Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . . CAF25337 284 . 285 . 286 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . JFCampana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . 412 . . CSJ 791 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . . CSJ 936 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . . CSJ 1525 . 456 . 457 . 458 . 459 . 460 . 461 . 462 . 463 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . . CSJ 2605 . 475 . 476 . 477 . 478 . 479 . . CSJ 2841 . 480 . 481 . 482 . 483 . 484 . . CSJ 769 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . 500 . 501 . . CSJ 770 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . . CSJ 794 . 510 . 511 . 512 . 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 , 519 . . CSJ 243 . 520 . 521 . 522 . 523 . 524 . . CSJ 1141. 525 . 526 . 527 . 528 . 529 . . CSJ 1406 . 530 . 531 . 532 . 533 . 534 . . CSJ 1532 conicet . 535 . 536 . 537 . 538 . 539 . 540 . 541 . 542 . 543 . 544 . 545 . 546 . 547 . 548 . 549 . . 35889 patrimonios rurales 550 . 551 . 552 . 553 . 554 . 555 . 556 . 557 . 558 . 559 . 560 . 561 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . declaratoria . . declaratoria FGSI . . Cartas Doc a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1.2.3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa ..sentencia .. huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata . . Puerto ampliación . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . proyecto islas . . denuncia orlando . . index .

Ver CSJ 1532/2020 Hecho Nuevo.pdf

Ver CSJ 1532/2020.documental.pdf

II . C . http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar3.html

Cartas documento a la Gobernadora Vidal (la 8ª) y al Procurador General Julio M. Conte Grand

C. Doc a Vidal Nº 92388774 2

C. Doc a Conte Grand Nº 92388773 9

Teatralización del debido proceso esquivado para favorecer sostenes de previas y futuras decisiones criminales, harto preanunciadas y denunciadas

Del Viso, 18 de Septiembre del 2018. Al Procurador General copio la misma denuncia que a la Sra Gobernadora Vidal, tras insistir en denunciar en esta 8ª carta documento (las anteriores sin respuesta), la conformación de una asociación ilícita mediante supuestos “elitismos que son un insulto dirigido al mérito por algo bastante peor que una mediocridad”.

Y que se advierte organizada por los mismos mercaderes de suelos que han cometido los más aberrantes crímenes hidrológicos e hidrogeológicos en el brazo interdeltario y en la planicie intermareal del río Luján con figura representativa en Dante Galeazzi, Director Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, yerno de Eduardo Costantini que depende directamente del ministro Gigante.

Con capacidad de untar con melaza a funcionarios de la DIPSOH, Ings Marcelo Rastelli y Leandro Mugetti, proyectando modificaciones y decisiones -a cual más torpes y mentirosas-, sobre los previos mamarrachos de un pretendido "plan maestro" del río Luján.

Que cuenta con 3 demandas de inconstitucionalidad en SCJPBA por causas I 71743, 74719 y 74024  visible esta por http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html y sig., dando detallada cuenta de sus pormenores tras haber sobrevolado 3 veces estas áreas en tiempos de inundación y haber generado 10 videos bien específicos sobre los errores, falsedades y necedades en este vergonzoso PMRL al cual estos 2 ingenieros suman las propias.

Esas decisiones son hospedadas por la SS de Evaluaciones del OPDS a cargo de Marcelo Fábregas para alli impulsar las Declaratorias de Impacto Ambiental sin respeto a debido proceso ambiental alguno y luego, en oportunidad de estar su superior ausente concretar su emisión.

Doy fe de la honestidad del Director Provincial de Evaluaciones Dr Marcelo Bolaños y de su capacidad para discernir, cuando una de estas declaratorias (DIA) se ha ahorrado transitar el debido proceso.

No obstante la emisión formal de estas DIAs, truchas por donde se las mire, como resulta muy evidente la ausencia del debido proceso, un reducido grupo de funcionarios de la DIPSOH, de la AdA-COMILU y del OPDS se juntan un 11/9/2018 para oficiar una presentación pública –en este caso en el teatro Lope de Vega de Pilar-, buscando juntar testimonios de haber pasado por una audiencia pública.

Que en este caso fue presentada por el intendente Ducoté y desarrollada por el ya mencionado Rastelli, al que siguió la exposición de Mugetti, para luego dar lugar al titular del COMILU que consumió tiempo con elementales generalidades, a las que siguieron la de Víctor Barros sobre modalidades constructivas de puentes, para concluir en un extenso video de enfoques ambientales no menos generales por parte de Nancy Neschuk del Depto de estudios ambientales de la DIPSOH que depende del área de Rastelli.

Que para probar su torpeza y dejar clarísima evidencia de que ésto no era la audiencia pública que correspondía al debido proceso ley 25675, ni a la ley prov 11723, ni a la ley prov. 13569 sobre audiencias públicas, no titubeó en exponer en el video y confirmar con sus propias palabras la existencia de 3 DIAs cuyos números comenzaban por el 373/2018 y terminaban en el 380/2018. Ni siquiera parecen advertir que las convocatorias a audiencias públicas son generadas por el OPDS o la legislatura. Ver ley 13569.

Al parecer, Rastelli ya ha armado su propia armada brancaleone.

La elemental evidencia de fraude procesal por parte de esta funcionaria, fue acompañada por el silencio de los anteriores con cargos de mucha mayor responsabilidad y antigüedad, tal el caso de Rastelli y Mugetti:

Pero ésto no concluiría aquí, sino que después de haber escuchado 2 horas las mentiras y errores de los primeros y las generalidades de los que siguieron, nos enteramos por la Neschuk que la participación de los que habíamos concurrido lamentablemente no se llevaría a cabo pues el teatro debía ser desocupado para dar lugar a otros compromisos inmediatos.

Lo que siguió es motivo de otro relato. Esta es la puesta en escena de los alfiles y perejiles del Dante de la Divina Comedia de los mercaderes criminales denunciados hasta el hartazgo en 47 demandas de inconstitucio nalidad en SCJPBA a lo largo de 13 años;

sin contar las 5 en el Juzgado Fed Criminal Nº 1 y Nº2 de S. Isidro, las 4 en el Juzgado Federal de Campana y sin olvidar las dos cartas documento al Titular de la Cámara de apelaciones de San Martín Dr Mario Rudi describiendo soportes de criterio que inducen prevaricato. Verhttp://www.delriolujan.com.ar/cartadocrudi.html

Debido a que el espacio de una carta doc no es suficiente para extender detalles, editamos en este http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar3.htmly en los previos /teatropilar2 y /teatropilar.html adicionales contextos e infinidad de detalles, con inclusión de ordenada lista de videos específicos sobre las mentiras y necedades del plan, entre las que cabe resaltar la necia decisión de considerar que los ensanches de cruces en la AU9 resultan innecesarios, cuando de hecho, son ultra necesarios.

La modalidad que ha ejercitado Marcelo Rastelli para oficiar estos mismos procesos truchos en los ríos Areco y Pergamino me movieron a denunciar a la CAF y al BID por ellos. En el caso del canal Santa María, obra inútil por donde se la mire, la novedad que acercan estos fabuladores es la de construir otro en paralelo.

Esta intención viene avalada por Parques Nacionales en cuyo directorio está Roberto Brea al que vengo denunciando desde hace 18 años por sus aberraciones al frente de 2 barrios cerrados.

Atte. Francisco Javier de Amorrortu

 

II . D . http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar4.html

Por la cantidad y tamaño de grandes imágenes evitamos cargarlas a este texto. Ver por CSJ 1532/2020.documental.pdf

 

II . E . http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar5.html

Nueva carta doc 92388651 2 al Procurador Gral

Estas 2 Cartas Doc al Procurador se hospedaron por Nota 66395/18

Del Viso, 20/9/2018. Al Procurador Gral. Julio Conte Grand vuelvo sobre la denuncia del 18/9 por carta doc Nº 92388773 9, que fuera copia de la 92388774 2 enviada a la Gob Vidal en donde debo reconocer un error: la funcionaria que cabe denunciar es Nancy Carolina Neschuk del Depto de estudios ambientales de la DIPSOH que depende del área de Rastelli y cabe por ello olvidar a Julia Mancini del OPDS.

Este error involuntario que partió del propio OPDS me permite sin embargo extender la denuncia de asociación ilícita propiciada por los mismos mercaderes que han sembrado de crímenes hidrológicos (art 420 bis del CPF de la Rep. de Mejico) e hidrogeológicos (art 200 CPN) el brazo interdeltario y la planicie intermareal del Luján y aparecen denunciados en 47 causas de hidrología en SCJPBA y 9 en dos JCF (San Isidro y Campana), habiendo instalado en este nuevo ciclo político a dos alfiles: Agustín Sanchez Sorondo en la AdA y Dante Galeazzi en la DPOUyT que depende en directo del Ministro Gigante.

Al 1º ya logré que lo volaran. Al 2º espero V.E. lo haga. Este Dante se ha ocupado de dar alas a un pequeño equipo de la DIPSOH encabezado por Marcelo Rastelli y secundado por Leandro Mugetti y Nancy Neschuk que ofrecen “servicios” a los municipios para viabilizar remediaciones a cuenta de la provincia, de aberraciones generadas por exclusiva responsabilidad municipal.

No solo se ocupan de editar los soportes hidráulicos y “ambientales” -de competencia del OPDS que en estos casos se descubre ausente-, para luego presentarlos en encuentros abiertos a distintas comunidades municipales, que a qué dudar, aprovechan estos servicios con inclusión de los soportes financieros del BID y de la CAF harto denunciados por este actor.

Ver por  http://www.alestuariodelplata.com.ar/pergamino2.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/areco5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/areco.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte198.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte234.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/mercedes.html

En Septiembre del 2013 y Marzo del 2014 logré que el BID diera de baja dos tramos de un préstamo por US$ 1360 millones para obras que en forma previa había denunciado en SCJPBA.

