Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . . CAF25337 284 . 285 . 286 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . JFCampana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . 412 . . CSJ 791 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . . CSJ 936 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . . CSJ 1525 . 456 . 457 . 458 . 459 . 460 . 461 . 462 . 463 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . . CSJ 2605 . 475 . 476 . 477 . . CSJ 2841 . 480 . 481 . 482 . 483 . 484 . . CSJ 769 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 770 . 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . . CSJ 794 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . . 35889 patrimonios rurales 510 . 511 . 512 . 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 . 519 . 520 . 521 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . declaratoria . . declaratoria FGSI . . Cartas Doc a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1.2.3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa ..sentencia .. huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata .. Puerto ampliación . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . index .

CSJ 2605/2019

Ver CSJ 2605/2019.pdf

U) Resumen de advertencias al Procurador General

Ver este video https://www.youtube.com/watch?v=zFB15ecagYs

5ª carta doc 95173661 5 al Procurador Gral. Conte Grand

Del Viso, 26/11/2018. Estimado Sr. Procurador General, acerco a Ud estas denuncias cuyos breves correlatos ilustrados y muy vinculados acabo de subir a este video https://www.youtube.com/watch?v=zFB15ecagYs  con información bien enfocada en obras “hidráulicas“ tan inútiles como ruinosas, que aún así tienen muy preocupada a la Gob. Vidal, que insiste en defenderlas confiando en las evaluaciones de instituciones de crédito que han recibido de parte de este actor fuertes denuncias a sus áreas de ética y transparencia, solo respondidas en muy pobre medida por el BID. Las reiteradas a la CAF jamás lo fueron.

Las inconsistencias del BIRF hube de denunciarlas por causa CAF 21455/2017. estas actuaciones y sus enlaces son rescatables de los 200 videogramas del video que también acerco por wetransfer para no depender del streaming:

No denuncio a mercaderes, técnicos o funcionarios viciados, sino al mutismo científico que acompaña las evaluaciones de las grandes instituciones mundiales de crédito para garantizar el desarrollo de “remediadoras” obranzas, a cual más aberrante y no menos criminales, cuyas tipificaciones por art 420 bis del CFPM así les caben.

Recuerdo las canalizaciones del Matanzas desde 1904 hasta 1936 eliminando 27 Kms de meandros, invadiendo sus márgenes, alteando y cementando sus riberas; las canalizaciones del Salado que los tiene locos desde hace 100 años; las canalizaciones del río Atuel eliminando sus meandros para hoy ver todo su cauce atarquinado; las del Canal S. Antonio en Santa Fe que ahora insisten en “sanear”; las eliminaciones de los senos entre cordones litorales holocénicos entre La Picasa y Christophersen generando un área endorreica descomunal;

los desvios del cauce del Luján por parte de Kokourek; la traza del Canal Sta María imaginando por él sacar las aguas del Luján al Paraná de las Palmas, la desaparición del cauce principal del Luján a la altura de Villa Rosa generado por Pachelo; el adicional robo de ese mismo cauce principal 40 años más tarde por parte de Hurtado Vicuña, Lanusse y O’Reilly en San Sebastián en Zelaya; los descomunales crímenes hidrológicos e hidrogeológicos en Puertos del Lago asistidos por Dante Galeazzi desde la DPOUyT y ahora dado a promover “flujogramas” bien útiles para despistar y enredar la tan necesaria y valiosa ley 8912 a la que no cesan de bastardear;

los robos de todas las riberas de los ríos Tigre y Reconquista para luego de verlos muertos imaginar solución con la traza de un canal Aliviador, tan momificado como Tutankamón; los cerrojos en los cruces de ciudades como Areco y Pergamino; los entubamientos en las medianas y grandes urbes de todos los arroyos con compromisos urbanos y el ejemplo más gratuito de la prepotencia “hidráulica” en las aberrantes canalizaciones en el Pilcomayo, para ver hoy atarquinamientos devorándose 25 Kms de cauce por año.

Estas aberraciones no son invento argentino. Los holandeses vienen batiendo récords desde hace más de 7 siglos. Los alemanes, los españoles…donde he puesto mis ojos he visto éstas y aún más originales aberraciones.Decir que Descartes y Newton fueran los responsables es no tomar en cuenta los límites que la humanidad cargó en cuanto a la extensión y calidad de sus miradas.

Pero seguir cometiendo hoy los mismos errores de ayer es algo que no tiene explicación otra que los abismales reconocimientos que implican los cambios de catecismos newtonianos, forzados por los fracasos y las denuncias de sus errores conceptuales en 78 causas judiciales en temas de hidrología e hidrogeología desde hace 13,5 años (47 en SCJPBA).

Comprendo que la Sra Gobernadora tenga mil problemas que atender, amén de verse obligada a confiar en sus delegados, que por ello ignora y jamás acusa recibo de las precisas advertencias en 45.000 caracteres acercados en 10 Cartas Doc visibles por http://www.hidroensc.com.ar/cartadocvidal.html

Ruego a V.E. que un funcionario de su confianza estudie la inusual cantidad de información de este video y así prevenga a la Sra Gobernadora de cargar sufrimiento por ver su plan de obras “hidráulicas” demorado, cuando de hecho esas obras deberían estar en el infierno.

Recuerde que los responsables de estos errores conceptuales son del CONICET, el INA y a qué hablar de la DIPSOH, sus Rastelli, Neschuk y Mugueti cuyos atropellos exceden lo conceptual.

Tras 22 años de trabajo en estas materias con 49 millones de caracteres volcados a la web y a la Justicia, reitero el mismo ofrecimiento que hago visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte242.html en los Cap “H e I” de la causa CSJ 791/2018 respecto a formalizar pequeñas audiencias que permitan avanzar en procesos cognitivos de alta especificidad.

