Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 . 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 78543 . 651 . 652 . 653 . 654 . 655 . 656 . 657 . 658 . 659 . 660 . 661 . 662 . 663 . 664 . 665 . 666 . 667 . . 78544. 671 . 672 . 673 . 674 . 675 . 676 . 677 . 678 . 679 . . 78545 . 680 . 681 . 682 . 683 . 684 . 685 . . 78918 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . 284 . .. CAF25337 285 . 286 . 287 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . 307 . 308 . 309 . 310 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . Campana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . . CSJ 5258 . 412 . . CSJ 791/18 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . 435 - 436 . 437 . 438 . 439 . 440 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . . CSJ 936 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . 451 . 452 . 453 . 454 . 455 . 456 . 457 . 458 . 459 . . CSJ 1525 . 460 . 461 . 462 . 463 . 464 . 465 . 466 . 467 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . 472 . 473 . 474 . 475 . 476 . 477 . 478 . 479 . . CSJ 2605 . 485 . 486 . 487 . 488 . 489 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . . CSJ 2841 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 769/20. 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . 510 . 511 . 512 , 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 . 519 . . CSJ 770 . 520 . 521 . 522 . 523 . 524 . 525 . CSJ 794 . 530 . 531 . 532 . 533 . 534 . 535 . 536 . 537 . 538 , 539 . 540 . 541 . 542 . 543 . 544 . 545 . 546 . 547 . 548 . 549 . 550 . 551 , 552 . 553 . 554 . . CSJ 243 . 555 . 556 . 570 . 571 . 572 . . CSJ 1141. 573 . 574 . 575 . 576 . 577 . . CSJ 1406 . 580 . 581 . 582 . 583 . 584 . . CSJ 1532 conicet 585 . 586 . 587 . 588 . 589 . 590 . 591 . 592 . 593 . 594 . 595 . 596 . 597 . 598 . 599 . 600 . 601 . 602 . 603 . 604 . . CSJ 14/22 . 605 . 606 . 607 . 608 . 609 . 610 , . CSJ 1224/23 . 611 . 612 . 613 . 614 . 615 . .. CSJ 1460/23 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . CSJ 1985/23 . 626 . 627 . 628 . 629. 630 . . CSJ 504/505 apocalipsis . 1 . 2 . 3 . 4 . . 35889 patrimonios rurales 631 . 632 . 633 . 634 . 635 . 636 . 637 . 638 . 639 . 640 . 641 . 642 . 643 . 644 . 645 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . . CartaDoc Alvarez Rodriguez . . CartadocSaulquin 1 . 2 . .declaratoria . . declaratoria FGSI . . a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa . . sentencia . . huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata . . Puerto ampliación . . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . proyecto islas . . islas . . denuncia orlando . . Banco Mundial . . Hidrovia . Ramallo . . frigorio . . zanjon . . preguntas . . 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CSJ 1460/2023

I 78918/2023 en SCJPBA

realstatesSCJPBA.pdf . . . realstatesCSJN.pdf . . . realstatesTSJ.pdf

csj1460amplia.pdf

ver compendiados estos temas en asamblea.pdf

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1).- Los flujos ordinarios del río Matanzas murieron en Abril de 1786 al romperse la curva del cordón litoral de salida tributaria al estuario, por exceso de embarcaciones fondeadas en el seno del Riachuelo y recibir en directo y en sentido contrario las muy superiores energías mareales. Hoy las profundidades del puerto del Dock Sud completan con su fuerte disociación térmica el impedimento de salída de los flujos ordinarios del Matanzas.

Por más que el fallo de la CSJN dispusiera el PISA MR y la ley 26168/2006 dispusiera la creación de la ACUMAR y sus 2.000 funcionarios se dieran a mirar sus aguas y el crédito de Francia contribuyera a cementar y altear aún más sus riberas y el silencio del INA y el CONICET siguiera asistiendo los errores de criterio de la mecánica de fluidos que durante siglos habían conducido a canalizaciones, alteos, bermas y caminos de sirga con la consiguiente eliminación de las costas blandas y los bordes lábiles por donde se transfieren las energías solares a las sangrías mayores y menores, las únicas que dinamizan estos cuerpos de agua con pendientes de unos pocos milímetros por kilómetro y el fallo del Juez Federal Rodríguez reconociera la inutilidad del PISA MR tal como estaba planteado, todo sigue sumando más víctimas en estos 237 años, que ya superan con creces a las 300.000 ofrendadas en las guerras de la independencia.