Sin embargo, la denuncia girada el 20/7/2016 al Comité de Ética del CAF por severa corrupción en el tratamiento y contenidos del Plan de Manejo Integral de la Cuenca del río Luján fue reiterada 3 veces sin obtener respuesta alguna.

Con estas nuevas demostraciones de fabulaciones mecanicistas en los equilibrios de las dinámicas de los flujos ordinarios y de eventos máximos de los cursos de llanura (ver par 2º, art 6º, ley 25675) sin ilustración veraz alguna y violaciones al debido proceso que corresponde convocar al OPDS y/o a la legislatura, volveré a girar denuncias al BID y a la CAF.

Ambas cuentan con sus propios departamentos evaluatorios y al parecer eso ha estimulado a los de la DIPSOH a imitarlos.

El mentado plan maestro del río Luján fue auspiciado por estos mismos mercaderes con el único afán de ganar tiempo para sus crímenes.

Sus orígenes licitatorios por Res 495/11 del MINFRA motivaron la demanda de inconstitucionalidad por causa 71743 en SCJPBA, visible su presentación por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte34.html /incorte35.html y /incorte58.html

y nuevamente vuelto a impugnar el propio PMRL por causa 74024 en Sept 2015 en SCJPBA, visible por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html y siguientes hasta  /incorte183.html

Ver bien ilustradas sus fabulaciones por http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar4.html

http://www.delriolujan.com.ar/serman5.html

http://www.delriolujan.com.ar/serman4.html

Tan ilustradas estas comunicaciones,como veladas las que caben de estos debidos procesos al OPDS, que jamás desde su creación se ocupó de editar y publicar los EIA, Evaluaciones y DIAs de todos y cada uno de estos debidos procesos ambientales que tienen riguroso carácter público y sin embargo reinan por completa ausencia.

Editar y subir a la web una línea por cada uno de estos procesos con inclusión de los 3 pdf de sus instancias no debería ser trabajo con dedicación mayor a un mes de una sola persona responsable si estos trámites hubieran sido controlados y saludables.

Estimo que desde su creación el OPDS no ha generado un solo proceso ambiental “saludable” y por ello se abstienen de comunicar su tarea llena de agujeros negros.

Cabe aprovechar la presencia del actual Director Provincial de Evaluaciones Dr Marcelo Bolaños, funcionario de calidad poco común, para solicitarle lleve adelante esta tarea informativa, que a nadie mejor que a ellos probará la existencia de los miles de agujeros negros y entre ellos, los que esta denuncia acerca.

Fue inútil llamar dos días seguidos a la SS de evaluaciones del OPDS a cargo de Fábregas para solicitar las vistas a las DIAs 373 a 380/2018 mencionadas por Neschuk. Nadie sabía cómo acceder a ellas.

Antecedentes de esta vocación y perseverancia por completo desinteresada para mirar estos temas de las dinámicas ordinarias de las aguas en planicies extremas logrará V.E. del Dr Juan José Martiarena, a cargo de la SDOde SCJPBA. Acceso a más de 185 videos sobre estos temas por http://www.paisajeprotegido.com.ar/videos.html

Entre los más recientes:  https://www.youtube.com/watch?v=QA3NnpmRB1A

No copio esta carta doc a la Gobernadora Vidal pues confío VE se ocupará de señalar el error apuntado al comienzo.

Si, por el contrario, me dispongo a hacerlo por 6ª vez al presidente Macri, pues toda la obra pretendidamente hidráulica”, desde el Salado hasta el Pilcomayo, la Picasa y las represas de Santa Cruz, sin olvidar la obra de los emisarios de efluentes al estuario (ver causa CSJ 791/2018), todas y cada una de ellas conforman soberanos crímenes hidrológicos fruto del archi anquilosado “pensiero mecánico”.

No solo ignoran el orden obligado de los 4 enunciados del par 2º, art 6º de la ley 25675, sino que ignoran las trascendencia que se desprende de la voz “ecosistema” consignada en el glosario de la ley Gral del ambiente prov 11723, que por 1ª vez descubre a la energía solar acumulada en los esteros y bañados aledaños al servicio de los transportes sedimentarios y a las dinámicas de los arroyos y los ríos. Meollo fundamental para legislar sobre el valor de los humedales.

Sin más que expresar saludo a V.E. con mi mayor consideración y preocupación. Francisco Javier de Amorrortu

 

II . F . http://www.delriolujan.com.ar/teatropilar6.html

Para los que no están enterados, entrando por google maps verán que al dichoso canal de las mentiras y los negocios, en lugar de Sta María lo llaman ¡"río Luján"!

El marketing de los mercachifles no tiene límites.

Las modas que vienen

Amén de instalar "duplicados" en la DIPSOH: el área de "Estudios de Evaluaciones Ambientales" a cargo de Nancy Neschuk en la órbita de Rastelli y Mugetti que así van haciendo campañas propias con inclusión de servicios financieros de la CAF y el BID que también tienen urdidos estos mismos camouflajes "evaluatorios" propios ...

... ahora la Fundación Metropolitana también está promoviendo un Foro de Evaluación Ambiental Estratégica - BAM2.1.

El caradurismo de Del Piero no tiene límites, pero muestra la cantidad de fachadas que generan estos mercaderes para sortear obstáculos. No les alcanza con la res 29/09 del OPDS convalidando el Anexo II, item 1 de la ley 11723. Ver  por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte50.html  estos textos que siguen de la causa I 71808 en SCJPBA.

... constaba en el Anexo II de la Ley 11723, Punto I. PROYECTOS DE OBRAS O ACTIVIDADES SOMETIDAS AL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL POR LA AUTORIDAD AMBIENTAL PROVINCIAL.  7)   Conducción y tratamiento de aguas. 8)   Construcción de embalses, presas y diques.

ARTICULO 3º. Establecer que todo proyecto que conlleve una o más tareas u obras de tipo endicamiento, embalses y/o polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación y cursos de agua o ambientes isleños, serán sometidas a Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental por la Autoridad Ambiental Provincial, en el marco del Anexo II. Item I de la Ley N° 11.723. 

Si la resolución 29/09 fue para recordarle al OPDS que debía evaluar estos engendros, prueba que antes no lo estaba haciendo; porque si lo estaba haciendo no necesitaba repetir lo mismo que ya le indicaba el Anexo II de la ley 11723; salvo para… mejorar la apuesta. Veamos que hay de cierto en los hechos.

El magro uso en esta planicie intermareal, en estos dos años y medio transcurridos desde la publicación de esta norma administrativa, prueba que sólo una audiencia pública fue convocada por el OPDS –la del Colony Park en el Tigre, cuyas obranzas ya habían sido clausuradas un semestre antes por la Jueza Sandra Arroyo Salgado a cargo del Juzgado Federal en lo Criminal Nº 1 de San Isidro; y sólo una Declaratoria de Impacto Ambiental había sido emitida; la DIA de Puertos del Lago de Consultatio calcando pedacitos de los EIA sin hacerles la más mínima observación.

No tienen ni patrón objetivo, ni subjetivo, ni científico deductivo, ni fenomenológico inductivo sobre la ecología de los ecosistemas de bañados y meandros en planicie intermareal; ni personalidad para traducir en expresión propia sus sapiencias o baches cognitivos; ni sinceridad para cumplir con los arts 6º y 9º de la ley 13569/06 sobre audiencias públicas; ni convocarlas en tiempo oportuno.

–En el caso del barrio San Sebastián la audiencia fue convocada por el municipio tras trece años de presentado el proyecto por exp 4089-9930/98 y tres años después de generar EIDICO sus obranzas criminales; sin cumplir en adición, con los respetos a los arts 6º y 9º.

A todo esto, el OPDS aún NADA de NADA ha hecho-; y ya veremos hasta dónde se extiende esta NADA, siendo que esta Res 29/09 es pleonasmo al parecer gratuito, el eco mismo del Anexo II, item1, ley 11723, con agregados de enunciados sobre obranzas insanables que pretenden pasar por evaluables y en adición, sin patrón alguno.

Observaciones a los EIA de Puertos del Lago aparecen multiplicadas en la segunda presentación sumada a la causa I 70751 el día anterior a la audiencia pública, pues recuerdo que el reglamento interno de la audiencia, sin respetos de los arts 6º y 9º de la ley 13569,  ¡prohibía! entregar documentos escritos en el acto asambleario. Viajé a La Plata para entregarlos el día anterior directamente en SCJPBA.

Por este motivo esta DIA aparece impugnada en la causa I 71520 en SCJPBA y visualizable por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte22.html . /incorte23, /incorte40 e /incorte41.html . Antes lo había sido en la causa 70751, cuya edición ya era visible desde el día anterior a la audiencia, por /incorte7, /incorte8, /incorte9 e /incorte10.html.

Tantas y tan ilustradas fueron esas observaciones; que sorprende ninguna de ellas fuera apreciada por Jarsún y Bordelois firmantes de la DIA; para darse, reitero, por ceguera de alma o incapacidad primaria simplemente a calcar pedacitos del EIA de Consultatio con un único aporte original: la interpretación que cabía de las profundidades máximas de las lagunas en 25 m fue acotada con la referencia de: “un promedio de 12 m” para con esta infantilidad evitar decir que las obranzas se habían metido de cabeza en el santuario Puelche. ¡Este es el nivel “técnico” de los firmantes de la DIA de Consultatio!

Novedades

del negocio que urden en el nuevo canal los amigos de Breard, Brea y su Parques Nacionales y el FEPAS de Neschuk y Gigante

Plano de referencia y planilla con las parcelas al Este del actual canal donde intentan justificar la creación de uno nuevo.

