Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . . CAF25337 284 . 285 . 286 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . JFCampana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . 412 . . CSJ 791 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . . CSJ 936 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . . CSJ 1525 . 456 . 457 . 458 . 459 . 460 . 461 . 462 . 463 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . . CSJ 2605 . 475 . 476 . 477 . . CSJ 2841 . 480 . 481 . 482 . 483 . 484 . . CSJ 769 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 770 . 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . . CSJ 794 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . . CSJ 243 . 510 . 511 . 512 . 513 . 514 . . 35889 patrimonios rurales 520 . 521 . 522 . 523 . 524 . 525 . 526 . 527 . 528 . 529 . 530 . 531 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . declaratoria . . declaratoria FGSI . . Cartas Doc a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1.2.3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa ..sentencia .. huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata .. Puerto ampliación . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . index .

SE PRESENTA  -SOLICITA SER TENIDO POR PARTE 

Ver presentación original causa CSJ 243/2014 Tercero. pdf

Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación

Francisco Javier de AMORRORTU, por mi propio derecho y mis propias obligaciones, constituyendo domicilio legal en la Avd. Juramento 1805, 2º piso “A”, C.A.B.A., conjuntamente con mi letrado patrocinante Ignacio Sancho ARABEHETY, LE 17490702, CPACF T 40 F 47, IVA Resp Inscripto, domicilio digital Nº 20 17490702 2, en la causa CSJ 243/2014 (50-L)/CS1 ORIGINARIO La Pampa, Provincia de c/ Mendoza, Provincia de s/ uso de aguas, a Vuestras Excelencias me presento y con respeto digo:

 

I . Objeto

Me presento en carácter de Tercero de Intervención voluntaria por el art. 90 del C.P.C.yC.N. solicitando se me tenga por legitimado para solicitar la instrucción del proceso de conocimiento que cabe en estas actuaciones plagadas de errores cognitivos de “centenaria” data, por las consideraciones de hecho y de derecho que expondré a continuación:

 

II . Motivos por los que solicita ser tenido por parte

Irrumpe en el escenario de la legitimación, entre otros, quien dice representar al afectado, respecto del cual, de continuo escucha decir, que no tiene derechos. Lo acaba de escuchar en la conferencia del Dr Marcelo Bolaños al abrir la semana de estudios de controversias administrativas y judiciales organizados por el instituto de estudios judiciales de la SCJPBA, señalando en el minuto 1º de sus 76 de exposición, que Natura no tiene derechos. https://drive.google.com/file/d/1iYJHQfLnUavRIC2s0SBpcqAgterjK2T/view?usp=drivesdk

Si en temas generales del ambiente y recursos naturales no es necesario exhibir y acreditar interés simple o legítimo para cumplir con el deber constitucional de preservar el medio ambiente -pues de hecho todos estamos involucrados en Él-, cuánto más elemental resulta poner en orden el lugar de Natura, a quien tanto el Dr Marcelo Bolaños en su conferencia, como el Dr Lorenzetti en el cierre del fallo del 16/7/2020 le expresan aprecios con respetuosa devoción. Es indudable, que en el orden de abstracciones necesarias para que el hombre ejerza las modalidades de su “sagrada” presunción, habrá incluso de negarle el derecho a Madre Natura y a que un burro le represente para defender sus alimentos. No los del burro, sino los de Madre Natura.

¡Cómo habrá sido de admirable el despertar de la conciencia de los antiguos griegos en tiempos de Homero, que ni siquiera se atrevían a nombrarla, a ponerle nombre! Traducían sus vivencias de Ella con la expresión de fuerte carácter interjeccional “Füsis”. Tuvieron que pasar dos siglos tomando conciencia de Ella, para que recién en el siglo VI a.C. tradujeran esta expresión como “Naturaleza” Heráclito decía: Füsis krüptesthai filei,Natura ama el encriptarse.

A qué sorprendernos entonces, que la mecánica de fluidos demore en despertarse. A qué sorprendernos de que los fieles catecúmenos de Newton y Descartes no quieran confesarse tras haber escuchado en 1986 a un pope de Cambridge pedir en público disculpas a la comunidad culta por los errores de la mecánica de fluidos a lo largo de siglos, y milenios como es el caso en la cultura hidráulica china.

Cómo negarle a un burro el derecho a solicitar la instrucción sin demoras de procesos de conocimiento que refieran en forma estricta y singular, tan solo de los dos primeros enunciados del par 2º, art 6º de la ley 25675, de los que jamás nadie habla.

Ni siquiera las acordadas de esta Excma CSJN los recuerda cuando genera una Secretaría de Juicios Ambientales y deja en el olvido a estos dos primeros, sin los cuales no hay carreta ambiental que vea mover sus ruedas, siempre prisioneras del barro que amasan las mortales gobernanzas de los recursos, que se precian por mortales, naturales, después de desacreditar el derecho de Madre Natura a tener derechos tales como la necesidad de alimentarse. De ésto, ni siquiera quieren enterarse.