Estos temas están planteados en las causas D 179/2010 y D 473/2012 en CSJN, 45090/2000 en el JCAyT Nº 30de CABA, 13070/2016 en el TSJ de CABA,, 30739/ 2017 en el CAF Nº6, sumada finalmente a la CSJ 791/2018 y CAF 21455 en el JCAF Nº12, sumada finalmente a la CSJ 791/2018 en CSJN

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ7912018demanda.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/incorte80.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte148.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte150.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte174.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte225.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte298.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte221.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte256.html 

Cuenca del rio Matanzas, superf 2.240 Km2, población 4.571.000 hab

La superficie de la propuesta AMBA Matanzas es de 2405 Km2

En el caso de la Cuenca Matanzas Riachuelo, el agua de las precipitaciones forma arroyos (entre los cuales se encuentran el Rodríguez, Morales, Chacón, Cañuelas, Aguirre, Ortega, Santa Catalina, La Paja y Del Rey) que confluyen en un curso principal Matanzas, en sus orígenes, y Riachuelo, en su tramo final. Este curso principal recorre 64 km en sentido SO-NE hasta llegar a su desembocadura y descargar (mentira) sus aguas en el Río de la Plata.

El Matanzas Riachuelo es un río de llanura con escasa pendiente. La Cuenca limita, al norte, con la cuenca del Río Reconquista y, al sur, con el sistema Samborombón-Salado. Abarca una superficie aproximada de 2047 km2 y está localizada al noreste de la provincia de Buenos Aire

Catorce municipios: Avellaneda,  Lanús Lomas de Zamora,  La Matanza Esteban Echeverría,  Ezeiza Cañuelas Almirante Brown Marcos Paz General Las Heras Merlo  y  San Vicente,  donde se estima que se genera el 30% del PBI de la Argentina.

2). Los flujos ordinarios del Reconquista murieron cuando cerraron su salida por el Tigre y el Reconquista y pretendieron que salieran por los 7,5 Kms que sumaba un Aliviador sin costas blandas y bordes lábiles y los flujos de un canal Arias que ponía frenos a su salida al Luján. Estas problemáticas y la propuesta de remediación están planteadas en la CSJ 769/2020.

Ver http://www.hidroensc.com.ar/csj769reconquista.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769hechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769expropia.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769segundohechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ769tecerhechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769cuartohechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769quintohechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj769respuestaprocuracion.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/frigorificodemanda769.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/incorte403.html

3).-  La superficie de la propuesta AMBA Luján es de 1637 Km2. La superficie de la Cuenca es de 3.401 Km2 (2.739 Km2) el río tiene una longitud aprox. de 128 km (158Km) hasta su desembocadura en el Río Paraná a través del Canal Santa María (verso de mercaderes de 1967)

Nace de la unión de los arroyos El Durazno y Los Leones, en el partido de Suipacha, recorriendo además, los partidos de  Mercedes,  Luján,  Pilar,  Exaltación de la Cruz,  Campana,  Escobar TigreSan Fernando  y  San Isidro, desembocando en las aguas del estuario Río de la Plata a la altura del  Club Náutico San Isidro, a 128 kilómetros de sus nacientes.

Población: 2.795.648 habitantes, pertenecientes a los Partidos de Campana, Escobar, Exaltación de la Cruz, José C. Paz, General Rodríguez, Malvinas Argentinas, Moreno, Pilar, San Fernando y Tigre.

Los flujos ordinarios del río Luján comenzaron a padecer cuando a fines del siglo XIX el Ing Huergo vuelca los barros del dragado del canal San Fernando en el medio del río.Estos problemas se acentuaron cuando en la década del 60 Pachelo elimina con 1.000.000 m3, cien mil camiones del destape de sus 44 has de tosqueras el brazo principal del sistema deltario del río Luján que allí reconocía 5 brazos. Hoy solo sobrevive uno. Aguas arriba de la ruta 8 había hecho lo mismo con uno de los 3 ramales deltarios el frigórífico hoy Amancay.

Por su parte Estanislao Kokourek se daba a la tarea de desviar las aguas del Luján a la altura del Club Náutico Escobar-CUBE y para completar sus oficios le pide a la Secretaría de Obras Públicas de la Nación la apertura del canal Sta María, que en lugar de sacar aguas del Luján al Paraná de las Palmas, alcanza a generar el efecto inverso. Ver causa CSJ 2605/2019 en CSJN por CSJ2605/2019.pdf

CSJ2605/2019 hagosaberyhechonuevo.pdf

CSJ2605mentirasverdaderas.pdf

Ya en este siglo EIDICO-EMDICO se ocuparía de robar en cota de 3,75 m el brazo deltario más occidental, toda la planicie de inundación y sus aportes de energías solares. No conforme con esto se dedicaron a inventar un nuevo curso de agua con meandros incluidos y tras ser descubierto y fotografiado en un vuelo por este que suscribe, terminaron eliminando este burdo engaño: “dibujar un río”. http://www.delriolujan.com.ar/sebastian18.html

Las cavas criminales a 25 m de profundidad y los terraplenes de más de 5 m de altura quedaron dando testimonio de estos crímenes contra Natura.