El motivo: En las parcelas 1a y 1b (de las mal llamadas "islas de Campana") se está tramitando una urbanización cerrada Puerto Palmas.

Lo que no señalan es que con el actual canal y con el nuevo dejarán al área de 250 Km2 que media entre el canal Arias y la Vuelta del Hinojo con los mantos freáticos y el Pampeano saturados hasta el infierno de agua, creando el marco para la perdurabilidad de las inundaciones a un nivel que nunca jamás imaginaron.

Lo que falta es que todas esa áreas empiecen a navegar y el misterioso "OjO" salga de su órbita. ¿Se darán entonces cuenta de las burradas que sus imaginarios inflaman?

Vamos Neschuk, abra los ojos!!! ¿No les alcanza con que hace 3 años les haya bautizado esas áreas como "el abismo de Newton"? ¿En qué planeta viven?

Lo que tienen que hacer es tapar el viejo canal .Los mercachifles se están cocinando en su propia salsa.

Mail de un miembro titular de la Academia Nacional de Ciencias Ambientales Don Luis Bertello a sus 85 años, mostrando las payasadas administrativas y judiciales que impulsan nuestros ciegos mercaderes

From: luis Bertello

To: Francisco Javier de Amorrortu

Sent: Tuesday, September 25, 20185:33 PM

Francisco:

Lo que ocurre es que no hay ningun EIA independiente en cada caso .y ninguna autoridad exigió un EIA global que muestre el desastre ambiental total generado por el capitalismo salvaje que quiere dinero a costa de la naturaleza

Hay casualidades inexplicables. Ningun EIA  da negativo!

Los jueces provinciales recurren a _Aristoteles. Son tan brutos que ignoran que en Grecia no habia humedales (todo piedra) y al pseudo Aristoteles (año 100  aprox.) cuando no se sabia nada sobre los efectos globales de la conservacion de los humedales.. Era sin culpa  de ellos porque ese conocimiento se hizo evidente hace 70-80 años. 

Pero los jueces muestran una ignorancia incomprensible en el mundo moderno y la debida interaccion  ciencia- humanismo.Saludos,Luis

 

From: Francisco Javier de Amorrortu

To: luis Bertello

Sent: Tuesday, September 25, 2018 1:15 PM

Me causa tanta alegría ver su expresión desbordada de criterios, que le ruego autorización para incluirlos en un par de textos a la CSJN causa CSJ 791/2018 y a la SCJPBA causas 71808 y 74024, amén de acercarlos al OPDS.

¡Bravo por su lucidez y desborde expresivo Don Luis! Más preciso y tremebundo imposible.

No solo ningún EIA da negativo, sino que entre las miles de DIA emitidas por el OPDS y ahora las FEPAS de la DIPSOH, ninguna reconoce el debido proceso correcto y completo.Un abrazo Francisco, 25/9/2018

 

III .Cartas documento Nº 090084987 y 090084973

Del Viso, 11/11/2020. Estimado Gobernador Kicillof, se proponen por estos días comenzar a ensanchar el único cauce que ha quedado del sistema deltario del Luján, que nunca fue el principal. Las obras de ensanche en el orden de los 100 m no sirven para nada más que engañarseEn las 8 oportunidades que hubo en el 2014 eventos de: más de 50 mm en esta cuenca, el brazo interdeltario del Luján a la altura de Villa Rosa y de Zelaya mostró anegado su cauce superior en 2.000 a 5.000 m de ancho.

¿De qué sirven esos 100 m? Y en adición, todas estas obras reconocen bermas en sus márgenes, que sólo sirven para impedir que las aguas del cauce inferior se alimenten de las energías del sol, que por costas blandas y bordes lábiles van de contínuo transferidas a estos cursos de agua de planicie extrema. En los últimos 17 Kms antes de llegar a la AU 9 la pendiente es de 7,5 mm/Km.

¿De qué sirve tener ingenieros hidráulicos fondeados en el medioevo de Newton? El único aporte que hicieron fue lograr que las 3 grandes cuencas con compromisos urbanos. Matanzas, Reconquista y Luján tengan hoy sus flujos ordinarios soberanamente muertos. ¿De que sirve hacer cloacas en Tigre y Moreno si los saldos de las plantas de tratamiento van destinadas a desparramar pestes en las aguas de un río muerto? Mejor es que cada familia siga con su pequeña cámara séptica y su pozo negro.

Es obvio, que si Uds no se dan cuenta de la muerte que cargan los cursos de agua en sus dinámicas ordinarias, los pobladores imaginen la ventaja de las cloacas. Eso no solo es falso, sino mortal por las pestes que siembran en las aguas. Los créditos de la CAF y del BID mejor aplicarlos a corregir los problemas de estas salidas, que hace una década vengo en CSJN expresando sus remediaciones y proponiendo procesos de conocimiento, que permitan superar las condenas que cargamos de los catecismos newtonianos.

No se trata de mirar por eventos máximos e inundaciones,sino por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos tal cual lo plantea el par 2º, del art 6º de la ley Gral del Ambiente. De nada sirve mirar por la carreta ambiental, las cloacas y las inundaciones, si el buey solar que mueve las aguas está muerto o atrás de la carreta. Así de sencillo y elemental es la cuestión que Ud tendría que plantear a sus asesores hidráulicos, aunque 1º, tanto Jelinski como Seiao tienen que visitar confesionarios.

Ya en 1999, el Ing Valdéz, decano de los ingenieros hidráulicos del Min. de Obras Públicas Prov. en una reunión a solas de 7 horas, me confesaba que esa Dirección estaba muerta desde hacía 40 años. Por entonces la presidía HPAmicarelli, el mismo que había aprobado el barrio Los Sauces, que luego el Dir. Técnico Agabios confesó cargaba un error en el cálculo hidráulico no menor a 8 veces.

Denunciado en la causa B 67491/2003 en SCJPBA fui convocado por los secretarios de Demandas Originarias para ayudarlos actuando como 3º en esa causa. Fui admitido por los ministros a las 48 hs de presentar el escrito. Amicarelli, no solo redactó un código de aguas paquidérmico y obsoleto por sus criteriosmecánicos, sino que creó 16 gerencias, que él como emperador dirigiría. Lo 1º que hizo Felipe Solá al asumir como vice gobernador fue sacarle 8 de esas gerencias y congelar la reglamentación que demoró 9 años.

También se dio a urdir un plan maestro del río Salado, que hoy es un cancer para la provincia, amén de faraónico en sus escalas. 3 veces más movimientos de suelos que el canal de Suez y y un 20% más que el de Panamá. Toda esta fantasía para hoy lograr que las aguas del Salado fluyan por el freático. Todas las intervenciones obradas alo largo de un siglo, solo arruinaron las dinámicas naturales. Gregori Koff,titular del Laboratorio de desastres geológicos de la Academia de Ciencias de Moscu, así las calificó cuando nos visitó hace más de 20 años.

Si no miran por termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados seguirán en la luna de Newton obrando desastres sin progreso alguno en conocimiento. Este abismo no es exclusivo nuestro, sino de toda la ciencia hidráulica, empezando por los holandeses, que desde hace 700 años vienen multiplicando desastres a un costo, que por su tozudez, ni alcanzan a imaginar. Desde hace 40 años saben que las costas blandas son mejor que las duras; pero aún no entienden por qué. Los americanos y su cuerpo de ingenieros del ejército vienen haciendo otro tanto en el Mississippi desde hace 150 años. El costo de mantenimiento y el amor propio invertido en estas obranzas les impide a unos y a otros pasar por econfesionario, sin antes suicidarse.

Las barbaridades que habilitó Duhalde de parte de este Amicarelli al que luego llevó a la SSRHN, no tienen límites. Macri tuvo a su Bereciartúa. Menos bruto, pero tan ciego como aquel.

Las 47 causas de hidrología e hidrogeología presentadas desde el 2005 al 2017 en SCJPBA dan noticia de estos personajes y sus torpezas. En CSJN desde el 2010 ya sumo 17 sobre estos mismos temas. 24 años de trabajo. Más de 55 millones de caracteres en media docena de páginas web específicas y más de 33 millones en Justicia avalan estas advertencias.

En las primeras páginas de la última denuncia presentada en CSJN, la CSJ 1532, le cabe a Ud recoger las opiniones de varios expertos sobre este que suscribe, que nunca trabajó por dinero o por cucardas para su burro. Los tiempos por venir nos encontrarán sumidos en pobrezas impensadas. Las pandemias se multiplicarán y no serán solo los murciélagos los intermediarios, sino las aguas estancadas en todos nuestros cursos de agua, que solo fluyen en eventos máximos. Ninguno saca por superficie el 1% de sus flujos ordinarios al estuario. Todo marcha por el fréatico.

A todo esto, el CONICET y el INA guardando silencio. Por ello encabezan la lista de demandados en esta última demanda en CSJN. Los prisas de Macri para ampliar el puerto de Buenos Aires cuyas concesionarias pensaba concentrarlas en un solo gestor (su amigo Caputo), lo llevaron a encarar las obras sin el debido proceso ambiental. El resultado de esas nuevas escolleras multiplicando el ancho de la deriva litoral y afectando a muerte las tomas de agua de Palermo, ya plantean una cuestión terminal, aunque Uds imaginen que este puerto debe permanecer en su lugar otros 20 años.

La remediación de estos desatinos está planteada en la CSJ por causa CSJ 770/2020. Las que caben a las cloacas de Tigre y Moreno financiadas por el BID están planteadas por causa CSJ 769/2020. Las que caben a las inconsistencias del plan maestro del río Salado están planteadas por causa CSJ 1525/2019.