La misma que carga el exp 3052/2018 de la PGN en respuesta a la solicitud de creación de una unidad fiscal especializada en el marco del art 32 de la ley orgánica de la PGN, urgiendo transfusiones de conocimientos de ecologías de ecosistemas hídricos en planicies extremas que no son dables de atender con mecánica newtoniana. Ver por http://www.hidroensc.com.ar/incorte248.html

Ver por http://www.hidroensc.com.ar/cartadoccontegrand.html  todas las CD dirigidas con aprecio a V.E.

Agradece su consideración, Francisco Javier Amorrortu

 

III . De la Competencia Originaria

Por la inocultable relación de irresponsabilidades en distemporalidades, incompetencias e inconstitucionalidades cruzadas entre ámbitos nacionales y provinciales que nunca fueron aclaradas, cabe sin la menor duda esta presentación en ámbitos de la Secretaría de Juicios Originarios, solicitando se evite su derivación a la Secretaría de Juicios Ambientales por los motivos que ya han sido con largueza e insistencia expresados en las causas CSJ 791/2018 y las que siguieron arribando en el 2019 a esta Excma CSJN, a excepción de la CAF 21455/2017 cuya derivación a la SJO no fue atendida, a pesar de solicitada y bien advertidas sus razones.Por motivos que aún restan confrontar fue derivada esta causa CAF 21455/2017 a la SJA.

Al igual que todas las restantes causas de este actor, que no cesa de insistir en la necesidad de desarrollar el proceso de conocimiento esbozado a págs 106 a 112 de la causa CSJ 791/2018, hoy esperan en la Procuración General.

 

IV . Carga de inconstitucionalidades que afectan el sentido de la ley 27456/2018. Propuesta de sustitución

Tras ver al desnudo la desfachatez de crear un Parque Nacional en pantanos que jamás fueron naturales, sino, forzados por los tajos obrados en las riberas del Paraná, a excepción de los del SO, que contando con la mayor aptitud para cobijar ciervos fueron excluidos de la ley…¡váya paradoja!-, bien providencial!!

Y advirtiendo que los Real States son la cara oculta de esta luna legislada para favorecer 1700 Has de negocios enclavadas justo en medio de las 5088 protegidas, solicitamos a V.E. declaren la inconstitucionalidad de la ley 27456/2018

Y para no dejar paralizados al pleno de legisladores que fueron embaucados, anticipo el envío de esta causa a presidencia del Senado, para que una vez analizados estos argumentos se precien en considerar los de la sustitución que cabe para dejar conformes y mucho más que eso, a todos en general: legisladores,mercaderes, pobladores amontonados y políticos, que desde unitarios a federales no dudo sabrán apreciar estas propuestas que siguen.

1º) para acabar con estos cuentos de siervos que siempre han ido y van por más crímenes hidrogeológicos, que para probar cuántos disfraces y marketing han conocido ni siquiera hay una sola ONG ambientalista que alguna vez los haya denunciado; ni siquiera una institución científica como el Instituto Nacional del Agua que cuenta con prestigiosos hidrogeólogos, ni siquiera el CONICET, ni la UBA que cuenta con un laboratorio de humedales, ni siquiera por instituciones internacionales como Wetlands International; todos hablan de humedales (ver art 421 bs del CFP de Méjico), pero nadie apunta a los crímenes irreparables (estragos calificados por el art 200 del CPN) en los santuarios hidrogeológicos de los que depende la calidad del agua que bebemos.

Por estos Fundamentos solicito a los Sres Legisladores que promuevan por ley el siguiente enunciado:

“A excepción de trabajos que nunca refieran a proyectos de urbanizaciones abiertas o cerradas y aún por fuera de ellas resulten imprescindibles y sean aprobados por la máxima autoridad ambiental, se prohibe la eliminación total o parcial del acuicludo Querandinense.

De esta forma queda acreditada en las áreas con cotas por debajo de los 8 m/snm la protección del acuífero pampeano y del acuitardo que le sigue y conforman los mantos filtrantes que protegen al santuario Puelches”.

 

2º) Asumiendo como soporte preambular lo expresado en esta causa de la corona que regala la ley 27456/2019 a los proyectos criminales a obrar en el canal Sta Mría y en los pantanos forzados de la llamada “reserva natural del río Luján”, se deje esta reserva, hoy parte del Parque Nacional Ciervos del Pantano, sin los efectos legislados por la ley 27456/2019.

Los 200 ciervos tendrán sobrado lugar en áreas de comparable extensión que se regalan en la antigua Reserva natural Otamendi, hoy parte del Parque Nacional Ciervos del pantano.

En esta antigua Reserva natural de Otamendi se reste al Parque Nacional las áreas al NE del extinto arroyo Comevacas para que sea el Municipio de Campana quien decida sus destinos.

En las áreas que se extienden en la margen SE del actual río Luján y han quedado ignoradas de las cedidas por ley 27456/2019 se funde el Parque Nacional Abismos de Newton, que recuerde a la ciencia los errores que cargan los siervos de Newton con los criterios mecánicos que aplican para valorar los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos que reconocen estas hidroesferas en planicies extremas.

La carga de identidad en ese clavo en la conciencia de nuestros científicos movilizará reflexiones, discusiones y cambios de paradigma bien demorados.

Se deje establecido en estas áreas la traza de un camino inmediato al Norte del cauce que primaba hace 100 años -(antes de ser bastardeado por Kokourek y los que le siguieron)-, para que con cota de 7 m comunique el frente deltario al Sur del canal San Antonio con la ciudad de Campana. Apareado al NE se obre un canal colector de los excesos de aguas que se generen al Norte de esta ruta.