El juez Mario Kohan que en el 2003 había clausurado la obra con un discurso de elocuencias sin par, cambia su resolución por una DIA trucha de un veterinario jubilado que en vacaciones remplazaba al titular del urbanismo municipal. Otra “billetera mata galán”.

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian8.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian16.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian17.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian18.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian19.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian20.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian21.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian22.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian23.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian24.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian25.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian26.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian27.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian28.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian29.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian30.html

Lo que siguió con el reciente ensanche del canal Sta María, ver causa 2605/2019 por  http://www.hidroensc.com.ar/incorte299.html  completa el festival de torpezas que hoy impiden al Luján sacar por superficie el 1% de sus flujos ordinarios al estuario, compartiendo este mismo problema con las frustradas pretensiones del Aliviador del Reconquista. Estos temas están planteados en las causas CSJ 769/2020 y CSJ 1532/2020.

http://www.hidroensc.com.ar/csj1532conicetcaf.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj1532hechonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj1532hechonuevo2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj15322020documental.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ26052019.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj2605mentirasverdaderas.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj2605hagosaberyhechonuevo.pdf

 

16) Resumiendo degeneraciones reiteradas enlazadas

Los crímenes hidrogeológicos e hidrológicos generados por CONSULTATIO en Nordelta y Puertos del Lago, los generados por EIDICO-EMDICO en los santos de Villanueva en Tigre, San Sebastián en Pilar y un par de santos en Escobar, los generados por Ruete Aguirre en Pilara, Pilar y los del Cantón de Urruti en Escobar.

Ver Pilará  http://www.delriolujan.com.ar/Pilara.pdf

Ver San Sebastián  http://www.delriolujan.com.ar/sebastian30.html

Ver Puertos del Lago  http://www.delriolujan.com.ar/consultatio13.html

Santos de EIDICO:  http://www.hidroensc.com.ar/incorte273.html

Ver Albanueva:  http://www.delriolujan.com.ar/albanueva.html

Todos en suelos de imprescriptible dominialidad pública según el art 235 inc C del nuevo CC y art 2340, punto 4º del anterior CC, quedaron ninguneados por el decreto 1072/2018 firmado por Vidal, de la Torre y Salvai y las resoluciones 289/2019 propuesta por Dante Galeazzi, yerno de Costantini para lavar los miles de traseros de Nordelta y Puertos del Lago y la Res 400/2019 propuesta por Agustín Sánchez Sorondo, hijo de Santiago y encargado del área de legales de EIDICO y primo de Marcelo, vocero papal para lavar los miles de traseros de los barrios criminales de EIDICO cuyos compradores no completaban los trámites de escrituración dejando a la vista un enorme agujero fiscal que Gastón Fosatti titular de ARBA resolvió borrando del mapa la ley 8912 de ordenamiento territorial y uso del suelo con apoyo de Salvai, de la Torre y Vidal y remplazándola por la 10707 de Catastro. Ver http://www.hidroensc.com.ar/ARBA2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/ARBA2anexo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/incorte405.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte411.html . Tercer hecho nuevo

http://www.hidroensc.com.ar/hidrografiasydemografias.pdf

Para terminar de embarrar la cancha la actual titular de la DPOUyT Claudia Rodríguez promueve un festival de creación de nuevos códigos de urbanismo municipales que lleven al olvido las artes de los urbanismos que se plantean con anticipos de 60 a 100 años. Pilar ya ha generado dos nuevos códigos de urbanismo en el término de 5 años, a cual más troglodítico en materia demográfica y con resultados tan funestos, que la propia Marcela Campagnoli concejala que aprobara el código Ord 255/2018, se lamenta del disfuncional Acceso Norte a Pilar. Ver

http://www.hidroensc.com.ar/incorte415.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte417.html

Donde la ley 8912 ponía por art 55 un límite de 30 Hab/ha a menos de 1000 m de las rutas provinciales y nacionales, hoy los nuevos códigos acuerdan hasta 800 Hab/ha. Con esta cultura de “billetera mata galán” la tarea de civilizar es ardua, por no decir endemoniada.  La escala y organización de los real states les invita a comprar todo lo que se les cruce en el camino. La moral de los jueces pampeanos que describía Darwin hace 190 años no cesa de mostrarse a cara descubierta. Cualquiera de las respuestas a las causas Luciérnagas Pilar, causa 62698, Oliden Joven, causa 66652 y Campus Vista II causa 67140 todos en el JCA Nº1 de San Isidro; San Gerónimo, causa 32984, Campus Vista ya construido causa 33391 y Le Bois causa 33951 en obra, todos en el JCA Nº2 de S.I., violando sin límites el art 55 , ley 8912 y el art 5º Dec 27/98 exhiben pura desvergüenza.