Las que caben a los ensanches del cauce del río Luján están planteadas por causa CSJ 1532/2020. Las que caben a AySA y a los emisarios de efluentes al estuario está planteada por causas CSJ 791/2018, CAF 21455/2017 y CAF 30739/2017. Las que caben por el negocio de la nueva corporación de Puerto Madero obrando un barrio cerrado con dineros públicos de la CAF en el municipio de Campana, lo están por causa CSJ 2605/2019. Los que caben al sostén del canal Emilio Mitre lo están por causa CSJ 1646/2019. Los que caben a la nueva licitación por la hidrovía lo están por causa CSJ 794/2020. Por http://www.hidroensc.com.ar tiene Ud acceso a todas estas causas

Como verá, la imaginación de este burro es fuera de serie, o las barbaridades en danza superan cualquier imaginario. Tener a un Hombre bueno y honesto como Simone no alcanza para mirar estos temas.

Quizás, si convoca Ud a una intermediaria como la Dra. Silvia Révora, tía de Wado de Pedro, con una limpia trayectoria en la Secretaría de Energía y en la de Medio Ambiente de la Nación, logre Ud abrir un canal de comunicación de estas novedades. Para ello no necesita Ud nombrarla en ningún cargo. Solo preguntarle si tendría interés en colaborar en el desciframiento y ponderación de estas novedades que pesan en erradas decisiones desde hace décadas y siglos.

La conocí hace 30 años y guardo mucho aprecio por Ella. Al no tener que resignar ningún catecismo “científico”, le será tan fácil entender estos entuertos como a cualquiera de sus Hijos menores. En los años por venirretrocederemos varias décadas de bienestar. Si al menos fueran útiles para aprender de errores en materia “hidráulica” de tres siglos, ya tendríamos compensación.

Toda la comunicación sería por mail o telefónica. No necesitará Ella salir de su casa en el campo. Solo enfocar los temas y hacer preguntas. Tiene una edad donde sentirse útil es lo que cuenta.

El conocimiento, a las personas responsables las hace más libres

Si Ud imagina mejor vía para mediar comunicación, no dude en expresarla.

Le saludo con aprecio, Francisco Javier de Amorrortu

 

IV . Nuevo acuerdo con la C.A.F.

https://www.elcivismo.com.ar/notas/41657/rio-lujan-el-presidente-firmo-convenios-por-155-millones.html del 11 de noviembre de 2020

Río Luján: firman convenios por 155 millones de dólares

El presidente realizó anuncios en el marco del Plan de Manejo Integral de la Cuenca. "Ha sido siempre un problema y los afectados siempre fueron los más humildes", expuso Alberto Fernández. Participó del acto el intendente Boto.

El presidente Alberto Fernández encabezó esta mañana la firma de contratos de préstamo y garantía para la puesta en marcha de la segunda etapa del Plan de Manejo Integral de la Cuenca del Río Luján. 

Tal como se informó oficialmente, el Plan de Manejo Integral de la Cuenca del Río Luján busca prevenir las crecidas, controlar los caudales y moderar el efecto de las inundaciones en esa zona, ubicada al noreste de la provincia de Buenos Aires.

El proyecto para la implementación del Plan de Manejo Integral de la Cuenca del Río Luján tendrá una inversión de 155,4 millones de dólares, y consiste en la realización de obras de infraestructura para prevenir las crecidas y controlar los caudales del río.

“Este crédito está destinado a mejorar la vida de la gente, y su único propósito es desarrollar infraestructura para mejorar esas vidas”, afirmó el mandatario desde el Salón de las Mujeres, donde estuvo acompañado por el gobernador de Buenos Aires, Axel Kicillof; el ministro del Interior, Eduardo de Pedro; y el representante de la CAF en Argentina, Santiago Rojas.

El jefe de Estado indicó que el préstamo de la CAF “es altamente ventajoso por su taza razonable porque podemos asumir el compromiso”, al tiempo que explicó: “La cuenca del Río Luján ha sido siempre un problema y los afectados siempre fueron los más humildes, las más empobrecidos y necesitados, que vivían allí porque no tenían otra oportunidad”.

En ese sentido, recordó que el crédito deEl organismo ya había sido otorgado durante el Gobierno anterior, que no siguió con el proyecto por lo que “uno se da cuenta de lo inexplicable y de cuáles fueron las urgencias durante los últimos cuatro años en la Argentina”, dijo, y reflexionó: “Con todo para hacer, nada hicieron”.

Acompañaron al mandatario durante la firma el subsecretario de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo, Christian Asinelli; y los intendentes de Luján, Leonardo Boto; Mercedes, Juan Ignacio Ustarroz; Pilar, Federico de Achával; y Suipacha, Alejandro Federico.

En tanto, el gobernador bonaerense afirmó que “la firma de estos convenios es un acto de mucha importancia porque estamos hablando de una cuenca que presentó muchísimos perjuicios sobre pueblos, localidades y sobre la producción que se encontraba allí”.

El proyecto para la implementación del Plan de Manejo Integral de la Cuenca del Río Luján tiene un plazo de ejecución de cuatro años, y consiste en la realización de obras de infraestructura para prevenir las crecidas y controlar los caudales del río Luján en los municipios de Chacabuco, Luján, Mercedes, San Andrés de Giles y Suipacha.

El desarrollo beneficiará directamente a 154 mil habitantes, e indirectamente a 2,65 millones de personas que residen en los demás municipios de la cuenca (Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, José C. Paz, General Rodríguez, Malvinas Argentinas, Moreno, Pilar, San Fernando y Tigre).    

Tendrá una inversión de 155,4 millones de dólares, de los cuales 120 millones serán aportados por el organismo multilateral de crédito, y 35,4 millones por la Provincia.

 

V . Viejas advertencias a la CAF

Ver a seguido de estos textos introductorios la Carta Documento hoy mismo girada al Procurador General Julio M. Conte Grand con motivo de las payasadas del "Congreso Internacional" celebrado en Luján este 27/3/2019.

Ver causa  FSM 54294  en el JCF Nº1 de San Isidro referida puntualmente a este canal Santa María

 

V. A . Robos y rellenos aberrantes 

que se regalaron en "deliveries" municipales, a pesar de alertados.

¿Dialogando con siervos del papel pintado y el ojo mecánico resolverán algo? El 99% del tiempo este canal Sta María es conducto de entrada de las aguas del Paraná de las Palmas. Y no solo por el freático, sino por el Pampeano tras haber destruído el acuicludo Querandinense en oportunidad de su obranza.

Así el "abismo de Newton" seguirá ebrio y festejando todas estas torpezas del ojo mecánico. Estimados Siervos, empiecen a hacer cálculos para ver de tapar este bendito canal y los aledaños hacia el NO. Ver imágenes que siguen a esta primera. El Cielo se los agradecerá. FJA 25/2/19 . 

En recuerdo de la Arq. Miriam Emilianovich, que siendo Directora de Planeamiento del Municipio del Pilar fue obligada a renunciar por el intendente Zúccaro, por no avalar con su firma los crímenes hidrológicos e hidrogeológicos del proyecto del barrio San Sebastián en Zelaya. Ver  https://www.youtube.com/watch?v=pekDR_PqByE

 

a la Corporación Andina Financiera y

a la Agencia Francesa para el Desarrollo

Anticipos sobre el congreso a realizarse en Luján el 27/3/2019

Cabe comenzar a poner orden en las cuestiones a mirar y para ello recordar el que surge de los 4 enunciados del par 2º, art 6º de la ley Gral del Ambiente, que define lo que es un presupuesto mínimo.

El 1º de esos enunciados no habla del ambiente, ni de los recursos naturales, ni de sus siempre declamadas sustentabilidades. Ni siquiera habla de las inundaciones. Solo apunta al equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos. En este caso las hidroesferas en llanuras, donde no cuenta la energía gravitacional, ni la mecánica de fluidos, ni la ciencia hidráulica, ni la defensa de las flores y los patitos. Solo los esteros, los bañados y las sangrías menores y mayores.

Y en el caso de este río Luján: los problemas mayores que se descubren en sus brazos interdeltarios y en la planicie intermareal que concluye en el estuario; o mejor dicho, que hoy concluye en un tapón urbanístico y geológico inefables.

Ya he denunciado durante 19 años en sede penal los crímenes hidrológicos y desde hace 14 los hidrogeológicos hasta sumar más de 18 millones de caracteres (9.000 págs). Subidos a la web más de 30 millones (15.000 págs).

Hoy aprecio enfocar los problemas de las dinámicas presentes en la planicie intermareal, que en el 99,5 % de los casos son aguas que vienen del sistema paranaense, incluídas las del río Uruguay. Y que por carecer de sangrías apropiadas no encuentran otra vía que los mantos freáticos y los del Pampeano.

Recuerdo que el cauce del río Luján desde el canal Arias en adelante está ocupado en más de un 95% por aguas de efluentes del Paraná de las Palmas y reintegros mareales

Ninguno de los tributarios urbanos del Oeste alcanza a sacar por superficie más de 1% de sus caudales ordinarios al estuario.

Por ello resulta una fantasía la tarea del COMILÚ y la DIPSOH y sus catecismos newtonianos. Incluyo al COMIREC que se ha ocupado durante un cuarto de siglo de cementar el esperpéntico sarcófago tutankamónico que llaman Aliviador. Todo en nombre de los “inundados”.

Si los inundados tienen urgencia, que formen fila respetando el orden de los 4 enunciados. Pues si la DIPSPH y la AdA no entienden cómo se dinamizan los caudales ordinarios, cualquier extropolación matemática que hagan de los extraordinarios conformará atropellos que acabarán con los ordinarios; tal el caso de rectificar, altear y cementar las riberas, dejando al buey solar que mueve las aguas sin alimentos.