La voz afectado utilizada por la ley 25675 reproduce el criterio o interpretación amplia otorgado por la Constitución Nacional, si ese representante del afectadose encuentra legitimado para acciones de prevención, de cesación y recomposición. En este caso, solo para asistir la instrucción del proceso de conocimiento, que aclare estas cuestiones de los flujos ordinarios y transportes sedimentarios en cursos de llanura, que por abismal y comprensible vergüenza la ciencia hidráulica en todas y cada una de sus academias no está en condiciones de balbucear sin espantarse.

Instruído ese proceso en el lapso de 50 horas solicitado por causa CSJ 791/2018 a fs 106 a 112, consideramos ahora en extremo facilitado por la apertura de la comunicación digital, que permite a los fiscales y peritos formular sus cuestionarios sin necesidad de acordar horarios, ni reuniones presenciales. Basta un pdf semanal de lectura que no demande más de 1,5 hora para poner en marcha la instrucción de ese proceso de conocimiento, que ponga de relieve esa encriptación ya señalada de Madre Natura.

Si un burro con la asistencia de un colibrí que le sopla el secreto en sus orejas es capaz de asistir esa instrucción y responder a las preguntas de peritos y fiscales, no tengan dudas V.E. que todos, desde los más pequeños, hasta los más comprometidos con la ciencia hidráulica, comprenderán lo que el burro explique sobre las imágenes que hoy los pdf alcanzan a reproducir con la mayor calidad en pantalla ajena al papel.

En estos 20 años de tareas judiciales -47 causas en SCJPBA y 15 en CSJN en estos temas específicos-, he desarrollado más de dos millones y medio de caracteres en legitimaciones. Apreciaría no fuera olvidado el extenso prefacio sobre Historias de legitimación rescatadas por Antonio Esteban Drake en El Derecho público subjetivo como instrumentación técnica de las libertades públicas y el problema de la legitimación procesal y así evitar el verme obligado a reiterarlo.

En el derecho anglosajón las class actions, la interest public action y la derivate action,prescinden de la necesidad de justificar interés alguno por parte del accionante, en virtud de que se admite la acción por representación, circunstancia esta, que sin lugar a dudas, las convierte en instrumentos jurídicos idóneos para la tutela de intereses difusos.

Mi preocupación en esta causa del río Atuel ha sido a lo largo de estos 3 últimos años, respetuosa, discreta y coherentemente expresada en todos los términos que hacen a los principios de congruencia, prevención, precaución, equidad intergeneracional, progresividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad, cooperación y aparece documentada en http://www.alestuariodelplata.com.ar/atuel.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/lapampa.html

http://humedal.com.ar/humedal42.html

Incluyo devolución escrita por un agradecimiento telefónico del Dr Irigaray en oportunidad de celebrarse en Julio del 2017 las audiencias sobre esta causa, tras haber subido a la web esta información pertinente y no menos original, que me doy a copiar

Estimado Dr Irigaray, estimo haber hablado un minuto con Ud el día que se celebró la audiencia del río Atuel y sentí su aprecio que hoy me mueve a escribirle estas líneas

Por cierto, donde Ud mire cuerpos de agua en planicies, encontrará estos mismos problemas de desenfoque primario que no habrá Juez federal, ni Ministro que aprecie cargar.

Sin embargo, si Ud advierte que un viejo de 75 años se siente vital y animado mirando con responsable libertad estos temas específicos desde hace largos 13 años, a lo mejor no resulte tan complicado encontrar un sendero discreto por donde acercar aprecios a estos problemas, que en mínimo balance de daños globales en los últimos 150 años supera en calorías el PBI anual de todas las naciones juntas de la Tierra. Algo así como 1014; sin contar con los millones de Vidas en silencio consumidas por estas miserias cognitivas, que trascienden de la pérdida de capacidad de carga de energía de estos ecosistemas.

Un solo Juzgado federal, el Nº 12 hoy carga con dos de estas causas: la CAF 21455/17 y la CAF 84260/16. Es indudable que de allí no saldrá ninguna solución otra que a festejar parálisis, ya de 4 siglos, del conocimiento mecánico y soportes matemáticos.

Así como la Corte planteó en su momento la fragilidad que percibía en los informes que le acercaban para disponer su fallo alrededor del PISA MR y nunca logró respuesta mínima que aliviara esa percepción, aquí estamos en comparable no menor gravedad de situaciones. Y damos por descontado, que quien carga la mayor dificultad para afrontar estas situaciones es la propia ciencia.