Los respaldos del titular de la Cámara de Apelaciones a la 66652 Oliden Joven ya han sido evidenciados por todos los medios sin mediar la menor respuesta. Ver causa I 78543/2022 por http://www.hidroensc.com.ar/ARBAinc.pdf y causa I 78544/2022 por http://www.hidroensc.com.ar/ARBA2.pdf y http://www.hidroensc.com.ar/ARBA2anexo.pdf

¡Cómo no habrían de comprarse todo lo que se les cruza en el camino, si a nivel de crímenes hidrogeológicos e hidrológicos baten récords mundiales de salvajismos y se refugian en museos de bellas artes y otros, en tíos vaticanos!

Si V.E. no advierten la desproporción moral de estos impulsores criminales, cualquier faro ético que se quiera alimentar con la energía de los mayores sacrificios nunca alcanzará a corregir estos comportamientos que se regalan por monedas en ambos lados del mostrador, sin la menor conciencia de lo que estas demografías generan con sus vertidos en los cursos de agua http://www.hidroensc.com.ar/zanjon.html

http://www.hidroensc.com.ar/frigorio.html

http://www.hidroensc.com.ar/frigorificodemanda.pdf

y con sus mortales cavas en los acuíferos, dejando por milenios abiertos los envenenamientos de las aguas. Este es según la ONU 2010, el principal motivo de muertes en el planeta. No son los infartos, ni los accidentes de tránsito, ni siquiera las guerras, sino las aguas envenenadas sin compasión alguna por estos desarrollistas de grandes negocios bajo el apelativo de “real states”.

Ninguna ecología del crimen organizado ha llegado tan lejos, con tanto silencio y ausencia de Justicia, la más elemental. Con tanto silencio que jamás ministro de seguridad alguno los mencionó al pasar. No existen. Y son los que baten récords. Algo nos pasa a los mortales. Hasta la esposa de uno de los más criminales preside hoy AySA. Y se lo dije en la cara.

Ver minuto 39 de este https://www.youtube.com/watch?v=M07zlqulaeQ&t=584s

 

Propuesta que enriquecerá el tema eleccionario

Para luchar en semejante desorden es necesario identificar caos y cuencas Cada una de estas cuencas hidrográficas: Matanzas, Reconquista y Luján tienen tantos y tan particulares problemas “científicos”, políticos y empresariales desalmados, que resulta indispensable crear 3 nuevos territorios federales en el AMBA y particionar en dos a la provincia de Buenos Aires, que permitan -asamblea constituyente mediante-, comenzar a ponerlos en orden. 

Nuevas escalas federales a nivel de población

Cuenca del rio Matanzas, 4.571.000 habitantes en 2.405 Km2

Cuenca del río Reconquista: . 4.230.091 habitantes en 980 Km2

Prov. de Cordoba: 3.979.000 hab y 165.321 Km2 de superficie

Prov. de Santa Fe:  3.556.522 habitantes y 133.007 Km²

C:A:B:A: con 3.200.000 habitantes y 203 Km2

Cuenca del río Salado con 3.100.000 habitantes y 265.000 Km2

Cuenca ríos 5º, 4º y afluentes Paraná con 3.000.000 hab y 42.500 Km2

Cuenca del río Luján 2.795.648 habitantes, en 1637 Km2

Prov. de Mendoza: 2.014.000 habitantes y 148.827 Km2: 

Prov. de Corrientes:1.197.553 habitantes y 88.199 Km².

Prov. de Misiones: 1.281.000 habitantes y 29.801 Km2

Prov. de La Pampa: 366.022 habitantes y 143.440 Km².

Prov. de Santa Cruz: 333.473 habitantes y 243.943 Km² 

Estos temas están graficados en

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion5.html

Propuesta de división de la provincia de Buenos Aires

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion.html

Propuesta de ampliación del AMBA y la CABA

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion2.html

Propuesta de cesiones a La Pampa y Río Negro

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion4.html

Reflexiones

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion3.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/poblacion6.html

http://www.hidroensc.com.ar/hidrografiasydemografias.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/acuerdo.html

http://www.hidroensc.com.ar/frigorificodemanda.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj2605mentirasverdaderas.pdf

 

17) Legitimación

Si Rudolf von Ihering hubiera trabajado 40 años en defender un terruño y en adición a la obra paisajística y artística hubiera publicado 23 tomos de tareas sobre estas vivencias respecto de las 2.445 Has que le rodean y 18.000 págs en 50 demandas de hidrogeología e hidrología en esta Excma SCJPBA y 19 en CSJN, no dudaría en considerar la legitimidad de esta acción en pos del derecho a preservar los terruños y la dignidad de las leyes que rigieron los urbanismos y usos del suelo provinciales de los últimos 45 años. Los conceptos activo y pasivo resultan disociados del valor de la Vida puesta en acción.