En el caso de la planicie intermareal vienen ahora a tallar más aberraciones que las obradas hace más de medio siglo con el canal Santa María, Surubí, Tajiber y y una multiplicidad de más pequeños sin nombre al servicio de regar forestaciones; aún cuando el 1º de los nombrados sostenía la fantasía de sacar las aguas del Luján al Paraná de las Palmas.

Y en este “ahora aspiran a más aberraciones” ya tenemos a Parques Nacionales acreditando el valor de unos Ciervos del pantano, cuya defensa justifica ver a sus directores firmando avales para construir un barrio de chacras apoyados en un nuevo canal paralelo al Sta María, que se ocupará de meter más agua a estos mantos super anegados de la planicie intermareal que así hará felices a los ciervos el pantano y a los siervos de los negocios criminales que alimentan las fantasías de la DIPSOH, de la AdA, del OPDS, del municipio de Campana, del COMILÚ, de la CAF y ahora de la AFD, para seguir bloqueando toda alternativa de remediar estas aberraciones obradas por la mano del hombre desde hace más de 50 años.

A la CAF le hube subido a su Comité de Ética 3 denuncias puntuales sobre su ayuda a ensanchar el Santa María, sin nunca ecibir respuesta alguna. Ver porhttp://www.hidroensc.com.ar/incorte198.html

Por eso vengo hoy a este congreso para entregarlo en mano. También aprovecho para hacerlo también en mano con los agentes de la AFD antes de hacerlo en forma directa a la sede parisina, dado que por teléfono no hay forma de comunicarse para obtener un vínculo directo con sus directoras para localizar el canal de las denuncias formales.

Pero reitero a ambas CAF y AFD: que el canal Sta María es una aberración obrada en 1966 con la idea de paliar el desvío y encierro que cargara el Arq Estanislao Kokourek a esta cuenca al obrar su CNE-CUBE.

Ver crímenes por http://www.delriolujan.com.ar/crimenes.html

Hoy mismo, ningún estudio químico y piezométrico revelan el origen y direcciones de las aguas que por allí se mueven.

Si quieren sanear este panorama de aberraciones y mentiras interminables empiecen por depositar una limosna que acredite el valor de estas obras, las viejas y las proyectadas.

Francisco Javier de Amorrortu, 21 de Marzo del 2019

 

Ver causa FSM 54294 en el JCF Nº1 de San Isidro

referida puntualmente a este canal Santa María

Cartas documento a Vidal y Conte Grand

Ver por cartas Doc 5ª y 8ª dirigidas a Ma Eugenia Vidal las denuncias de este canal Sta María:  http://www.hidroensc.com.ar/cartadocvidal.html

Ver cartas doc 1ª, 2ª y 5ª dirigidas al Procurador Gneral Conte Grand sobre este canal.  http://www.hidroensc.com.ar/cartadoccontegrand.html

Mucho más graves contextos

¿Cómo asimilar la mecánica de fluidos con la termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados? ¿Cómo asimilar que no hay pendientes, al tiempo de advertir al sol en condiciones de cubrir con creces el desengaño milenario de las sobreestimadas energías gravitacionales?

El Paraná en sus 2100 Kms reconoce 5 cm/Km de pendiente promedio. Al llegar a Rosario esa pendiente disminuye a tan solo 1,5 cm/Km. Pero al llegar a Atucha ya disminuye a tan solo 4mm/Km, para terminar sacandoun caudal promedio de aprox. 13.000 m3/s a 1,3 nudos/hora.

En tanto el Amazonas en 6700 Kms reconoce pendiente de tan solo 2,8 cm/Km. Al llegar a Manaos a 900 Kms de su salida esa pendiente disminuye a 5 mm/Km. Y a 400 Kms tan solo 2mm/Km. ¿Cómo hace con la mitad de pendiente del Paraná para sacar 140.000 m3/s a 4 nudos/hora?

La pregunta parece encontrar respuesta en las 850 calorías diarias que acopia cada cm2 de suelo en Manaos. Si estimamos la superficie de los esteros aledaños la energía acumulada y transferida se acerca al 50% de la consumida por los EEUU.

Por ello, la que no parece encontrar respuesta es preguntar cómo hicieron los mecanicistas newtonianos para seguir fabulando hasta hoy energías gravitacionales, que al menos en flujos ordinarios de cursos de llanura no se manifiestan sino en los imaginarios catecuménicos.

 

V . B . Carta Doc Nº 929920605 Al Procurador General

Del Viso, 27 de Marzo del 2019. Sr. Procurador General Dr. Julio M. Conte Grand, vuelvo a denunciar las mismas payasadas administrativas denunciadas en la carta 1ª Carta Doc Nº 92388773 9 del 18/9/2018 a Ud enviada y recepcionada por nota 66395 y girada a la Sec. de Política Criminal, copiando la misma denuncia que a la Sra Gobernadora Vidal, del trío Rastelli, Mugetti y Neschuk de la DIPSOH, Agustín Sanchez Sorondo de la AdA y hoy al frente de la DPOUyT a pesar de sus lazos directos con EIDICO. EMDICO una de las 2 empresas más criminales de esta cuenca, (cambiaron a Dante Galeazzi, yerno de E. Costantini por este otro de 32 años que nada conoce de estos temas); del COMILÚ invento de los diputados Wado de Pedro y Alberto España, titular del fundido Molino Cañuelas denunciado por causa I 73748 en SCJPBA y del OPDS que no cesa de licuar y transferir sus responsabilidades por Anexo II, Punto 1º, incs 7 y 8, reiterados en la Res 29/09 del mismo OPDS, para que cualquier irresponsable desvergonzado se haga cargo de ellas.

Ese trío que menciono en primer término insiste en organizar "congresos", que lejos de respetar las normas y alcances del debido proceso que señala la ley 25675, se da a disfrazarlos de auténticos y para ello en esta oportunidad organizó este 27/3/2019 un “congreso internacional” en el museo de Bellas Artes de Luján con el soporte de dos instituciones financieras que parecen disfrutar de estos entongues: la CAF y la AFD.

A la Corporación Andina de Fomento ya le hube el 20/7/2016 girado por triplicado a su Comité de Ética la denuncia sin ninguna respuesta, de este mismo aberrante proyecto del canal Sta María, cuyos alcances hidrológicos criminales cabe por  http://www.delriolujan.com.ar/canalsantamaria5.html apreciar.

A la Agencia Francesa para el Desarrollo fue inútil tratar de conectarla, a pesar de escribir a la sede parisina pidiendo ayuda, nadie respondió. Por eso hoy fui a este congreso a entregar en mano estas advertencias a estos corresponsables, que si pecan de ingenuos se pasan de la raya.

Toda la mañana fue consumida por las exposiciones de extraterrestres con títulos e informes de otro planeta, tal el caso de la Física Beata Frank de Blumenau, que nos vino a ilustrar sobre un río Ijaití que nace en cota 600 mts y por lo tanto le caben aprecios “hidráulicos”.

Pero en planicies como las del Luján con cota 4 m en Zelaya y pendientes de 7,5 mm/Km hasta la ruta 9 y de allí 4 mm/Km hasta el estuario, nada de los catecismos newtonianos sirve para confrontar lo que cabe mirar por termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados.

Por eso no me costó ningún trabajo en Septiembre del 2013 y Marzo del 2014 voltear los dos tramos del préstamo del BID por un total de $US 1360 millones que Scioli había logrado gestionar con evaluaciones truchas que regalaba el propio banco.

La denuncia en Washington fue atendida de inmediato tras dos comunicaciones con la Dra Victoria Aurora Márquez Mees que bien conoce mis trabajos alrededor de las dinámicas ordinarias de los cuerpos de agua de planicies extremas, que por el 1º de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675, definiendo lo que es un “presupuesto mínimo”, guarda prelación sobre todos los discursos de “gobernanzas” y sustentabilidad de los recursos que hasta la propia ONU proclama, poniendo así al buey atrás de la carreta ambiental.

En este caso, ese buey está muerto, pues no saca por la superficie al estuario ni el 1% de sus caudales ordinarios. Todo marcha por los mantos freáticos y del Pampeano en un área de la planicie intermareal de aprox 45.000 Km2 que ya aparece saturada de agua por todos los tajos que han obrado en el albardón del Paraná de las Palmas en los últimos53 años y a los cuales ahora le quieren sumar el ensanche “trans” de un Sta María que presumen hacer funcionar como efluente al Paraná, cuando de hecho este les inyecta por el acuicludo Querandinense destrozado por la obranza previa, toda el agua que dicen querer por allí mismo sacar. Una patraña de mecanicistas ciegos, que en adición se dedican a hacer teatro.

Hoy mismo a seguido del mediodía darían sus conferencias el joven de 32 años experto en cualquier cosa, testaferro de EIDICO-EMDICO hoy al frente de la DPOUyT. Antes las habían dado Santiago Rojas de la CAF, Juan Carlos Bertoni de la Prov de Santa Fe, Sergio Mazzuchelli de la ACUMAR y Guillermo Macchi a cargo de las alertas del río Salado. Ver este video:https://www.youtube.com/watch?v=B1wUGoxBruM

Todos con sus discursos almibarados y ninguno arrimando precisión alguna a esta cuenca y mucho menos, al primer enunciado del par 2º, art 6º, ley 25675, que señala cuál es el orden a mirar para no seguir llenando de extraterrestres que derramando babas en estos procesos legales nada concreto -amén de hacer negocios-, aprecian respetar.

Cuando a las 11,30 terminaron sus monólogos se abrió un espacio para acercar preguntas escritas. Les alcancé una que no sumaba más de 20 palabras. Como no la consideraron fui al frente y lo menos que les dije y les repetí en la cara fue: “farsantes”.