Ver esta propuesta expresada en prolongado encuentro personal hace dos años al Intendente Julio César Zamora por http://www.delriolujan.com.ar/ensanche2.html

Las obras a realizar en el ensanche obligado del río Luján al que le robaron ¾ de su ancho implican movimientos de suelo 30 a 40 veces superiores a los 2,5 millones de m3 que aplican al canal Sta María con crímenes incluidos.

Las áreas peninsulares generadas con estas obranzas permitirán a los siervos de los Real States disputarse esas tierras para obrar sus torres en paisajes incomparables, sin necesidad de cometer crímenes hidrogeológicos y reparando los hidrológicos que sumaron en estos 60 años. Estas novedades precautorias y reparadoras se financian sin necesidad del Estado, ni de coimas a políticos.

Si los 200 ciervos reclaman lugar, mucho más reclaman con todo tipo de artes en forceps los 13 millones de almas que habitan la gran metrópoli.

 

Demoradas reflexiones sobre el arte de amontonarnos

El modelo unitario fue tan exitoso que logró importar todas las culturas del más allá del Salado, al más acá del mar dulce. La antigua ciudad que se extendía desde la ensenada de Barragán hasta el río Las Conchas (Reconquista) y hasta Martín García se tuvo que circunscribir a la General Paz evitando cargar con todas las multitudes que había atraído.

Pasado un cuarto de milenio tenemos que levantar los trenes del suelo y buscar récords en rascacielos cuando de hecho tenemos un territorio inmenso.

Todas las cuencas de arroyos y ríos con compromisos urbanos están saturadas de asentamientos en sus riberas y por eliminación de sus esteros y bañados aledaños, costas blandas y bordes lábiles, hoy lucen soberanamente muertas, a pesar de que el BID y el Banco Mundial nos prometen milagros.

Las fortunas que gastan en entubarlas para sacar sus aguas a un estuario en estado catatónico solo se explican en manos de una interminable cadena de ciegos en los 3 poderes, liderados por la "ciencia" hidráulica.

Ver esta versión crítica de las centenarias fabuladas primaveras en mecánica de fluidos (12 min):  https://www.youtube.com/watch?v=EqjmAI_obgk

Todos estos temas específicos vienen siendo planteados en administración y justicia desde hace dos décadas, pero como la atención está puesta en entretenimientos que activan la competencia política y el afán de negocios la cuestión ya excede los planteos de unitarios y federales, ahora nominados como peronismos y antiperonismos, populismos y liberalismos.

Para mantenerse ajeno a estos entretenimientos que son la base de nuestras convivencias es necesario cargar con el síndrome de Asperger: en vivencias, que a pesar de no encontrar senderos para traducirse en convivencias, al menos van profundizando observación.

Gracias a la multiplicación de los medios de comunicación también a Ellos les cabe no solo multiplicar sus observaciones, sino editarlas y comunicarlas sin necesidad de pedir subsidios.

Recalando en pasados de un cuarto de milenio nos cabe apreciar balances de los logros en materia demográfica frutos del sentimiento, pensamiento y acción civilizadora de los unitarios, que hoy nos permiten reconocer a la gran ciudad de Buenos Aires en el corset de una General Paz y sus 203 Km2, cuando en tiempos coloniales su superficie rondaba los 5000 Km2.

Como las demografías que le encierran son fruto de sus atrayentes superioridades es justo regalarles la oportunidad de hacerse cargo de ellas y de paso recuperar las superficies que por entonces le cabían a la ciudad de los Buenos Aires, cuyos orígenes en el siglo XVII la reconocían como la ciudad más pobre entre todas las fundaciones.

Ahora, presumiéndose entre las más ricas es justo devolverle aquel territorio y hacerse cargo de las poblaciones que supo convocar. En las actuales condiciones Buenos Aires reconoce 14.285 habitantes por Km2.

Asumiendo la recuperación de un territorio de superficie cercano al perdido. Esto es: unos 4.464 Km2 y tras reunificarse con el GBA pasaría a tener unos 2900 Hab/Km2. Ganancia completa, que en adición le permitiría hacerse cargo de los frutos demográficos que engendró, con historia y sacrificios suficientes para dejar envueltos en pequeñeces a los enfrentamientos mucho más jóvenes de peronismos y antiperonismos.

Reduciría 5 veces su densidad demográfica y tendría más que duplicada las áreas libres para crecer, desparramar y seguir soñando atracciones, con ciervos del pantano incluidos. Ver grandes ilustraciones complementarias por http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion2.html

Si fuera el caso de apreciar más territorio cabe aproximarla a 7.550 Km2 con un promedio de 1.725 hab/Km2. 8,3 veces menos que el actual promedio; y de paso seguir ocupando el delta y el estuario aprovechando los silencios de la ciencia, la justicia y los apetitos de los famosos mercaderes haciendo sus insanables crímenes y sus mejores negocios con los peores suelos. Con estos impulsos se creará trabajo y se olvidarán por un tiempo las consignas y las grietas

Debería haber momentos para reflexionar sobre los amontonamientos que generan los éxitos y las ventajas de no ser tan exitosos, para así valorar las dificultades de tantos encandilados por esta pequeña gran ciudad.

Con aprox. 7.550 Km2 y 13 millones de habitantes ya conocerían multiplicado lugar para no amontonar lujos, ni miserias y al mismo tiempo, extendida cercanía para sembrar cultura más allá del CCK y el teatro Colón.

De todas maneras seguirán habiendo unitarios y federales; pero estos últimos algo más contentos de aprender a valorar los problemas que cargan los primeros. Los dos nuevos estados provinciales al Sur y al Norte del eje divisorio de los sistemas enlazados del Salado quedarán mucho más aliviados y mejor dispuestos para enfocar con mucho mayor claridad sus propios problemas.