He presentado en esta Excma SCJPBAmás de 100 páginas de legitimaciones para actuar en defensa de las aguas superficiales, más aún de las profundas y del uso y ocupación indebida de los suelos.

Cuánto apreciaría no extender este escrito para justificar el derecho a denunciar las inconstitucionalidades de estos decretos y resoluciones del Ministerio de Gobierno provincial desde el 2018 al 2022 y su afectación a este terruño, a la fidelidad al cuidado del conjunto de las 2.445 Has. en la que durante 43 años perseveré y al resto del territorio de los municipios de Tigre Escobar y Pilar donde nunca en 27 años dejé de mirar, editar y denunciar todo tipo de aberraciones a suelos y subsuelos, cauces deltarios y áreas mesopotámica.s

Ver este http://www.hidroensc.com.ar/LegitimacioncausaI71516.pdf y http://www.hidroensc.com.ar/incorte224.html sobre el inc 1º del art 161, CP

He transcurrido un cuarto de siglo estudiando los temas de la ocupación de suelos en llanuras tras reconocer el valor de los aportes del Arq. Alberto Mendonça Paz, Padre de la ley 8912, su modificatoria 10.128/83, y sus 2 reglamentaciones 1549/83 y 9404/86 redactadas por el Dr Edgardo Scotti, y García Ravassi, Ricci, Garay, García Nocetti, Ambrosis, Almeida Curth, Vincet, Rodriguez, Valdez Wybert colaborando y poniendo durante años lo mejor de sí. Sólo espero que hayan sido valorados. A cada uno de Ellos traté y conocí en persona. Sin sus aportes de criterio jamás hubiera transitado estos senderos que hoy y aquí descubro en la defensa de estos paisajes protegidos que atesoraron cálices espirituales de un cuarto de milenio (1685-1936).

http://www.paisajeprotegido.com.ar/alvalledeSantiago.pdf ver pag 131

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones27.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones28.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones30.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones38.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones39.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones39.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones40.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones41.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones42.htmlh

ttp://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones43.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/alestablo.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten1.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten2.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten3.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten4.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten5.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten6.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten7.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten8.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten9.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/almaiten10.html

Video específico sobre estas demandas de inconstitucionalidad https://www.youtube.com/watch?v=3J826CTvUAA

 

Aprecios al Dr. Irigaray, Sec. de Juicios Originarios

En estos 20 años de tareas judiciales -47 causas en SCJPBA y 15 en CSJN en estos temas específicos-, he desarrollado más de dos millones y medio de caracteres en legitimaciones. Apreciaría no fuera olvidado el extenso prefacio sobre Historias de legitimación rescatadas por Antonio Esteban Drake en El Derecho público subjetivo como instrumentación técnica de las libertades públicas y el problema de la legitimación procesal y así evitar el verme obligado a reiterarlo.

En el derecho anglosajón las class actions, la interest public action y la derivate action, prescinden de la necesidad de justificar interés alguno por parte del accionante, en virtud de que se admite la acción por representación, circunstancia esta, que sin lugar a dudas, las convierte en instrumentos jurídicos idóneos para la tutela de intereses difusos.

Mi preocupación en la CSJ 243/2014 del río Atuel ha sido a lo largo de estos 3 últimos años, respetuosa, discreta y coherentemente expresada en todos los términos que hacen a los principios de congruencia, prevención, precaución, equidad intergeneracional, progresividad, responsabilidad, subsidiariedad, sustentabilidad, solidaridad, cooperación y aparece documentada en http://www.alestuariodelplata.com.ar/atuel.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/lapampa.html

http://humedal.com.ar/humedal42.html

Incluyo devolución escrita por un agradecimiento telefónico del Dr Irigaray en oportunidad de celebrarse en Julio del 2017 las audiencias sobre esta causa, tras haber subido a la web esta información pertinente y no menos original, que me doy a copiar

“Estimado Dr Irigaray, estimo haber hablado un minuto con Ud el día que se celebró la audiencia del río Atuel y sentí su aprecio que hoy me mueve a escribirle estas líneas

Por cierto, donde Ud mire cuerpos de agua en planicies, encontrará estos mismos problemas de desenfoque primario que no habrá Juez federal, ni Ministro que aprecie cargar.

Sin embargo, si Ud advierte que un viejo de 75 años se siente vital y animado mirando con responsable libertad estos temas específicos desde hace largos 13 años, a lo mejor no resulte tan complicado encontrar un sendero discreto por donde acercar aprecios a estos problemas, que en mínimo balance de daños globales en los últimos 150 años supera en calorías el PBI anual de todas las naciones juntas de la Tierra. Algo así como 1014; sin contar con los millones de Vidas en silencio perdidas por estas miserias cognitivas, que trascienden de la pérdida de capacidad de carga de energía de estos ecosistemas.