Así quedó bien claro que eso no era una audiencia pública en el marco de la ley 25675, ni que estos proyectos hayan tenido EIAs o evaluaciones o DIAs válidas en los últimos 5 años y que el dichoso plan maestro del río Luján PMRL manoseado por la DIPSOH como le dio la gana, conoce su causa I 74024 en SCJPBA desde hace 4 largos años.

Ruego Sr Procurador sumar estos antecedentes a las 6 cartas doc anteriores y advierta a la Sra Gobernadora sobre la inutilidad aberrante de esta obra que se proponen licitar en el mes de Mayo.

Si insisten en ella, antes cumplan con el debido proceso y dejen de lado las payasadas “internacionales” y los PMRL que son parte de aún más viejas payasadas. Ver causa I 71743 en SCJPBA sobre la Res 495/11.

Celebro toda la tarea que viene forjando para ayudar a una Gobernadora que está crucificada. Atte le saluda, Francisco Javier de Amorrortu

 

V . C . http://www.delriolujan.com.ar/canalsantamaria6.html

Ver causa  FSM 54294  en el JCF Nº1 de San Isidro

Después de 33 meses de acercados por formulario oficial a la oficina de transparencia de la CAF los soportes documentales girados el 20/7/2016 al Comité de Ética de la Corporación Andina de Fomento que financia la obra del canal Sta María me llega hoy,9/4/2019 esta respuesta con motivo de la presión ejercida en la 7ª carta documento girada el 27/3 /2019 al Procurador Conte Grand. Ver por  http://www.hidroensc.com.ar/cartadoccontegrand.html

Solo falta la firma de Virgilio para probar que no son mentirosos

Estimado Sr. Amorrortu,

Luego de haber revisado el contenido de su planteamiento y por no tratarse de las materias a ser atendidas por el Comité de Transparencia, le sugerimos acudir a los Mecanismos de Atención de Reclamos y Resolución de Conflictos (MARRC), según lo descrito en el siguiente vínculo: https://www.caf.com/es/sobre-caf/que-hacemos/acceso-a-la-informacion/proyectos-caf-gef/#itemproyectos-caf---green-climate-fund

Saludos cordiales,

Secretaría Comité de Transparencia
Tel. +58 (212) 209-2395 www.caf.com

Correo electrónico: cdeetica@caf.com

Correo electrónico: transparencia@caf.com

 

Ver causa FSM 54294 en el JCF Nº1 de San Isidro

De su propuesta de salida del Luján por el canal Sta María

https://www.caf.com/media/5063025/IAS%20%20Lujan%20_ARG_MM_

JA%20%20V.1.2.pdf

https://www.caf.com/media/7571062/ESMF%20Outline_PBA_Version

%20Final%20VFF%204-8-17%20Spanish%2030-8-17.pdf

Ninguno de estos documentos reconocen el debido proceso ambiental que marca la ley 25675

caf.com / sobre caf / qué hacemos / comité de transparencia

comité de transparencia

CAF se propone diversificar y ampliar sus esfuerzos para detectar y combatir el fraude y la corrupción.  Con esta motivación CAF ha creado el Comité de Transparencia, el cual actúa como un órgano independiente. Este comité tiene como propósito detectar, prevenir, investigar y combatir el fraude, corrupción, colusión, coerción y obstrucción vinculados con los financiamientos en los que CAF participa o con sus operaciones financieras,  así como la eventual participación de personal y proveedores de servicios de la institución en las mencionadas actividades. 

El Manual de Transparencia de CAF contiene los principios generales, además de los procedimientos a seguir, para llevar a cabo investigaciones, así como las sanciones a ser impuestas a personas, entidades o empresas, que incurran en conducta fraudulenta y corrupta. 

Este esquema operará en todos los casos en que se reciban denuncias de conducta impropia vinculada con los financiamientos en los que CAF participa o con sus operaciones financieras, o en aquellos en que el comportamiento pueda catalogarse como corrupción o fraude, sea que se haya materializado por parte de personal interno o entidades e individuos externos. 

Para solicitar información, enviar denuncias o reportar actividades fraudulentas:
Correo electrónico:  transparencia@caf.com
Dirección: Av. Luis Roche, Torre CAF, Altamira, Caracas, República Bolivariana de Venezuela.
Enviar sobre cerrado dirigido al Secretario del Comité de Transparencia CAF
Teléfono: + 58 (212) 209-2395.

Ver causa FSM 54294 en el JCF Nº1 de San Isidro

Denuncia girada al CAF

Referencia CAF:

Implementación del Plan de Manejo Integral de la Cuenca Río Luján. Etapa I Fecha de Aprobación Directorio: 18/ julio/ 2016
Costo total del programa: US$ 158,4 MM Aporte Local: US$ 58,4 MM Financiamiento: US$ 100,0 MM

Los resortes formales que disparan esta insistencia y ampliación de lo ya denunciado al Comité de Ética hace 17 meses vienen excitados por la Resolución 355/17 de la Administración de Parques Nacionales, publicada en el Boletín Oficial del 19 de septiembre de 2017, presentando un pretendido Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) correspondiente al Proyecto de Ampliación de la Capacidad del Canal Santa María (Río Luján), sin contenido alguno, resumido y concentrado en forma exclusiva en la trascendencia holística de la palabra “performance”, sin aportar reitero, estudio alguno del equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos aquí involucrados (enunc 1º, par 2º, art 6º, ley 25675), ni contar con la debida Audiencia Pública, apareciendo días más tarde evaluado por una inédita FEPAS - Ficha de Evaluación Preliminar Ambiental y Social, apuntada a viabilizar la concesión de las obras, según surge de la resolución 580-E publicada el 27/12/17 en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Infraestructura y Servicios Público, Roberto Gigante.

Este ministro asume y publica una evaluación “preliminar” para concretar la adjudicación de las obras de este ensanche del canal, sin contar con el debido proceso ambiental, con EIAs vacíos de contenido otros que los innombrables del PMRL impugnados en forma expresa en la causa I 74024 en SCJPBA -que es de estimar por tal motivo fueron a buscar el insólito soporte de la Resolución 355/17de la Administración de Parques Nacionales-, sin el más elemental soporte de EEEPH – Estudios de Ecología de Ecosistemas Hídricos en Planicies; exigencia correlativa al enunciado 1º del par 2º, del art 6º de la ley Gral del Ambiente; recurso elemental que les permitiría advertir que este inútil canal no resolverá sus pretensiones serviciales ni llevando su ensanche a 1000 metros. Ver http://www.delriolujan.com.ar/canalsantamaria3.html

Así entonces, la inédita FEPAS -sin correlato legal alguno- y su expresión “preliminar”, conforman una vulgar válvula de escape para la eventualidad que se le denuncie por haber esquivado de acercar contenidos concretos y específicos a los EIA, por haber esquivado el debido proceso de la audiencia pública y por haber anticipado una Evaluación sin haber respondido a las observaciones apuntadas en la audiencia pública (art 9º, ley 13569).

Una vez cumplidas estas etapas del debido proceso, recién entonces cabe la Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA) que da lugar a licitar las obras.

Independientemente de que los EIA (Estudios de Impacto Ambiental firmados por Parques Nacionales sean una soberana vergüenza resumida en la palabra “perfomance” que en nada contempla los EEEHP (Estudios de ecosistemas hídricos en planicies . enunciado 1º del par 2º, art 6º, ley 25675), aquí han adjudicado esta obra que financiará la CAF sin el debido proceso, conformando así el segundo de los motivos que carga esta denuncia.

El primero es la desvergüenza del proyecto denunciado al Comité de Ética el 20/7/2016 -que la CAF aprecia no querer darse cuenta-, surgido de un PMRL cargado de mentiras y falsedades, que de ellas da cuenta la I 74024 en SCJPBA visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html  /181.html . /182.html . /183.html . /184.html . conformando los soportes de criterio que acreditan la seriedad de estas expresiones.

Merced a  http://www.delriolujan.com.ar/canalsantemaria2.html  a cuyos contenidos solicito remitan los aprecios que completan estas introductorias expresiones, que cuentan con no menos de un millón de caracteres, no menos de diez horas de videos subidos a youtube y vimeo (las mentiras y falsedades del PMRL aparecen en los alf25, alf26, alf26bis, alf27, alf28, alf28bis, alf29 y alf30) y decenas de documentos que aparecen listados en este hipertexto arriba señalado.

Entre ellos se reconocen 3 vuelos a baja altura en oportunidad de sufrir estas áreas grandes anegamientos y allí se verifica la inutilidad de este canal que solo favorece a grandes mercaderes de suelos, que tras haber cometido los más aberrantes crímenes hidrológicos e hidrogeológicos en esta planicie intermareal, tanta desvergüenza cargan que sus testaferros hoy encabezan direcciones como la del Ordenamiento Urbano y Territorial y Autoridad del Agua en las figuras de Dante Galeazzi y Agustín Sánchez Sorondo.

Ver sobre este tema las 7 cartas documento con 30.000 caracteres enviadas a la Gobernadora Ma. Eugenia Vidal denunciándole estas groseras violaciones a la ley de Etica Pública por parte de su Ministro de Infraestructura, que por no haber recibido hasta el presente la más mínima respuesta me la hacen aparecer a Ella –más allá de sus éxitos electorales, corresponsable de estas desvergüenzas Ver http://delriolujan.com.ar/cartadocvidal.html

Por ello repetir 100 veces la palabra desvergüenza no conforma exageración alguna. Con estos exitismos y bases culturales nada debería sorprendernos.