Sembrar alguna semilla de conciencia en dos o tres personas en el ámbito judicial interesadas en verlas algún día germinar en un simple vaso con un papel secante humedecido, no estimo conforme riesgo, ni desperdicio. Al menos avanzarán un paso en la comprensión de la escala y situación de estos problemas y sus trascendencias.

Recuerde Dr Irigaray,que mi tarea es viable por solo refugiarme en el orden estricto de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675. El 1º indica mirar por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos. En este caso: los enlaces entre ecosistemas hídricos de planicies habilitando transmisión y capacidad de carga de energías.

De los puntos que siguen: temas generales del ambiente y discursos sobre sustentabilidad, no me ocupo en lo más mínimo; pues si no resuelven 1º cómo resucitar al buey, respetar sus alimentos y su lugar adelante de la carreta ambiental, de nada sirve pretender mirar el resto. El respeto al orden de esos 4 enunciados hace viable nuestra tarea. Del resto, ya habrá quien se ocupe si logramos primero resucitar al buey”.

Saludo A Ud. Dr. Irigaray con mi mayor aprecio,

Francisco Javier de Amorrortu. . 10/7/17

 

Para más antecedentes ir a estas páginas:

http://www.alestuariodelplata.com.ar

http://www.delriolujan.com.ar

http://www.hidroensc.com.ar

http://www.paisajeprotegido.com.ar

http://www.lineaderibera.com.ar

Esta última compendia todos los índices sobre el tema línea de ribera que después de tantos años reclamó nueva edición. Otro tanto ocurrió con la página dedicada a los humedales http://www.humedal.com.ar

Entrando por los buscadores de Google es fácil advertir los más de 1.800 hipertextos que reconocen estos 16 años de trabajos publicados sobre ecología de ecosistemas hídricos y correlatos judiciales donde expresar prevención, cesación de errores y recomposición.

Procesos de conocimiento, que deberían ser parte de la reforma judicial que trata la legislatura, para que la instrucción de estos procesos, que tienen que ver con Madre Natura y sus alimentos, no se vea demorada por cuestiones procesales o por enredos ambientales. Pues no se busca un fallo, sino alimentar conocimiento, que asista a unos y otros, tanto a los anteriores como a los venideros, a no repetir errores.

Puesto que Madre Natura, cuando pierde su infinita paciencia, no se demora en esperar fallos, al menos habilitemos “la instrucción” de los procesos de conocimiento que refieran y respondan en forma estricta al 1º y 2º de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675, al equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos –en este caso, referidas a ecosistemas hídricos de llanuras-, hasta alcanzar las 50 horas solicitadas en las 11 causas de hidrología e hidrogeología hoy en CSJN.

Los fallos llegarán en el momento oportuno, pero el conocimiento y valor de esos dos primeros enunciados, hoy ninguneados, habrá crecido expresando prevención, cesación de errores y recomposición. El conocimiento nos hace libres y más responsables.

Mi solicitud en esta causa como 3º, después de 20 años de asistir procesos judiciales con usus capion acreditado en trabajos publicados en http://www.hidroensc.com.ar apunta con precisión a la habilitación de estos procesos en el marco super específico del 1º y 2º enunciados, que una y otra vez sacarán a relucir errores de la ciencia de más de 300 años, ya confesados hace 34 años por el antecesor de Stephen Hawking en su cátedra de Cambridge, que siguen esperando respuesta de catecúmenos alelados.

Al tiempo que instituciones científicas como el CONICET reciben financiamiento para estudiar los agujeros negros en el cosmos y no muestran aprecio a temas tan terrenales como el transporte sedimentario en aguas someras o la muerte de los flujos ordinarios del Matanzas, el Reconquista o el Luján, que no hoy no sacan por superficie el 1% de sus flujos ordinarios al estuario y en cuyas riberas y cercanías viven millones de personas, dejan al descubierto que no aprecian mezclarse con enredos ambientales llenos de intereses y resguardos políticos y mucho menos sacar a relucir errores de criterios específicos propios, en procesos judiciales de instrucción de conocimiento.

Escuchar decir que la ecología de los ecosistemas no conforma ciencia, ya les saca de quicio. Otro tanto, escuchar decir que las pretensiones holísticas que presume el uso del calificativo “sistémico”, solo muestrala ausencia -que callan-, de los enlaces entre ecosistemas. A qué sorprendernos entonces, que un representante de la Fiscalía de Estado proclame que la Naturaleza no tiene derechos. Refugiarse en una dialéctica epistemológica obtusa prisionera de abstracciones, no genera, ni clarifica derechos.

A estas instrucciones de procesos de conocimiento referidos a los dos primeros enunciados les cabe comenzar a develar que nuestra acariciadora Madre Natura merece por nuestra propia salud mental y espiritual algo más que estos desprecios.