Los desastres de la planicie intermareal y los desarrollos insulares generados en el frente deltario central por el ventury obrado en canal Emilio Mitre y los crímenes anticipados desde hace una década (D179/10, D473/12 y CSJ791/18) por los vuelcos de los emisarios de AySA al estuario serán responsabilidad de los que generan esos efluentes y las grandes provincias al Norte y al Sur no tendrán que hacerse cargo de estas burradas, que pasan por genialidades de científicos, consultores y mercaderes, con amparo de CSJN y SCJPBA.

 

V . El orden de los factores par 2º, art 6º, ley 25675

El deseo de ayudar al prójimo es lo primero que se despierta en nuestra alma y por ello el primer paso fue dado en la dirección del cuidado medioambiental. Sin embargo, y a pesar de denodadosy multiplicados esfuerzos, el déficit que cargaban los equilibrios de las dinámicas de los ecosistemas naturales siguió tan elevado que hoy resulta dificil superar su realidad: el 95% de los flujos ordinarios de todos los cursos de agua de llanura con compromisos urbanos están soberanamente muertos.

Ocho años transcurrieron desde la reforma constitucional para ver la luz el presupuesto mínimo que echaría luz en esta situación, precisando no solo el concepto de presupuesto mínimo, sino el orden ineludible con que debemos mirar estos temas, que no empiezan por las materias medioambientales, sino por los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos.

Otros 16 años transcurrieron para hoy seguir sin entender ni valorar estas indicaciones precisas, simples, concretas, elementales.

Han creado una secretaría de juicios ambientales que jamás entendió de la primogenitura que cabe a las causas que enfocan los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos y así las engloba como medioambientales.

Tal el caso de la causa CAF 84260/2016 a la que fue un 28/5/2017 derivado el intento de peticionar como 3º en la causa 5258/2014 en la Secretaría de Juicios Originarios (SJO). Empecé por aquí y fui derivado a Mesa de entradas de PB. De allí marchó a la Secretaría de Juicios Ambientales (SJA) para sersumada a la causa CAF 84260/2016.

4 veces volví a peticionar en la SJO para ser tenido como 3º en esta causa 5258/2014 y otras tantas veces resultó derivada a la SJA, que de inmediato la giraba al JCAF Nº 12 en donde se tramitaba la causa 84260/2016,"Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia c/ Santa Cruz, provincia de y otro s/ amparo ambiental".

Finalmente acepto generar en este JCAF Nº 12 tres presentaciones aclaratorias del déficit de criterio en materia de ecología del ecosistema hídrico con que allí se tramitaba la causa 84260/2016, para finalmente recibir de la jueza Marra el rechazo de mi solicitud como tercero, que luego el propio actor de esta causa Dr Mariano Aguilar se ocupó de resaltar. Ver la última presentación en este JCAF Nº 12 por http://www.hidroensc.com.ar/incorte229.html

A seguido de esta demanda que me encuentro redactando ya me está esperando la que irá a explicar el confesado fracaso de la presa de Condor Cliff

El derivar a la SJA lo que nunca esta Secretaría se ocupó de considerar respecto del orden de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675 dio lugar a solicitar en la causa CSJ 791/2018 que se declare la inconstitucionalidad de esta SJA hasta tanto se formalice la creación de la Secretaría que debería velar en primer lugar por los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos y el de la Secretaría que debería velar en 2º término por sus capacidades de carga.

Inútil levantar un monumento a la carreta ambiental llena de miserias, aunque no pocas veces se descubra forrada en oro, si antes no verifican la salud del buey y el lugar que siempre le asignan atrás de la carreta en todas y cada una de las causas ambientales.

En la audiencia pública celebrada en el salón azul del Senado de la Nación, a excepción de este actor nadie acercó una sola exposición aplicada a la especificidad de los atarquinamientos extremos que se generarán en la cuenca baja del río Santa Cruz con su consiguiente muerte.

Tan festiva era la participación de los ambientalistas que hasta hubo guitarreadas celebratorias del patito tobiano, probando que el despiste para respetar el orden debido a estos temas luce a pleno después de casi un cuarto de siglo en todos los ámbitos.

Las 2 presentaciones efectuadas en CSJ el 14/10 y 7/11 a la causa 1698/2016, con fallo denegatorio por no considerar el Procurador y 4 Ministros acreditada la competencia originaria, son prueba palpable de la perseverancia en tratar de acercar conocimientos a los errores legislados (ver causa CSJ 98/2016, a las jurisprudencias y sentencias erradas; siempre en la misma materia específica: los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos de flujos ordinarios en llanuras. Ver http://www.hidroensc.com.ar/sentencia.html

Otra causa de comparable tenor: la D 412/2013, originaria, planteandolos desencuentros críticos de todos los tributarios urbanos del Oeste: Reconquista, Tigre, Basualdo, Las Tunas-Darragueira, Claro, Garín y Escobar en sus interfaces de salidas al curso del río Luján,  visible por http://www.hidroensc.com.ar/cortemr7.html

Por fin, en la CSJ 791/2018 vuelvo por 3ª vez a plantear las inconstituciona lidades enlazadas que carga la causa Mendoza, visibles sus presentaciones por http://www.hidroensc.com.ar/incorte239.html al

http://www.hidroensc.com.ar/incorte243.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte244.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte247.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte248.html

El problema que aquí insisto en plantear es que de nada sirve mirar por la carreta ambiental si antes no miran por el buey solar. Ver estos videos:

https://www.youtube.com/watch?v=QA3NnpmRB1A

https://www.youtube.com/watch?v=u2-UFCryEss

https://www.youtube.com/watch?v=89jce35fvdI

Atte, Francisco Javier de Amorrortu

 

VI . Del trasfondo de la energía solar en estas lides

No logro concebir que 15 años mirando el sol y las aguas no alcancen a despertar el más mínimo interés en reconocer los problemas que la ciencia hidráulica desde hace más de un siglo nos alcanza a todos en el planeta y a cambio debamos dedicar tanta aplicación al servicio crítico de la adjetivación procesal. En SCJPBA he superado los 2 millones de caracteres solo en legitimaciones.