Antecedentes de denuncias comparables -en este caso formalizadas ante el BID-, lograrán ser verificadas por la Dra Victoria Aurora Márquez Mees, a cargo del MICI (Mecanismo Inependiente de Consulta e Investigación), en Washington, cuyo mail aquí acerco:  VMARQUEZ@iadb.org

Por  http://www.muertesdelaliviador.com.ar/bid2.html  acerco información de esa denuncia en el 2013/2014 que le significó al gobierno provincial ver caer dos tramos de US$ 680 millones (1360) en Sept 2013 y Marzo 2014.

Ver esta saga: /bid5.html; /bid6.html; /bid7.html; /bid8.html; /bid10.html; /bid11.html; /bid12.html; /bid13.html; /bid14.html .Ver video de 43 minutos sobre energías convectivas y el fraude de la evaluación del BID por  https://www.youtube.com/watch?v=AwymMEvIuSs

Hago pública esta denuncia involucrando expresamente a la Corporación Andina de Fomento por la denuncia girada hace 17 meses al Comité de Ética, cuyo silencio no comprendo.

Si el día de mañana un fallo judicial confirmara estas denuncias que aquí extiendo y reitero a través de la oficina de Transparencia por formulario especial de denuncia FR-165, nada debería sorprenderles que la devolución de estos créditos quede involucrada.Atte, les saluda, Francisco Javier de Amorrortu, 2/1/2018

Al no obtener respuesta volví a enviar la misma denuncia el día 10/1/2018

Esta denuncia fue girada por  Carta doc 821755012  del 2/1/18 a Ma. Eugenia Vidal 

Sin embargo, 33 meses pasaron para probar que siguen pedaleando promesas sin mostrar vergüenza

A la oficina de Transparencia de la Corporación Andina de Fomento

La desvergüenza de las aplicaciones del crédito otorgado a la Provincia de Buenos Aires en materia “aguas” y refiero en especial a la obra de ensanche del inútil canal Santa María cuyas decisiones se desprendieran del Plan Maestro del Río Luján, cuya entidad y falsedades aparecen denunciadas en la causa 74024 en la SCJPBA, visible ésta por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html  /181.html . /182.html . /183.html . /184.html . conforman los soportes de criterio que acreditan estas desvergüenzas, de las que la CAF parece no querer darse cuenta, a pesar de haberle girado el 20/7/2016 a Vuestro Comité de Ética un puntual anticipo de todas las falsedades que surgen del desvergonzado “Plan maestro”.

La lectura de http://www.delriolujan.com.ar/canalsantemaria2.html  permitirán valorar la entidad de esta denuncia, cuyo historial no cabe mentar en estos ajustados formularios. El hecho de tener este PMRL su denuncia formalizada en la propia Suprema Corte acredita la seriedad de estas expresiones.

Antecedentes de denuncias comparables, en este caso formalizadas ante el BID, lograrán ser verificadas por la Dra Victoria Aurora Márquez Mees, a cargo del MICI (Mecanismo Inependiente de Consulta e Investigación), en Washington, cuyo mail aquí acerco:  VMARQUEZ@iadb.org

Por  http://www.delriolujan.com.ar/bid2.html  acerco información de esa denuncia en el 2013/2014 que le significó al gobierno provincial ver caer dos tramos de US$ 680 millones en Sept 2013 y Marzo 2014 (total US$ 1.360 millones)

Alertado por estas publicaciones :

Ampliación de la Capacidad del Canal Santa María (Río Luján)
Resolución 355/17 de la Administración de Parques Nacionales

Publicada en el Boletín Oficial: 19 de septiembre de 2017 (Roberto Brea, uno de los firmantes fue gerente de Ayres del Pilar y Pilará, glamorosos barrios cerrados. El último, plagado de crímenes hidrogeológicos bien visibles (hoy por CSJ 1532/2020) por http://www.delriolujan.com.ar/pilara13.html . Ver causa 71516 en SCJPBA sobre inconstitucionalidad de la Resolución 234/10 de AdA)

FICHA DE EVALUACIÓN PRELIMINAR AMBIENTAL Y SOCIAL (FEPAS) referida a las obras, según la resolución 580-E publicada hoy en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Infraestructura y Servicios Público, Roberto Gigante, que fueron otorgadas mediante una licitación internacional a la empresa Pentamar S.A.- Saba Visa S.A. – Canal Santa María–UT, la que tendrá un plazo de ejecución 1.290 días corridos para desarrollar las tareas. La "performance hidráulica" de este proyecto, en cuanto a capacidad de alivio de las crecidas del río Luján, es similar a la propuesta en el Plan Maestro del Luján, que proponía una ampliación uniforme a 80 m de ancho del Canal Santa María.

Ver causa FSM 54294 en el JCF Nº1 de San Isidro

Hoy, sin el inevitable proceso ambiental se dan al glamour de la voz  "performance"para velar la inútil estupidez de esta obra

Como si las burradas criminales no hubieran sido suficientes en estos últimos 60 años, ahora les cambiamos los nombres a engendros estúpidos como el inútil canal Santa María para hacer creer a cualquiera de sus ingenuos clientes que las aguas del Luján ya no amenazan sus ranchos de lujo, pues ahora gracias a estos santos esas aguas irán para el NE.

Acercaremos a Bergoglio las noticias del carisma bautismal del sobrino de su vocero en la vicepresidencia de la AdA para que vea cómo florecen las vocaciones de estos santos que velan por los esteros.

¿Habrá una muestra de imaginación más estúpida que ésta? Sra Gobernadora. ¿no le están tomando el pelo? Cambió a Silvosa por un Gigante. No le parece un poco exagerado para de seguido ver tantas estupideces? Dígame por favor dónde le tengo que tocar el timbre para que atienda estas advertencias que superan lo desopilante. ¿Estarían equivocadas las direcciones de las 4 cartas documento con 15.000 caracteres llamando la atención de la cara de cemento de estos santos colaboradores? ¿Qué memoria conserva Ud de la Ley de Etica Pública? ¿Qué antecedentes, qué mochila de eficiencias cargan sus ministros en temas tan específicos?

¿Cuántos Aliviadores del Reconquista quieren generar nuestros genios de la DIPSOH? ¿Ud cree que son tan estúpidos como para creerse que ésto sirve para otra cosa que no sea ganar tiempo para que nuestros queridos mercachifles sigan cometiendo sus crímenes hidrológicos e hidrogeológicos y sin la menor duda, batiendo récords?

Le reitero, ¿cree Ud que Rastelli y sus amigos son tan estúpidos? En verdad no comprendo cómo se bancan a estos pibes y a sus santos atropellos, pero de todos modos le permite ver la paciencia que ssostienen para bancarse a estos genios de los grandes negocios y glamorosos marketings. ¿Le parecería justo llamarlos cobardes? Les falta poco para jubilarse y no quieren arruinar sus Vidas.

¿Por qué no hace como Patricia Bullrich y crea una división que dependa directamente de Ud y reciba este tipo de denuncias sin filtros intermedios?

Pregúntele a Patricia cómo organizó esa división que le permite obrar con firmeza y apropiada transparencia. ¿Cree Ud que hay en toda la provincia un funcionario de esta república que dirija una área tan crítica con mayor eficiencia? Le reitero, pregúntele a Patricia.

El Capital de Gracias y el Karma que amasan estos jóvenes y sus padrinos no tienen en el cielo competencia. Pero ¿qué culpa tienen los ríos?

Actuaciones judiciales recientes referidas al Plan Maestro Río Luján y Río Reconquista

Causa 71743 en SCJPBA c/MINFRA s/RES 495/11 Plan Maestro del Río Luján  http://www.hidroensc.com.ar/incorte34.html /incorte35.html y revocatoria por /incorte58.html, reiterada luego por causa 74024

Causa 72832 en SCJPBA . COMIREC . Inconstitucionalidad del programa de Saneamiento Ambiental de la cuenca del río Reconquista ordenado por decreto 3002/2006  http://www.hidroensc.com.ar/incorte122.html/incorte123.html . /incorte132.html

Causa 73114 en SCJPBA, Ley 12653 y Decreto 3002/06, Demanda de inconstitucionalidad del Plan de saneamiento del Reconquista http://www.hidroensc.com.ar/incorte138.html  /incorte139.html . /incorte140.html . /incorte146.html .

Causa 74024 en SCJPBA . http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html /181.html . /182.html . /183.html . /184.html . inconstitucionalidad del Plan Maestro Río Luján

http://www.hidroensc.com.ar/incorte198.html  al comite de etica del CAF

http://www.hidroensc.com.ar/incorte200.html  JFC Campana

http://www.hidroensc.com.ar/incorte201.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte202.html  fsm 38000 JCF SI

http://www.hidroensc.com.ar/incorte203.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte204.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte205.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte206.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte207.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte208.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte209.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte210.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte211.html  cartas doc 25/12/15 Vidal

http://www.hidroensc.com.ar/incorte212.html  crím hidrogeológicos 56398

http://www.hidroensc.com.ar/incorte213.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte214.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte215.html  idem

http://www.hidroensc.com.ar/incorte216.html  cartas doc CFSM Rudi

“Y los ríos perderán sus aguas, y la fructuosa tierra no podrá impulsar desde sí ningún renuevo"... por desconexión entre las riberas solares y las aguas, ahora alteadas, cuando no cementadas  LDV-AMV 1452-1958

Pero estos jóvenes son tan genios que ni siquiera se conforman con hacer ataúdes. Los apuntan a cualquier lado y ni miran si el agua en lugar de salir entra. Volé 3 veces en el 2015 esa estúpida canalización con un avioncito de 70 años a 50 m de altura y con la puerta abierta para verlo con limpieza. 100 Km2 de anegamiento en inmediata cercanía y nada se movía en ese estúpido sarcófago.  Vea el html anterior. ¿por qué no mira los encierros que generan los afloramientos precámbricos en el eje de Martín Chico a Zárate y advierte la presión inevitable y creciente que mete el Paraná sobre sus vecinos al Noreste y al Sudoeste? Ni aunque lo ensanchen a 1000 m resolverán el problema. Por el contrario, anegarán todo lo ya robado a la cuenca. Amén de mentiroso, es suicida seguir con estos infantilismos ciegos.