Un solo Juzgado federal, el Nº 12 hoy carga con dos de estas causas: la CAF 21455/17 y la CAF 84260/16. Es indudable que de allí no saldrá ninguna solución otra que festejar parálisis, ya de 4 siglos, del conocimiento mecánico y soportes matemáticos.

Así como la Corte planteó en su momento la fragilidad que percibía en los informes que le acercaban para disponer su fallo alrededor de la causa Mendoza y el PISA MR y nunca logró respuesta mínima que aliviara esa percepción, aquí estamos en comparable no menor gravedad de situaciones. Y damos por descontado, que quien carga la mayor dificultad para afrontar estas situaciones es la propia ciencia.

Sembrar alguna semilla de conciencia en dos o tres personas en el ámbito judicial interesadas en verlas algún día germinar en un simple vaso con un papel secante humedecido, no estimo conforme riesgo, ni desperdicio. Al menos avanzarán un paso en la comprensión de la escala y situación de estos problemas y sus trascendencias.

Recuerde Dr Irigaray, que mi tarea es viable por solo refugiarme en el orden estricto de los 4 enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675. El 1º indica mirar por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos. En este caso: los enlaces entre ecosistemas hídricos de planicies habilitando capacidad de carga y transferencias de energías.

De los puntos que siguen: temas generales del ambiente y discursos sobre sustentabilidad, no me ocupo en lo más mínimo; pues si no resuelven 1º cómo resucitar al buey, respetar sus alimentos y su lugar adelante de la carreta ambiental, de nada sirve pretender mirar el resto. El respeto al orden de esos 4 enunciados hace viable nuestra tarea. Del resto, ya habrá quien se ocupe si logramos primero resucitar al buey”.

Saludo A Ud. Dr. Irigaray con mi mayor aprecio, http://www.hidroensc.com.ar/CSJ243.2014tercero.pdf

Francisco Javier de Amorrortu. . 10/7/17

 

Otro Secretario de Juicios Originarios me dijo hace un tiempo: “Francisco, se lo extraña”. Por ese aprecio labro esta demanda que recoge semillas sembradas en su tierra hace 18 años.

 

18) Al término “alboreo”, invento del Dr. Saulquin

Cuando Hölderlin anuncia un tiempo en el que la voz humana cantará la vida, está precisamente poetizando sobre el poetizar, pues él mismo está siendo ya esa alma más bella que con labios humanos cantará de nuevo. Aquí, el poeta está anunciando una realidad en la que de hecho se está dando un cumplimiento y, en este sentido, los bosques han dejado entonces de ser los únicos que cantan a la vida.

De esta manera, Hölderlin ha encontrado las palabras que anuncian un «nuevo decir» y en ello ha inaugurado una relación auténtica con todo lo que le rodea. Ésta es ahora “una relación sublime que lo eleva por encima de la relación del «sujeto» con el «objeto»” y en ello radica la esencia del alma más bella, porque purificada de todo prejuicio ante lo ente, le ha permitido al Espíritu, que reina mudo e ignorado, alzar su voz y hacer de ella un «canto». Sin embargo, el temple que requiere esta nueva relación sublime con lo dado requiere una actitud esencial ante lo real, esto es, la pobreza

Para Heidegger, la pobreza será la ausencia de todo modo de objetivación (Gegenständigkeit) que sobre lo real limita todo lo ente en su aparecer. A esto que impide hacer uso del lenguaje en el sentido del decir poético, estamos llamados a renunciar porque en nuestro tiempo, en palabras de Hölderlin, “todo se congrega sobre lo espiritual, [pues] nos hemos hecho pobres para llegar a ser ricos” (III, 621).

Sin embargo, la tarea del poeta no es solo la de ser pobre y permitirle a lo ente su revelación, sino «permanecer» en su pobreza. Éste será entonces el mayor de sus esfuerzos y en él, ciertamente, tendrán que manifestarse los signos de la pobreza. Así como el pastor de ovejas, para cuidar de su rebaño, debe renunciar a los muros y columnas de una casa hecha a su medida, el poeta tendrá que renunciar al decir superficial del lenguaje hecho a la medida de lo útil y con ello habitar finalmente la casa del ser.

Este “poetizar” en manos de este que suscribe ha sido trabajar con sus manos durante 20 años para ver traducir sufrimiento en conocimiento. Valga este aserto de Karl Jung “A menudo las manos van a resolver un misterio con el que el intelecto ha luchado en vano”.