La hidrología no sólo determina los pretendidos deslindes pétreos de la dominialidad, sino que marca los de Natura. No hablo del Estado, sino, reitero, hablo de Natura y quiero representar a Natura, a quien en algún momento tendremos que mirar si queremos imaginar que sus límites, dictados por catecismos académicos, son los responsables en estas situaciones deficitarias bien concretas, de su alimentación solar.

Esto expresaba en mi 1ª intervención como 3º en la causa B 67491/03 en SCJPBA: “Cimientos y savias para permanecer confiado, elevando esfuerzo, y así querer. Disposiciones del ánimo anticipados por los más elementales desvelos, que impidiendo mi necesario descanso me llevaron durante años a accionar en términos poco imaginables en procesos de conocimiento en defensa de las energías que dinamizan los flujos ordinarios de los cursos de aguas en llanuras, sus sedimentos y sus bordes de transferencias . Poniendo acción e información al alcance de todos”.

Concluía con esta ofrenda del Discurso fúnebre de Tucídides a la partida de Pericles.

Amamos la belleza, con sencillez.
Y el saber, sin relajación.

Nos servimos de la riqueza, más como oportunidad para la acción, que como pretexto para la vanagloria.

Y entre nosotros, no es para nadie un motivo de vergüenza reconocer su pobreza, sino que lo es más bién no hacer nada por evitarla.

Las mismas personas pueden dedicar a la vez su atención a sus asuntos particulares y a los públicos.

Y gentes que se dedican a diferentes actividades, tienen suficiente criterio respecto a los asuntos públicos.

Somos, en efecto, los únicos que a quienes no toman parte en estos asuntos los consideramos, no un despreocupado, sino un inútil.

Y nosotros en persona, cuando menos, damos nuestro juicio sobre los asuntos, o los estudiamos puntualmente; porque en nuestra opinión, no son las palabras las que significan un perjuicio para la acción.

Somos los únicos, además, que prestamos nuestra ayuda confiadamente, no tanto por efectuar un cálculo de la conveniencia, como por la confianza que nace de la libertad.

Contra lo que afirma el discurso de lo sustentable, los 56 Kms de canalizaciones obradas entre Alto del Padre y Paso de la arena conforman el más grueso de los cientos de errores generados en la provincia de Mendoza, con tan buenas mortales intenciones, como bien erradas para las necesidades alimentarias de Madre Natura.¿Cómo habríamos entonces de conformarnos sólo con pensar y mentar intereses de incidencia colectiva?, si el daño a Natura y sus trascendencias es aún mucho mayor.

Lo que es propiedad de Natura por ser parte Vital de ella, es anterior a cualquier discernimiento sobre intereses de incidencia colectiva. Por supuesto, bien anterior al Estado como ente regulador. Reitero, esos bañados siempre fueron el vital alimento solar de las energías que alimentaban los flujos ordinarios del Atuel en estas planicies y les conferían aptitud para el eficiente transporte de sedimentos.

Por ello reitero: no son los desórdenes técnicos y administrativos los que conforman sorpresa, sino el descubrir que la ciencia hidráulica es la madre responsable de todas y cada una de estas laxitudes e infinidad de problemas que hoy lucen inestimables en planicies, por abismos en conocimiento “científico” aferrado a determinismos y modelos simples. La comprensión que alcancemos, nos dejará un buen rato perplejos.

Modelizar en laboratorio las variables que pesan en las dinámicas que asisten el flujo horizontal de estas aguas en planicies –no hablamos de las verticales por infiltración y evapotranspiración-, es tarea imposible desde mecánica de fluidos en suelos con “pendientes” de unos pocos centímetros por Km. No es el caso del Atuel con pendiente promedio en cuenca baja mendocina de 1 m/km., pero prefieren no intentarlo.

Las extrapolaciones matemáticas son la ilusión que luego termina en desconsuelo por la cantidad de simplificaciones a las que apelan para hacer “funcionar” estos modelos. El hecho concreto es que con pendientesde pocos centímetros por Km y en adición, en suelos áridos, no hay energía gravitacional que supere la cohesión y adhesión entre las propias moléculas. Cualquier cosa que extrapolen es mentirse a sí mismos.

La opción a mirar por fenomenología termodinamica de sistemas naturales abiertos el valor de los enlaces entre ecosistemas aledaños, conlleva escalas imposibles de modelizar. La experiencia mecanicista en flujos turbulentos –así llaman a los flujos convectivos-, está aún en pañales. El nivel de complejidad que cargan no es dable sea asumido en el marco de cosmovisión y recursos de modelización de sus academias.