Cómo pretenden estos genios que esta obra de ensanche sirva para otra cosa que para ganar 4 años de tiempo para seguir adelante con sus crímenes?

¿Tiene Ud la más remota idea de la escala de remediaciones que reclama esta cuenca del Luján en sus últimos 20 Kms? Vea unos ajustados anticipos por  http://www.delriolujan.com.ar/ensanche2.html . Y si aprecia ayudar a que en el Reconquista no sigan tirando manteca al techo, mire por este otro html:  http://www.delriolujan.com.ar/martindelaisla.html

Hoy, remediar es la 1ª gran oportunidad de crear un urbanismo inédito. Y no exagero. Si estos santos vieran más allá de la punta de sus narices se zambullirián en ellas y se sacarían los ojos por tener un metro de esas nuevas tierras. Sacarse los ojos no es problema. Hace décadas que están ciegos.

Apuntando aguas arriba del canal Arias tiene Ud estos videos

Del congreso en Maschwitz del 12/12/ 2015: Alf 22

https://www.youtube.com/watch?v=O-oJuAFFJMU

De cajas mecánica y termodinámica: Alf 23

https://www.youtube.com/watch?v=iVHq0Ia_o2o

Del río Uruguay: Alf 24

https://www.youtube.com/watch?v=cXwdT6_x664

Primeras observaciones al Plan Maestro del río Luján : Alf 25

https://www.youtube.com/watch?v=hS-jnKWodaY

Segundas observaciones al Plan Maestro del río Luján: Alf 26

https://www.youtube.com/watch?v=u80Gj7ahgC8

Complemento a las segundas observaciones del PMRL: Alf 26bis

https://www.youtube.com/watch?v=7pDFkANjuaY

Terceras Observaciones al PMRL y a la causa 74024: Alf 27

https://www.youtube.com/watch?v=brvsWKsXfVg

Cuartas Observaciones al PMRL (Gráficos): Alf 28

https://www.youtube.com/watch?v=g8DDenL8QdA

Suplemento a las cuartas observaciones al PMRL (Gráficos): Alf 28bis

https://www.youtube.com/watch?v=9-Kf4Z1QZw4

Soportes documentales a la causa 74024 en SCBA: Alf 29

https://www.youtube.com/watch?v=YeD4OcX-YR0

De las reposiciones y remediaciones ausentes en el PMRL: Alf 30

https://www.youtube.com/watch?v=OTmSNSwh-Hk

Líneas de ribera; lazos ecológicos, rural y urbanos, ley de humedales: Al 31

https://www.youtube.com/watch?v=vRW--5sNEmg

Al dictamen del Fiscal Dominguez sobre barrios polderizados: Alf 32

https://www.youtube.com/watch?v=ACiheRi7EGY

De las fuentes del conocimiento. Del alma: Alf 33

https://www.youtube.com/watch?v=NijNe5ne-uE

De las remediaciones en el tramo 3º: Alf 34

https://www.youtube.com/watch?v=GdZQe5Wuf7I

De los ocultamientos y corresponsabilidades criminales municipales: Alf 35

https://www.youtube.com/watch?v=LzaJ-Wvc9zg

De las remediaciones en el tramo 4º: Alf 37

https://www.youtube.com/watch?v=LENaurM5NwU

Del encuentro en la UTN de Pacheco. Del ensanche del Luján: Alf 38

https://www.youtube.com/watch?v=T8Hc-d1n6wQ

El mensaje de los sueños sobre los humedales: Alf 39

https://www.youtube.com/watch?v=ZmhZdhj9LVw

Bergman sabe de los humedales urbanos: Alf 40

https://www.youtube.com/watch?v=kAoWlZW3L1U

Vicios académicos responsables de todos los crímenes hidrológicos: Alf 42

https://www.youtube.com/watch?v=kSOJDY95yXU

Observaciones y acciones en defensa de los ríos: Alf 43

https://www.youtube.com/watch?v=-sjYbNEmtKc

Por  http://www.paisajeprotegido.com.ar/videos.html  tiene Ud acceso a más de 130 videos que abren al tiempo, la memoria, el cambio y la conciencia de los movimientos de los desarrollos urbanos; y el agua, que sin ella no hay riqueza que valga.

No es que falte información y criterio. Sobra desvergüenza, cobardía e ignorancias extremas en ramas del conocimiento que no conforman ciencia, sino sus hermanas opuestas y complementarias.

En este caso: ecologías de ecosistemas hídricos en planicies extremas miradas desde termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados. Otorguen jubilación adelantada a los dilectos discípulos de Newton; que tal vez una vez jubilados y con alma de niños aprecien descender a estos abismos que tienen enfrente de sus narices y es fácil advertir por qué rechazan.

Todos estos soportes documentales fueron el 20/7/2016 girados al Comité de Ética de la Corporación Andina de Fomento que financia esta obra, presidida entonces por Prat Gay. Al parecer, son tan receptivos como sus asesorías legales:  cdeetica@caf.com y transparencia@caf.com

Francisco Javier de Amorrortu, 27/12/2017

Soportes de la anterior denuncia girada al Comité de Ética del CAF el 20/7/2016 por severa corrupción en el tratamiento y contenidos del Plan de Manejo Integral de la Cuenca del río Luján, que fuera ya en sus orígenes licitatorios por Res 71743 del MINFRA motivo de demanda de inconstitucionalidad por causa 71743 en SCJPBA en el 2011, visible su presentación por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte34.html  y vuelto nuevamente a impugnar por causa 74024 en Sept del 2015 en SCJPBA, visible su presentación por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte180.html

Ampliada su demanda por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte181.html

Nuevamente ampliada su demanda y visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte182.html

Por tercera vez ampliada su demanda y visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte183.html

Y acreditados sus desmadres técnico legales, tanto en la faz legislativa como administrativa, con correlatos públicos específicos visibles por http://www.hidroensc.com.ar/incorte183.html

Y observaciones puntuales críticas por carta documento 698306598 del 21/12/15 a la Gobernadora Ma. Eugenia Vidal y nota presentada en su Secretaría Privada el 28/12/2015 visibles ambas por http://www.delriolujan.com.ar/serman.html

 

Con adicionales observaciones al PMRL presentado por la consultora Serman despues de cinco años del inicio de estas felonías propias de mercaderes de suelos asociados a carpetbaggers instalados en todas las áreas de la política y a qué dudar, urdiendo el rumbo de las propuestas con los irresponsables de esta desvergonzada consultora, cuyas observaciones críticas y públicas, más allá de las judiciales, son visibles por:

Informe geológico:  http://www.delriolujan.com.ar/serman2.html

Antecedentes:  http://www.delriolujan.com.ar/serman3.html

Observaciones críticas:  http://www.delriolujan.com.ar/serman4.html

Más observaciones:  http://www.delriolujan.com.ar/serman5.html

Propuesta de remediaciones:  http://www.delriolujan.com.ar/serman6.html

Colofón al gran papelón:  http://www.delriolujan.com.ar/serman7.html 

 

Adicionales propuestas de remediaciones son visibles por:

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche2.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche3.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche4.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche5.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche6.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche7.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche8.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche9.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche10.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche11.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche12.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche13.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche14.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche15.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche16.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche17.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche18.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche19.html

http://www.delriolujan.com.ar/ensanche20.html

 

Las presentaciones por causa FSM 65812 en el Juzgado Federal en lo Criminal Nº 1 de San Isidro a cargo de la Jueza Sandra Arroyo Salgado son visibles por

http://www.hidroensc.com.ar/incorte154.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte155.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte156.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte157.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte173.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte188.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte189.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte190.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte191.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte192.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte193.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte194.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte194bis.html

 

Los aportes a la causa 9066 en el mismo juzgado:

http://www.hidroensc.com.ar/jf9066nota.html

http://www.hidroensc.com.ar/jf9066nota2.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte186.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte187.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte196.html

A todo ésto, el Subsecretario de Asuntos Hídricos de la Provincia de Buenos Aires y cabeza de la DIPSOH, el politólogo Rodrigo Silvosa al cual el Ministro Cenzón giraba las advertencias que le llegaban de la Secretaría Privada de la Gobernadora Vidal y al que por mi propio celo personal acercaba copia a su oficina, en dos oportunidades me dio fecha y hora de entrevista y en las dos oportunidades fueron a última hora sacadas de agenda.

Le propuse entonces por mail directo a su oficina verlo en cercanías de su vivienda en el barrio de Belgrano el día y a la hora que quisiera. Nunca me contestó .

Otro tanto hice con el Secretario de Medio Ambiente del Municipio de Pilar, el biólogo Javier Corcuera, que se ha dado a hacer de carpetbagger con el sugestivo lema de “Diálogos hídricos” con los principales generadores de estos crímenes hidrológicos e hidrogeológicos. Hace más de seis meses solicité entrevista a su secretaria privada Sabrina y a pesar de que el propio Intendente Ducoté le ordenó que me concediera esa entrevista, aún no he sido informado de su interés en escuchar fastidios a su propuesta política.

Este es el panorama que el Ministro Prat Gay a cargo de la presidencia del CAF y las autoridades que lo respaldan desde arriba, deben conocer para que no crean que todo ésto es una maravilla.

Estimo que cabe suponer lo contrario.

Atte., Francisco Javier de Amorrortu

Ver causa FSM 54294 en el JCF Nº1 de San Isidro

referida puntualmente al canal Santa María