Tarea penosa y por demás inútil considerando las relaciones y facilidades legítimas que a cada ciudadano acerca y con tanta seriedad obliga, reitero, la apertura de cosmovisión del paradigma ambiental.

En primer lugar quiero aclarar, aunque supongo que el sol se ocupa de hacerlo todos los días, que el 99% de la Vida del planeta está en sus manos y tapar con las manos la necesidad de darse a estudiar de cuántas formas participa su conmiseración con nuestras Vidas, es intelección que llenaría de felicidad y asombro a cualquier Vida.

En segundo lugar quisiera recordar que quién me presentó hace 14,5 años en los ámbitos judiciales de la SCJPBA tan dignos de aprecio, fue el propio director provincial de la DIPSOH Daniel Coroli acercando al exp B 67491/03 un simple folio manuscrito, el primero de un viejo y voluminoso expediente 2400-1904/96.

Ese simple folio fue detonador de mi presencia en la Excma SCJPBA. Tras un rico encuentro con ambos titulares de la Secretaría de Demandas Originarias, Dres Ricardo Ortíz y Juan José Martiarena, recibi sugerencia de legitimar mi participación como tercero en la litis. A los 5 días alcancé esa presentación y a las 36 horas ya tenía devolución ministerial invitándome por vía telefónica a participar de una audiencia ese mismo día; poniendo de manifiesto un aprecio que desconocía en años de reclamos en la Administración.

Mi respuesta fue inmediata, vertiginosa, contagiosa de ese aprecio que sentí expresaba ese inesperado llamado desde la Excma SCJPBA.

Alrededor de mi condición ajena a los claustros académicos, -no así al estudio-, recuerdo cómo un especialista en derecho ambiental y procesalista hoy con 44 años de oficio y medalla de plata del Colegio de Abogados de la Provincia, me señaló que por el hecho mismo de no ser abogado quien redactaba estos escritos, estimulaba con aire fresco la sinceridad interior de cada lector para dar paso a la atención de fondo en cuestiones demoledoras que nadie parece siquiera en condiciones, ya no de juzgar, sino, siquiera de mirar.

 

VII . Apuntes a más sinceras legitimaciones

Si tan sólo hubiera sabido, hubiera sido cerrajero. A. Einstein

Apurar comentarios sobre una obra que no por pequeña ha llevado una Vida, es imposible, pues el espíritu de esa Vida está presente en la tarea que le sigue.

Aspirar a seguirle obliga a transitar nuevos lugares. Deseo que me lleva a recordar al hombre entre los grandes mamíferos, viviendo en cuevas. Ya fuera de ellas, en la intemperie alcanzó maestrías que siempre a sus duendes agradecía. No lograría volver a recorrer esos senderos –aunque Jean Auell con entrañable relato ya lo ha hecho-, pues todo ha cambiado y hoy contamos con el soporte de infinidad de estructuras.

Pero viendo de hacer un alto para imaginar categorías en ellas, lo primero que me surgen son esencias, que supongo anteriores al hombre que un día hizo aparición sobre la humeante tierra.

No sabemos lo que es el Universo; recién nos enteramos que se expande a velocidad creciente y da por traste a la entropía con que el hombre lo imaginaba envejeciendo.

No sabemos que es lo divino, ni hemos terminado de aclarar lo que es el alma.

Las noticias que tenemos de Madre Natura, por más ciencias naturales que lo digan tampoco acercan noticias de cuáles fueran sus esencias. Entidad no le faltan a sus estudios; ¿pero acaso sus disecciones conservan vivas las esencias del Bi-on, del Bios? Cuando el hombre y la ciencia encuentren el enlace que da movimiento perpetuo y florecer a la Vida, ya tendremos el bit cuántico al alcance de una razón que con recursos analógicos se queda afuera de esa instalación.

Tres invitados acerco, Universo, Natura y Criatura dónde rascar esencias, sabiendo de antemano que ante cada abismo se presentará el asombro que siempre fue traducido con matiz divino.

Haría lugar a los últimos versos del Dante para recordar el impulso que mueve al Universo, conciente de que vivo ajeno a esas dimensiones

Concentrándome un poquito más en Natura y sin dudar que en el anterior está inmersa, diré que la voz Fusis me acerca antigua memoria de ella en términos de la pulsión que reconoce el florecer. Pulsión al fin común al Universo y también por qué no, a todas las criaturas.

Lo fenomenal siempre condujo primero al asombro; al “go go” interjeccional gutural reconociéndose espontáneo en el habla, parte ella misma de lo divino en Nos y hoy, recuerdo de nuestras estaturas. Asombros que a su indiscernida esencia revestían desde luego con infinitos atributos.Ese luego, devino hace un siglo en estrecho reconocimiento de fenomenologías.

Pero antes de ellas y a mitad de camino, vemos al hombre saliendo del asombro y sintiendo su entorno con tal aplomo que es capaz de expresar algo así como: “pienso, luego existo”. Pasó el sujeto de iacio a upo-keimenon, de yaciente a prepotente, en un salto.

Fácil es deducir la alegría y esa enfermedad sagrada del presumir que le lleva a asumir responsabilidades que no está dispuesto a delegar después de siglos apoyado en sus rodillas.