Esto no se resuelve con hidrometrías y un modelo matemático montado en ellas. Podrán fabricar coincidencias en modelos de caja negra, pero seguirán sin advertir cómo operan las energías del sol en ellas y cómo funcionan los gradientes térmicos e hidroquímicos en los bordes lábiles para oficiar las advecciones y las transferencias.

Esto excede el nivel de intereses de incidencia colectiva; porque si ninguna criatura estuviera en el planeta, esos bañados igual estarían siendo reclamados por imperiosa necesidad de alimentarse de Madre Natura. De eso refiere Ana Inés Malvárez

Los bañados y planicies de inundación son reconocibles como mosaicos de ecosistemas altamente dinámicos, de bordes lábiles, donde la estabilidad y la diversidad se encuentran condicionadas primariamente por la hidrología y los flujos de materiales

El tiempo de permanencia de un humedal típico parece estar en el orden de algunos cientos a varios miles de años; si las condiciones geológicas lo permiten, los humedales se formarán recurrentemente en la misma región a lo largo de decenas de millones de años, lo que es de gran importancia evolutiva.

A la ceguera de los sectores académicos que pesan en la administración de los temas hídricos e hidráulicos, sumamos estas consideraciones a la ley 25688 del Dr. Eduardo Pigretti: “Tampoco creemos que se trate de presupuestos mínimos...pese a su brevedad, su contenido es de presupuestos máximos de manejo de aguas, pero nada del ambiente...” Ajustaría la expresión, diciendo: “Nada de Natura”.

 

III . Rescatado del fallo CSJ 243/2014 (50-L)/CS1 ORIGIN ARIO La Pampa, Prov. de c/Mendoza, Prov.de s/ uso de aguasdel 16/7/2020

En el campo de los derechos de incidencia colectiva, es fundamental la protección del agua para que la naturaleza mantenga su funcionamiento como sistema y su capacidad de resiliencia.

La regulación jurídica del agua ha cambiado sustancialmente en los últimos años; la visión basada en un modelo antropocéntrico, puramente dominial que solo repara en la utilidad privada que una persona puede obtener de ella o bien en la utilidad...

La comprensión amplia de la compleja situación general de la cuenca del río Atuel en virtud del problema de oferta hídrica que atraviesa, demanda conjugar la territorialidad ambiental, que responde a factores predominantemente naturales

El paradigma jurídico actual que ordena la regulación del agua no tiene en cuenta solamente los intereses privados o estaduales, sino los del mismo sistema, como bien lo establece la Ley General del Ambiente.

La solución del conflicto -cuenca del río Atuel- requiere conductas que exceden tanto los intereses personales, como los provinciales, debiendo tener en cuenta que la cantidad de agua debe ser destinada a la conservación del ecosistema...

Para la Constitución Nacional el ambiente no es un objeto destinado al exclusivo servicio del hombre, apropiable en función de sus necesidades y de la tecnología disponible, tal como aquello que responde a la voluntad de un sujeto que es su...

La cuenca hídrica es la unidad que comprende el ciclo hidrológico en su conjunto, ligado a un territorio y a un ambiente particular; se trata de un sistema integral que se refleja en la estrecha interdependencia entre las diversas partes del curso...

El caudal mínimo permanente del río Atuel que fija la Corte en el pronunciamiento debe entenderse como una meta interina en el camino destinado a la determinación definitiva del caudal hídrico apto para la recomposición del ecosistema afectado ...

El principio de progresividad establece que los objetivos ambientales deberán ser logrados en forma gradual, a través de metas interinas y finales, proyectadas en un cronograma temporal que facilite la adecuación correspondiente a las actividades

la desertificación del Atuel" (fs. 1275/1446), … una cuestión ambiental, regida por el principio de progresividad (Fallos: 329:2316, punto V);

la regulación jurídica del agua ha cambiado sustancialmente en los últimos años. La visión basada en un modelo antropocéntrico, puramente dominial que solo repara en la utilidad privada que una persona puede obtener de ella o bien en la utilidad pública que restringe a la actividad del Estado, ha mutado hacia un modelo eco-céntrico o sistémico.

El paradigma jurídico actual que ordena la regulación del agua no tiene en cuenta solamente los intereses privados o estaduales, sino los del mismo sistema, como bien lo establece la Ley General del Ambiente.

Además del ambiente como macro bien, el uso del agua es un micro bien ambiental y, por lo tanto, también presenta los Caracteres de derecho de incidencia colectiva, uso común e indivisible (cfr.: "Bs As, Prov c/ Santa Fe, Prov", Fallos: 342:2136 y sus citas)

También hay que tener en cuenta que la cantidad de agua debe ser destinada a la conservación del ecosistema interprovincial, para que mantenga su sustentabilidad.

Asimismo, se debe considerar el interés de las generaciones futuras, cuyo derecho a gozar del ambiente está protegido por el derecho vigente.