Aquí la primigenia voz “poieo” no habla del tardío “poetizar” del siglo V aC. Por supuesto, fueron años que conocieron pobrezas y soledad mayúsculas, antes de abrir la etapa de la comunicación que reconoce tránsitos en los 23 años que siguieron. No estuve como Hólderlin refugiado arriba de una carpintería, sino con temple activo trabajando con mis manos y bien pegado al suelo de un jardín que había sido habitado por una misma Familia durante un cuarto de milenio. Desde 1685 hasta 1936. Un terruño lleno de duendes con nombre y apellidos bien conocidos. Entre ellos Matías de la Cruz, Procurador de esta SCJPBA, Félix Luna el historiador. He conocido tristezas del color que se quiera, pero nunca me faltó el ánimo y la inspiración un solo día de estos 43 años en este terruño y siempre tuve bien en claro quién era el arquetipo personal que cada día a las 4.45 am me amanecía. Siempre cohabitando en ese espíritu que venía del Amor vincular y siempre dando testimonio de agradecimiento en todas las causas judiciales en un capítulo inmediato anterior al petitorio. Nunca aprecié escribir en 90 millones de caracteres el primer pronombre personal del singular.

Si a esto quieren llamarlo “pobreza”, allá Hölderlin, allá Heiddeger

https://www.youtube.com/watch?v=voGuV4LuJnI

https://www.youtube.com/watch?v=D5SevWqlM8U&t=193s

http://www.amoralhuerto.com.ar/indexestela.html

A este terruño dediqué la causa que solicitó la conciencia del Dr. Saulquín. http://www.hidroensc.com.ar/ARBAinc.pdf y al que hoy ARBA y el municipio de Pilar le quitan su condición rural y le acreditan una suburbana con capacidad para hospedar 350 habitantes por Hectárea. Suficientes para destrozar hasta la última huella de este terruño al que por exp municipal 492/2009 venimos solicitando la protección del art 5º de la ley 12704 sobre protección de patrimonios paisajísticos. Desaparecido en dos oportunidades, hoy está fondeado en la causa 66652 en el JCA Nº1 de S. Isidro por lo que solicitamos a V.E. su devolución al Municipio. Ver aprecios que permitieron su oportuno rescate:

https://www.youtube.com/watch?v=XsT5H0JGk4Y&t=42s

https://www.youtube.com/watch?v=rDHKLmLPCJk

A las 24 hs de subidos a Youtube ya estaba el intendente Ducoté con su esposa visitándonos.

Ya sea que nosotros y nuestros políticos lo sepamos o no, la Naturaleza es parte de todos nuestros acuerdos y decisiones, y tiene más votos, una memoria más larga y un sentido más estricto de la justicia que nosotros.

Nunca se trató de “lo espiritual”, sino de un espíritu vincular concreto, sensible en mi cuerpo las 24 hs del día, del diafragma hacia arriba; en esa porción de las vías aéreas del cuerpo esquizofrénico que pertenece a Psijé, no a “la psiquis”

https://www.youtube.com/watch?v=LDPYFYOfw6A&t=3416s

Por cierto, muy grato me resulta contrastar estas vivencias con “lo particular” y “lo general” escindidos como lo plantea el AGG. Ni Alflora, ni Estela, ni Julieta ignoran estas escalas. Solo abordan trascendencias de errores de la ciencia de 380 años. Me conmueve pensar que estos temas no interesen a V.E. siendo el caso que pasarán los años y seguirán teniendo vigencias de escalas inimaginables en Vidas, daños y miserias. Imperdible video del 2014 : https://www.youtube.com/watch?v=BF9cyP_w-10&t=26s

There are stars whose radiance is visible on Earth though they have long been extinct. There are people whose brilliance continues to light the world though they are no longer among the living. These lights are particularly bright when the night is dark. They light the way for humankind. -Hannah Senesh, poet, playwright, and paratrooper (17 Jul 1921-1944).Sólo 23 años

https://www.youtube.com/watch?v=GQWypihc7XM&t=1245s 2007

 

19) Gratuidad

El art. 2 de la Ley 25.675, establece que "La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: ... i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma;...".- Que el art. 16 de la mencionada norma establece "...Todo habitante podrá obtener 39 de las autoridades la información ambiental que administren y que no se encuentre contemplada legalmente como reservada" y su art. 32 refiere sin dejar lugar a ningún tipo de dudas que "...El acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie", siquiera las que gravan las actividades de los profesionales del derecho, ya que indirectamente se infringe la mencionada disposición en razón de la obligatoriedad del patrocinio letrado que imponen los códigos rituales.-

A mayor soporte el art. 28 de la Constitución Provincial concluye que"... En materia ecológica se deberá garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales "

La Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha expresado “La Plata, 2 de noviembre de 2005. AUTOS Y VISTOS:... En consecuencia, ha de serles reconocido que esa accesibilidad no esté condicionada por restricciones económicas en todo su derrotero procesal, incluyendo la fase de actuación inherente a esta sede extraordinaria, puesto que la disposición referida no circunscribe su vigencia al mero ingreso ante los estrados judiciales competentes solo en sus instancias ordinarias...”.(Ac. 93.412. Granda Aníbal y Ots. c. Edelap S.A. s. Amparo). 187