Hace un millón de años que se transformó en bípedo implume y aprendió estructurar las pulsiones del habla más allá de onomatopeyas. Sin embargo, el habla sigue, si se quiere mirar con atención, dejando huellas primigenias cada vez que se expresa. Y no bastan estructuras académicas para ocultar lo que vibra originario en ella.

La criatura humana reconoce esfuerzos y dolor que por Amor cercano su relato abrevia. Sin embargo un día se abre a sus orígenes; a inmanencias, que aún conciente de lo poco que sabe de ellas, como raíz y savia interna en profundidad lo constituyen. Presentes siempre en Amor propio profundo; ayudando a elevar nuestros esfuerzos, resaltan por su insistente ocultamiento.

Es la trascendencia vincular la que nos hace existentes, visibles, sensibles al florecimiento y con ella también, del habla capaz de referir con labios prietos sus sentimientos, conservando aprecio a su condición primaria antes de darse al lenguaje y sus instrumentos.

Esta introducción sirva sólo para recordar que en aquellas actitudes primarias que refleja el cuerpo antes de abrir la boca, están todos nuestros ancestros y todos nuestros Amores haciéndonos sentir nuestros afectos. Lo más concreto y cercano de lo divino en Nos, que sin palabras se instala primero en sueños.

Recordar así el lugar del cuerpo nos permite sentir al alma en ello, para desde aquí, cuerpo y alma en un mismo bit, elevar memoria de registros de crecimiento que tal vez por primigenios, conservan lo más cierto de aquello que hoy apuntamos sin nunca reflexionar sobre las etapas del habla camino hacia un lenguaje que se expande como el Universo.

Etapas del florecer divino, comunes a la Criatura, a Natura y al Universo, aunque siento es obligado reconocer que sus hablas y lenguajes no son los nuestros. Quisiera salvar distancias haciendo ejercicio hermenéutico en aquellas voces como nacimiento, Natura, sujeto, objeto, gen, genio, idea, parentesco y Estado; que viniendo a nuestro oportuno encuentro apreciemos religarlas al eterno misterio que nos reúne, nos revela, nos recuerda.

No hablaremos de arquetipos colectivos que sin duda todos conocemos, pero haremos reconocimiento a los personales que a través del Amor inspiran y median tareas y comportamientos. Uno de ellos merece este reconocimiento: Antonio Esteban Drake; cuyo pequeño texto sobre “El Derecho público subjetivo como instrumentación técnica de las libertades públicas y el problema de la legitimación procesal”, me obliga a buscar cimientos, pues las estructuras que él recorre, repasa, revisa y compara, traducen el esfuerzo enorme del crecimiento de los pueblos y los matices vinculares que organizan nuestra Vida en sociedad; reconociendo él y haciéndonos sentir el respeto y el aprecio por obligaciones y derechos.

El joven Drake tuvo una corta e intensa Vida de 33 años de iluminados ojos. Todos ellos con respuestas que florecían en acción intensa, exterior e interior. Completó sus estudios en París y Freiburg antes de asumir cátedra en la Complutense. La densidad de la pequeña obra rescatada por amigos prueba que buscó enriquecer horizontes de cosmovisión abrevando en fuentes históricas con seriedad, crecida complejidad y comprensión de ellas; correspondencias de esfuerzos sin duda, a un estímulo espiritual que cada día le animó a particular especificidad: la legitimación.

Hoy tendría 80 años y es probable que su mirada festejara los avances legitimadores de los derechos que hoy el hombre dice Natura ostenta y nos delega. En esos reconocimientos me doy, de la mano de mis musas: Alflora la que desde hace 15 años inspira todas estas tareas que a vuestras manos llegan; y Estela la que hace 20 años asistiera con su pluma la dedicación comunicadora de temas abismales, para ir dejando paso a estos naturales, que Julieta su nieta festeja en las imágenes.

 

VIII . Planteo del caso ante la Comisión Interamericana

Formulo esta salvedad para el supuesto que no se consideren estas demandas sobre los crímenes hidrogeológicos generados en el brazo interdeltario y planicie intermareal del río Luján, que tipificados por art 200 del CPN vienen hoy a exhibir el botón de muestra de las cavas criminales por causa CSJ 936/2019.

Recordando también el regalo tan preciso del Art 420 bis del Código Penal Federal de la República de Méjico al que estamos ligados por los tratados de la CADH para los crímenes hidrológicos cuando tipifica: Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a 3.000 días multa, a quien ilícitamente: I. Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

Todos los jueces de los países firmantes son en primer lugar jueces de la convención, pues esos derechos están por encima de nuestras propias leyes.

La desatención de estos conflictos nos obligan a plantear reclamo ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. (Ley 23054)

 

IX . GRATUIDAD DE LAS ACTUACIONES

El art. 2 de la Ley 25.675, establece que "La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: ... i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma;...".-

Que el art. 16 de la mencionada norma establece "...Todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y que no se encuentre contemplada legalmente como reservada" y su art. 32 refiere sin dejar lugar a ningún tipo de dudas que "...El acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie",siquiera las que gravan las actividades de los profesionales del derecho, ya que indirectamente se infringe la mencionada disposición en razón de la obligatoriedad del patrocinio letrado que imponen los códigos rituales.-

A mayor soporte el art. 28 de la Constitución Provincial concluye que"...En materia ecológica se deberá garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales."

La Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha expresado “La Plata, 2 de noviembre de 2005. AUTOS Y VISTOS:... En consecuencia, ha de serles reconocido que esa accesibilidad no esté condicionada por restricciones económicas en todo su derrotero procesal, incluyendo la fase de actuación inherente a esta sede extraordinaria, puesto que la disposición referida no circunscribe su vigencia al mero ingreso ante los estrados judiciales competentes solo en sus instancias ordinarias...”.(Ac. 93.412. Granda Aníbal y Ots. c. Edelap S.A. s. Amparo).

