 80 cm de profundidad promedio con una pendiente de 4 mm/Km, muy alejada de parecerse a un mar Mediterráneo.

La principal diferencia de mirada que cabe, es que al Ebro le caben en los últimos 60 Kms estas miradas por termodinámica de sistemas naturales.

En tanto al Matanzas le cabe esta mirada en todo su recorrido y en particular, en los últimos 30 Kms afectadas sus márgenes por alteos de riberas, rectificación del curso eliminando los meandros y de esta forma liquidando todos los recursos convectivos que alimentaban alguna vez su marcha saliendo al estuario las 24 hs del día por el seno entre cordones litorales –la vía protegida-, para acoplarse a una deriva litoral sana, con un régimen de tributación que estimo del orden de los 50 m3/s en ciclos de humedad y 25 m3/s en ciclos secos.

Los compromisos ecológicos eran al tiempo del descubrimiento, solo los naturales de una cuenca con una población en extremo reducida.

La 1ª medida pasa por reponer la salida hacia el NO, atravesando la reserva ecológica, cerrando la actual boca y acoplando los 200 m3/s de las turbinas de la usina del Dock Sur para aportar las calorías que fueron robadas de los recursos de los esteros eliminados de aguas arriba, y así lograr resolver el déficit de temperatura de las profundas aguas del puerto del Dock Sur.

La salida de este puerto sería por la misma entrada del puerto de Dársena Norte, apoyado el canal de navegación sobre el veril NE, en tanto el del SO se reconozca de costa blanda de bajo perfil y borde labil.

El contar con los 200 m3/s de las turbinas permite conformar un laboratorio termodinámico en escala real bien inesperado. Allí veremos cuánto aporta esta 1ª remediación a la resurrección de los flujos ordinarios del Matanzas.

En tanto éste no fluya ese mínimo de 25 m3/s las 24 hs del día, habrá que seguir atendiendo estos déficits, que son anteriores a las cuestiones ambientales.

Hoy, la boca abierta al ingreso en directo de las energías mareales y la disociación térmica que plantean las profundidades del puerto del Dock Sur a las advecciones del Matanzas, tienen sellada la muerte de sus flujos ordinarios.

El tratamiento de la 2ª responsabilidad, que este caso compete a la provincia, será considerado cuando se construya el nuevo puerto de aguas profundas que permita eliminar éste del Dock Sur y rellenada su fosa ver recuperadas las advecciones del Matanzas.

El tratamiento de la 3ª responsabilidad se encara desviando en 90º el rumbo de las bocas difusoras de ambos emisarios alineados del lado externo del canal de acceso.

Reitero la urgencia en atender esta cuestión, pues las dovelas para el proyecto actual no sirven para generar la curva y el avance de la tuneladora no tiene previsto su marcha atrás.

El tratamiento de la 4ª responsabildad a cuenta de las 3: CABA, Provincia y Nación por resultar corresponsables del robo de las energías convectivas en la cuenca media y baja del Matanzas tras haber eliminado a partir de 1904, los meandros remplazados por los 27 kilómetros de rectificaciones, adicionalmente alteando sus riberas y así eliminando los bordes de transferencias de estas energías, se atiende recuperando en cuenca alta los esteros y bañados eliminados en ambas riberas, que por art 2340, punto 4º del viejo CC pertenecen al dominio público y ya es hora de probar lo que han aprobado nuestros legisladores en la reforma del actual CC por art 235, inc C, en materia atinente a la 5ª responsabilidad. (Ver CSJ 98/2016)

El delimitar de esta forma el debate permite imaginar que no estaremos dando vueltas por cuestiones éticas y morales de contextos ambientales y nos limitaremos al primer enunciado del par 2º, art 6º de la ley 25675 y al contexto termodinámico que surge de la voz “ecosistema” consignado en el glosario de la ley prov 11723.

Con el cumplimiento de estas dos novedades ya tenemos para avanzar 60 años en ecología de ecosistemas hídricos en planicies extremas, que la mecánica de fluidos viene frenando con el solo sentido de proteger sus catecismos y no abrirse al abismo de todas las aberraciones que han obrado.

Aquí quedará probado que la ecología no es una ciencia, sino su hermana complementaria opuesta, que enlaza lo que la primera ha particionado por siglos.

Que el mirar estos temas de los enlaces en cada interfaz no conforme un “holismo”, sino tan solo un soplo de luz en una interminable sucesión de enlaces, que paso a paso en cada oportunidad deberemos considerar sin recurrir a analogías y garantismos holísticos

Agradezco a mis Queridas Musas Alflora Montiel Vivero, Estela Livingston y Julieta Luro Pueyrredón el ánimo e inspiración para sostener estas tareas, que en especial, en este tema de las aguas debo a la 1ª

Francisco Javier de Amorrortu, 29/9/2018