Señala que para la determinación del caudal ambiental adoptó una metodología "holística" o "integradora" con fundamento en los estudios de la Fac. de Ciencias Exactas y Naturales de la Univ. Nacional de La Pampa (FCEyN de la ULP 005/2012).

Destacó que el valor de caudal de 3,4 m3/s no resulta antojadizo, sino que surge de la implementación correcta de la metodología Suiza en la cuenca del río Atuel, como parte de los métodos hidrológicos

Que en el trabajo del Instituto Nacional del Agua acompañado como Anexo 3 de la presentación de la Sec de Infraestructura y Política Hídrica de la Nación de fs. 1582/ 1652, se explica, que para el cálculo del caudal de mantenimiento existe una cantidad significativa de metodologías, lo que es la prueba más inequívoca de que ninguna de ellas es capaz de aportar resultados garantizados de forma absoluta y universal.

A contar desde allí, efectúa la siguiente clasificación ' de las metodologías existentes: métodos con enfoques hidrológicos, métodos basados en criterios hidráulicos, métodos con enfoques ecológicos, métodos de simulación del hábitat o eco-hidráulicos y métodos holísticos.

esta metodología basada en los registros históricos, se fundamenta en la relación estricta que existe entre el régimen hidrológico y el ecosistema existente, puesto que las especies dentro del río se han adaptado y acostumbrado a las variaciones de caudal (fs. 1627)

Sobre una recomposición natural o pasiva del ecosistema afectado en el noroeste de la Prov de La Pampa, no es posible conocer anticipadamente el tiempo necesario para alcanzarla, ya que dependerá de la capacidad de auto-regeneración del ecosistema

esta Corte fijará como caudal mínimo permanente el recomendado por el Instituto Nacional del Agua (INA), es decir, el de 3,2 m3/s en el límite interprovincial entre La Pampa y Mendoza; ello, como instrumento de posible cese del daño ambiental ocasionado por la falta de escurrimiento del río Atuel en territorio pampeano.

la trascendencia del concepto de cuenca hídrica, entendiéndola como la unidad que comprende el ciclo hidrológico en su conjunto, ligado a un territorio y a un ambiente particular; se trata de un sistema integral que se refleja en la estrecha interdependencia entre las diversas partes del curso de agua (Fallos: 342:1203).

La relevancia constitucional que la protección ambiental y el federalismo tienen en nuestro país exige emprender una tarea de "compatibilización", que no es una tarea "natural" (porque ello significaría "obligar" a la naturaleza a seguir los mandatos del hombre) sino predominan temente "cultural" (Fallos: 340:1695).

Diagramen un programa de monitoreo permanente que permita el control en el tiempo, de la provisión del caudal mínimo fijado y de la evolución de la biota, la salinidad y los niveles freáticos. La presentación de los programas de acciones u obras y de monitoreo ordenados, deberán ser sometidos a la aprobación de este Tribunal dentro del plazo de noventa (90) días.

 

IV . De los aportes de una propuesta Comisión Interjuris diccional del Río Atuel (CIRA) con participación del Estado Nacional

Las aguas del río Atuel dejaron de llegar a los pueblos pampeanos de Santa Isabel y Algarroba del Águila

Por su parte, Mendoza alegó que el 97% del territorio era desértico y señaló (para remarcar su uso eficiente del agua) que los ríos Diamante, Mendoza, Tunuyán y Atuel representaban un 1% del flujo del río Paraná, el segundo más largo de Sudamérica. Además, acusó a La Pampa de hacer obras hidráulicas solamente en la parte Este de la provincia.

Olvidan señalar que estos flujos y sedimentos cordilleranos fueron los que fundaron las pampas, desde Santa Rosa al Atlántico. Tarea 100 veces superior a la del Paraná

 

Dice Pablo Bereciartúa, ex SSRHN

En la actualidad estamos comenzando un nueva etapa (Homo Deus) de relación con la naturaleza, marcada por la innovación y una renovada capacidad de modificar pero también comprender la naturaleza a niveles inimaginables hasta ahora. En esta etapa que comienza pasa a ser fundamental: a) considerar de manera efectiva la dimensión ambiental, y también b) los escenarios futuros inciertos, para la definición de proyectos y para la gestión de la infraestructura.