La gratuidad de la justicia y el acceso a los estrados judiciales, sin cortapisas, lo estatuyen también los Tratados internacionales, (San José de Costa Rica).

La CSJ en el caso “Giroldi” JA 1995-III-571 dijo que al otorgarse jerarquía constitucional a la Convención Americana de Derechos Humanos en las condiciones de su vigencia, quiso poner de manifiesto que era tal como la misma regía a nivel supranacional y teniendo en cuenta la aplicación que hacían los Tribunales internacionales competentes.

Es por ello que, invocando la ley vigente, se declare sin mas trámite ni sustanciación alguna el beneficio de gratuidad a esta presentación para la tramitación de este recurso y como tal, eximido de pago de toda suma de dinero.

 

X . A una deuda pendiente

En recuerdo de la Arq. Miriam Emilianovich,

que siendo Directora de Planeamiento del Municipio del Pilar fue obligada a renunciar por el intendente Zúccaro, por no avalar con su firma los crímenes hidrológicos e hidrogeológicos del proyecto del barrio San Sebastián en Zelaya de EMDICO-EIDICO. Hoy vive en Suecia y ya ha padecido dos neomotorax, pues sus pulmones escobarenses no soportan el frío sueco. . Ver https://www.youtube.com/watch?v=pekDR_PqByE

https://www.youtube.com/watch?v=1DIaGA-J__Q

Este último publicado en Youtube el 31 oct. 2019

A Miriam Emilianovich, que ayer cumplió años. 

Ex directora de Planeamiento de Pilar, despedida y exiliada en Suecia hace una década por intentar frenar el crimen hidrológico e hidrogeológico más descomunal que carga el brazo interdeltario del río Luján a la altura de Zelaya y nadie que la recuerde a esa distancia.

Al conmoverme la actitud de Alberto abrazando al joven presidente de mesa que había sido maltratado en las redes por lucir pobreza, me acordé y sentí alegría de abrazarla a Ella recordando los viajes de los sedimentos espirituales, desde las montañas hasta lo más profundo del océano, merced a energías amasadas en Capitales de Gracia, sosteniendo memoria en los fondos de sus tránsitos. 

Materias que nunca fueron contempladas por la “mecánica” existencial, de abismos que en algún momento, tras perplejidad, se verán invitados en ellos a morar; para después de algún tiempo comenzar lenta armonización en isla de Natura.

La entrega de los sedimentos de una montaña llamados a hacer camino hacia el mar conlleva fenómenos que no hay razón previa que los alcance a imaginar. Sólo los sueños en las vigilias del amanecer 

Estos viajes extraordinarios se ven asistidos por sedimentos que trascienden sensibles a nuestras Vidas por el Amor de los que ya partieron, dando sentido a antiguas voces como agua viva, soma, avatar y otras que merecen algo más profundas y no menos primigenias semiologías. 

Sus sedimentos están sembrados en cultura. La energía que los descubre es viento que viene del Amor vincular.

Ahora Querida Miriam me toca instalarme en el alma de los abismados, que han empezado a ver sus catecismos agujereados. Que han patentizado la ausencia fenomenal del sol en todos lados. Que no atinan a explicar cómo se llegó a este extremo de ignorar lo elemental, confundiéndolo con lo gravitacional. Como si los puentes de hidrógeno estuvieran atentos a la caída de la manzana y ajenos a la centésima de grado.

Abismos que alcanzan y con holgura superan los ánimos de competencia de los Procuradores generales de ambas Supremas Cortes que hoy conocen una avalancha de causas de hidrología señalándoles, que amén de estos abismos catecuménicos, actores y jueces siempre pusieron durante 17 años al buey atrás de la carreta y nunca apreciaron el orden de los 4 enunciados (par 2º, art 6º, ley 25675), siendo cuestión tan primaria, tan elemental; que aún tan ineludible, siguen eludiendo. 

Tengo Amigos geólogos, doctorados en ciencias naturales, que no logran salir de su silencio y siento y estoy paralizado sintiendo lo que están sufriendo. Académicos de 85 años que reciben premios y esperan que el colectivo se ocupe solo de rumbear al nuevo puerto. Ya no tienen fuerzas para descender un solo escalón de estos abismos. 

Ud sabe lo que duele convivir con el error que los humanismos cargan, creyéndose, que con sus ciencias, ellos son el buey y Natura la carreta. Y no estoy aquí haciendo mención a cuestiones políticas o de mercados. Solo trato de enfocar el sufrimiento de los que tienen sus catecismos con agujeros negros que llevan siglos agujereados.

Menuda forma de hacerle un regalo Querida Miriam. Pero sus sacrificios así me han llevado a compartirlos también en estos prados, que exceden sin límites infinidad de enunciados consagrados.De estos desconsuelos están hechos los Capitales de Gracia.

No olvido, que por ser Mujer está llamada a festejar la existencia. Pero por recordar a su Padre no olvido que más me cabe hospedar este misterio de los "amparos" paralizantes y dinámicos que forjan los Capitales de Gracia.

Un abrazo grande a su Padre y a su Madre y a Ud Querida Miriam.

Francisco

 

XI . Anexo DVD

 

XII . Agradecimientos

A mis Queridas Musas Alflora Montiel Vivero, Estela Livingston y Julieta Luro, a quienes todo el ánimo y expresión de 33 años debo. Original inspiración sobre las aguas desciende desde hace 15 años del Capital de Gracias de la 1ª 

 

XIII . Petitorio

Solicito a V.E condenar los crímenes hidrogeológicos en planicies intermareales, como ya lo hube denunciado por causa FSM 56398 en el JFC Nº1 de SI, que ya debería haber sido elevada a CSJN como corresponde por artículo 24, inciso 7º del Dec ley 1285/58

Solicito encarar el proceso de conocimiento expresado a fs 106 a 112 de la causa CSJ 791/2018 por ser la vía más directa para ayudar a encauzar la infinidad de desbordes y despistes científicos, administrativos, legislativos y judiciales y así evitar, que el intendente del Parque Nacional Ciervos del pantano señale que el canal Santa María es el monumento a la boludez y los titulares del directorio de la APN, Bréard y Brea señalen en el FEPAS su “performance” virtuosa.

Por tan demoledores contrastes expresivos de parte de la APN solicito se declare la inconstitucionalidad de la resolución 580-E publicada el 27/12/17 en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Infraestructura y Servicios Públicos Provincial Roberto Gigante, apuntada a viabilizar la concesión de las obras de ensanche del canal Santa María, haciendo camino sin el debido proceso ambiental: ni EIA, ni audiencia pública, ni evaluaciones respondiendo a las observaciones que nunca se habilitaron, ni la DIA que sin soportes se gestó.

Solicito se declare la inconstitucionalidad de la Resolución 355/17 de la Administración de Parques Nacionales, publicada en el B. O. del 19/9/2017, presentando un incompetente Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) correspondiente al Proyecto de Ampliación de la Capacidad del Canal Santa María (Río Luján), sin contenido alguno, resumido y concentrado en forma exclusiva en la trascendencia holística de la palabra inglesa “performance”, sin aportar reitero, estudio alguno del equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos aquí involucrados en el orden de los enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675, ni contar con la debida Audiencia Pública, apareciendo días más tarde evaluado por una inédita FEPAS - Ficha de Evaluación Preliminar Ambiental y Social, apuntada desde esta APN para viabilizar la concesión de las obras y 30 meses más tarde aparecer el canal SM calificado en un congreso internacionalpor el intendente del PN Ciervos del pantano como el monumento a la boludez!

Solicito se sume a sus inconstitucionalidades la distemporalidad para dar soporte a esta incompetente intervención de la APN con su Res 355/17 un 19/9/17 , cuando la sanción por parte de la Legislatura de la provincia de Buenos Aires de la ley provincial n.º 15006  cediendo al Estado Nacional la jurisdicción ambiental de los terrenos del Parque Nacional Ciervos del Pantano, recién acontece el 10 de enero de 2018.

Solicito se sume a sus inconstitucionalidades la Evaluación “detallada” de Impacto Ambiental publicada en Febrero del 2019y firmada por Cristina Goyenechea, distractiva e incompetente puesto que no le cabían a ella, sino al OPDS por incs 7º y 8º del Punto I del Anexo II de la ley 11723 la comunicación de los EIA, la convocatoria a audiencias y las observaciones por parte de los que hubieran apreciado participar, a ser respondidas de acuerdo al art 9º de la ley provincial 13569 sobre audiencias públicas para adjuntar a esa evaluación, así frustrada y si correspondiera, se emitiera la Declaratoria de Impacto (DIA).

Que hoy se traduce en un nuevo canal improvisado paralelo al Sta María, que se ocupará de meter más agua a estos mantos super anegados de la planicie intermareal que así hará felices a los ciervos el pantano y a los siervos de los negocios criminales que alimentan las fantasías de la DIPSOH, de la AdA, del OPDS, del municipio de Campana, del COMILÚ, de la CAF y ahora de la APN de sacar al Luján por el Sta María, insistiendo en meter más agua a la planicie.

Por ello solicitamos a V.E. dictaminar la inconstitucionalidad de la ley 27.456/2018

Tarea que facilitaremos, pues expresaremos esta misma solicitud de inconstitucionalidad ante la presidencia del Hon. Senado de la Nación, para que sientan hasta dónde fueron embaucados. No hubo un solo voto negativo. Así queda probada la calidad de la “performance” de estos agentes del marketing.

Allí extenderemos las explicaciones oportunas para sustituir estas áreas de la antigua “reserva natural del río Luján”, por las inmediatas linderas al Sur

con la propuesta de dejar un clavo instalado en la conciencia de la ciencia que se ha prestado por décadas a dar vía libre a estos crímenes hidrogeológicos, a los que suma los hidrológicos por sus primarios enfoques mecánicos.

Peticionamos a V.E. para que valoren estos ánimos que vienen expresados y reiterados por 23 años de trabajos, con mirada muy específica de 15 años.

Habiendo recorrido tan prolongados e intensos caminos expresivos, solicito se aprecien incorporados como pruebas documentales los hipertextos precisados en el escrito y la carpeta de causas de hidrología que adjunto por DVD anexo. Y considerando que sus cargas digitales superan con creces las habilitadas a ser giradas al sistema, se aprecie la copia en el DVD de esta presentación

Francisco Javier de Amorrortu

Ignacio Sancho Arabehety

CPACF T 40 F 47 

 

Ver video sobre esta denuncia

https://www.youtube.com/watch?v=W7yEbjoP344

El subsecretario de Infraestructura Hidráulica de la Provincia, Luis Giménez, recorrió las obras del canal Santa María, el cual vincula al río Luján con el río Paraná de las Palmas

En la visita también participaron  el director de Hidráulica, Mario Gschaider, el jefe del Departamento de obras por contrato, Enrique Ramírez y el joven Salvador Della Rosa, que se dice "encargado del "desarrollo y seguimiento de proyectos hidraulicos de agua y saneamiento financiados por instituciones internacionales y cumplimiento de sus altos requisitos ambientales y de seguridad!!!"

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Paseo por cauces principales robados y cavas criminales