Ver este html dedicado a Pablo, que al parecer tiene una noción del “homo deus” de presunción más elevada que la señalada por Heráclito:

http://www.alestuariodelplata.com.ar/cabezadura.html

 

https://www.academia.edu/37322903/Estudio_integral_de_la_cuenca

_del_R%C3%ADo_Desaguadero_Tomo_I_II_y_III

EQUIPO DE TRABAJO desarrollador de los gráficos que siguen

Dirección y coordinación Ing. Pablo J. BERECIARTUA

Equipo: Ing. Nora ANTUNEZ, Ing. Luciana MANZELLI, Ing. Pablo LÓPEZ, Ing. Ana Claudia CALLAU PODUJE

La cuenca hidrológicamente activa se encuentra en la región oriental, donde las precipitaciones pluvionivales de origen orográfico varían entre 600 y 800 milímetros anuales, que alimentan a ríos y arroyos de una desarrollada red imbrífera. En la región occidental por el contrario, con un régimen pluviométrico del orden de los 250 mm anuales, el río es prácticamente alóctono.

Si a esa condición alóctona le sumamos el robo de energías convectivas provocado a los humedales por las canalizaciones obradas con ojo mecánico, no queramos imaginar el desastre de los salitrales que irán madurando en esos aislados humedales. Las ilustraciones de la pág 32 a 37 muestran las aberraciones de las canalizaciones obradas en los 56 kms de median entre Real del Padre hasta pasar Carmensa.

Los recursos hídricos superficiales provenientes de la alta cuenca son interceptados en la cuenca media, en la cual se desarrolla un paisaje serrano, por obras de aprovechamiento hidráulico, que posibilitan la regulación de los caudales para el regadío y la generación de energía hidroeléctrica. Aguas abajo de la presa de Valle Grande, las aguas del río Atuel son utilizadas como fuente de vida para el desarrollo socio económico de la región sobre la base de la agricultura de regadío, generándose los oasis de San Rafael (irrigado también con el río Diamante) y General Alvear

 

 

 

 

 

 

Esta tabla no señala las degradaciones del último siglo; cuya escala, a pesar de insignificante en tiempos geológicos, nos abismarían por la celeridad de los cambios.

El “Homo Deus Bereciartuano” tal vez venga engolosinado después de su encuentro con los Orange, de la ilusión de copiar en la Argentina, culturas de 700 años en un territorio de 41.000 Km2, tan complicado, que permite reconocer y perdonar errores de criterio centenarios, que han venido por la Universidad de Delft siendo festejados.Ver estos: http://www.alestuariodelplata.com.ar/rioelba.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/riorin.html

 

V . 56 Kms de canalizaciones entre Alto del Padre y Paso de la arena

Las imágenes del sistema del río Atuel y sus vecindades, nos muestran las represas en áreas elevadas que no ofrecen complicaciones al sistema de energías que siguen aguas abajo, pues sus pendientes no reclaman de sistemas convectivos, que las presas pudieran estar interrumpiendo.

A la altura del Real del Padre y hasta 11 Kms antes de la ruta 190, el río Atuel aparece muy canalizado en una extensión aproximada a los 56 Kms, manteniéndose ajeno a los antiguos humedales que aún hoy suspiran por esas aguas, que al no alimentarse de energías convectivas, carecen de capacidad para transportar sedimentos y solo generan atarquinamientos. Lo que sigue también ha sido manoseado, pero como muestra basta este botón. Ver págs. 32 a 37.

Es aquí donde se produce el robo de energías convectivas que de inmediato se va traduciendo en aguas sin energías para fluir y sin capacidad para transportar sedimentos, que así se van depositando generando grotescos atarquinamientos en la propia canalización.

El abandono de todas las meandrificaciones trae aparejada la inevitable pérdida de las energías convectivas y del gradiente térmico determinante de sus advecciones.

Un canal generado con ojo mecánico nunca ha contemplado esta cuestión de las riendas térmicas, de las advecciones, porque tampoco ha contemplado el tipo de energías involucradas en las dinámicas de los flujos ordinarios de estas aguas.

Reitero, las zonas de meandros representan formidables cajas adiabáticas abiertas y naturales, responsables de las dinámicas verticales de estas aguas y de sus correspondientes advecciones. Dinámicas verticales que incluyen el mantenimiento de los cauces sin atarquinamientos.

Independientemente de las reservas de agua que liberen las presas, han sido las canalizaciones la cuenca baja, en las zonas donde se verificaba la existencia de meandros, las responsables de las escasas o nulas fluencias, atarquinamientos y absorciones.

Volvemos a recordar: la energía presente en las aguas de estos ecosistemas en su fluir ordinario, es solar, no gravitacional.

Y por ende, su obligado tránsito por bañados aledaños con costas blandas y bordes lábiles apropiadas para oficiar las transferencias de estas energías solares, es la clave vital e irremplazable para asistir de contínuo los enlaces en los tránsitos de estos ecosistemas.

Sin ese respaldo no hay río que se mueva. El Paraná, el Uruguay, el Amazonas, todos ellos fluyen merced a energía solar. Por ello, las diferencias en su fluir quedan acreditadas en los kilómetros cuadrados de áreas aledañas de esteros y bañados que le acompañan y en las calorías que absorben y les transfieren esos suelos.

Por dar un ejemplo, las energías que mueven al Amazonas superan el 50 % de todas las energías que consumen los EEUU.

Por ello, los planteos mecánicos obrados por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los EEUU en el Mississippi son comparables a herramientas del paleolítico. Fácil imaginar lo que sobrevivió de estas dinámicas.

Cambiar los planteos simples de la mecánica de fluidos por los más complejos de la termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados, es cuestión que nadie sabe cuánto tiempo llevará instalar. Pero cada día será más difícil dejarla soslayada.

Vuelvo a repetir: aguas arriba de las presas hagan lo que quieran. Aguas abajo, solo lo que indica la Naturaleza. Respeten los meandros. Ver por caso al final de este capítulo los del Río Negro, que hasta el momento se han salvado de los ingenieros hidráulicos.

¿Quieren ver atropellos como estos del Atuel y aún peores?. Vayan al Pilcomayo y pregunten si por casualidad hubiera un ingeniero hidráulico que explique el por qué este curso pìerde por año entre 25 y 30 Kms de su recorrido en atarquinamientos. Hago excepción del Ing Néstor Correa.

Ver http://www.alestuariodelplata.com.ar/pilcomayo.html y /pilcomayo2.html

El Bermejo se viene salvando de milagro y sus energías convectivas se ocupan de llevar cada año no menos de 100 millones de toneladas de sedimentos hasta el más profundo océano a 5000 Kms de distancia de sus orígenes y a más de 5000 m de profundidad. Ver http://www.alestuariodelplata.com.ar/bermejo.html y /bermejo2.html

Esto no es fruto de energía gravitacional, sino solar. Y a qué dudar, que el Bermejo tiene pendientes menores que las del Atuel.

El Paraná tiene 5 cm/Km de pendiente promedio en sus 2100 Kms. El Amazonas tan solo 2,8 cm/Km en sus 6700 Kms. Y sin embargo este último saca sus aguas a 3 veces más velocidad que el Paraná. ¿La diferencia?: la cantidad de energía solar atrapada en sus extensos esteros en área ecuatorial.Ninguno reconoce canalización alguna.

Uno que si la reconoce es nuestro pobre Riachuelo. Entre 1904 y 1936 se dieron a canalizar 27 Km de meandros. El resultado del fracaso recién se confesó el 19 de Octubre del año 2010 en la conferencia de cierre del Ier congreso internacional de Ingeniería celebrado en Argentina. pero aún no dieron a conocer el motivo de ese fracaso.

Aquí lo estamos explicando para intentar que los mendocinos y los pampeanos eviten ponerse de acuerdo sobre la base de trazar canales que solo aumentarán las ruinas que ya conocen. Empiecen por mirar la capacidad de carga de energía solar que alcanza el agua en un canal y la que alcanza en zonas meandrificadas.

Agua sin energía solar es materia sin dinámica, llamada a morir, por absorción, por evaporación, por estancamiento o como sea. Sin el intercambio vertical no hay Vida en las aguas. Esto jamás lo miró la "hidráulica". Miren entonces la capacidad de carga de energía solar que alcanzan estas aguas.

Aprecio recordar el valor de las costas blandas y bordes lábiles de transferencias, para dar lugar a las riendas de estos ecosistemas: sus advecciones, fundadas en gradientes de ligera menor temperatura, no mayor de 0,2º, que siempre quedan ignoradas.

Esas ríadas de las que habla la imagen superior encuentran su soporte cognitivo en los siguientes html:

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa3.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa4.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa6.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa7.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa8.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/pampa9.html

Interponer desarrollos urbanos en medio de la fragilidad de estos ecosistemas es el más fiel testimonio de nuestras torpezas. El mismo ejemplo lo regala la ciudad de Viedma en el Río Negro. Nunca la ciencia hidráulica dijo una palabra al respecto. Las imágenes que siguen muestran la aridez generalizada, pero nada descubren de los traumas que generan las canalizaciones en las energías que activan a los humedales.

Las imágenes que siguen desde la pág. 32 a la 37, contrastan en escala apropiada la traza del Atuel canalizado al margen de los meandros que siempre alimentaron sus energías convectivas. Recursos elementales para el transporte sedimentario, que de lo contrario concluye en ineludibles atarquinamientos.

Los gráficos del Homo Deus Bereciartuano nos ilustran de caudales, pero nada dicen de los robos de las energías solares que dinamizan las aguas, sin las cuales, las aguas no son nada. Si Madre Natura es venerable, el Padre Sol también lo es. De nada sirve prometer 3 m3/s o 30 m3/s si todo termina atarquinado e infiltrado. 1º remedien la función que cumplen los humedales para dinamizar las aguas y sostener sedimentos.

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