La gratuidad de la justicia y el acceso a los estrados judiciales, sin cortapisas, lo estatuyen también los Tratados internacionales, (San José de Costa Rica). La CSJ en el caso “Giroldi” JA 1995-III-571 dijo que al otorgarse jerarquía constitucional a la Convención Americana de Derechos Humanos en las condiciones de su vigencia, quiso poner de manifiesto que era tal como la misma regía a nivel supranacional y teniendo en cuenta la aplicación que hacían los Tribunales internacionales competentes. Es por ello que, invocando la ley vigente, se declare sin más trámite ni sustanciación alguna el beneficio de gratuidad a esta presentación para la tramitación de este recurso y como tal, eximido de pago de toda suma de dinero.

Gratuidad y gratitud

En esta oportunidad aprecio ser menos formal con esto anterior copiado de un pope del derecho procesal que bien conoce el “billetera mata galán”, para traducir la gratuidad que no conocemos, porque de hecho estamos hablando de muertes silenciosas abandonadas y sólo aquí asumidas sus defensas en términos que nunca le costaron a la sociedad en que vivo ningún dinero

La voz “conciencia” reconoce el pronombre “con” y la voz “ciencia”, cuya raíz indoeuropea *skei apunta al cortar, separar, escindir. Latín scio, saber, separar una cosa de otra, discernir. Base de todos los existencialismos, que no solo disciernen sujeto–objeto, sino también los opuestos complementarios: insistir, consistir, resistir, asistir, desistir, subsistir, persistir, en donde la médula apunta mucho más acá de un sujeto – objeto, de acuerdo al nivel de interioridad que expresa. Pero esas expresiones ya hablan de problemas que quedan referidos como “toma de conciencia” o “desborde de conciencia”.

Los “existencialismos” apuntan a valorar lo personal en condiciones que se presumen autosuficientes. Todo lo que exceda el marco de lo personal, de alguna forma escapa a lo propio del “existir”. Sin embargo, todos los demás pronombres aportan a cuestiones más profundas. Y aquí el tema del sujeto – objeto queda alojado en las declaraciones del pope procesal primeras.

De hecho el “sistere” latino o el “istor” homérico del ex-“sistir” refiere de la elevación de esfuerzos, del mástil del navío. ¡Y cuánto mejor ese sistere si le acompañan los demás pronombres!

La voz “historia” no cabe referirla al “relato” histórico, sino a la elevación de esfuerzos que el hombre y la mujer cuando se aman elevan y las dificultades que surgen cuando dejan de amarse. El primer lugar donde se fecunda el sentido de la voz conciencia es en estos lares y no en el “pienso, luego existo”. Y es en estos lares donde la conciencia conoce extensión de territorios que escapan a lo ex-sistencial y al cartesianismo que sea. Nada de esto alcanza a acariciar lo indecible de esa diosa Thetys que recoge a Dionisios del fondo del océano y junto a Okeanos el Padre de lo profundo lo invitan a hacerse niño y así evitar el sacrificio del cordero degollado.

Esta materia vivencial suele demorar 20 años su expresión, otra que no sea la de sus manos, antes de traducir ese sufrimiento como conocimiento. Todos los niveles de “subconciente” o “inconciente” con que la psicología intenta calificarlos pertenecen a ese marco que se objetiva como “lo psíquico” que nos posee; o después de algunos años, como “Psijé” la que nos cohabita, o para mejor localizarla, donde el Yo cohabita.

A esta altura del proceso este primer pronombre singular de lo personal queda reducido a lo más pequeño que de lo personal se tenga noticias.

Estos campos vivenciales son observados por los psicoanalistas, pero distan universos en ser transferidos como relatos.

En las primeras instancias Psijé suele manifestarse como arquetipo colectivo. Ya recorrido algunos tramos del camino con las manos en poiew y tictw -no en poiesis-, es aquí donde Psijé alcanza a suscitar expresión de esos indecibles como fenómenos “estéticos”. Asistir a suscitar indecibles eso es lo que conforma la expresión “estética”. Poco que ver con lo lindo y con lo feo

Ya hemos dicho que a esta altura del partido el hombre o la criatura que ha recién nacido se aprecia cohabitando en un espíritu que viene del marco del Amor vincular, con nombre y apellido bien conocido por este esquizofrénico, que ya entonces ha dejado atrás las faces aguda y grave, para considerar estar transitando la faz esdrújula.

A Karl Jung ya entrado en años le costó mucho aceptar estos relatos, pero terminó reconociendo arquetipos “cuasi personales” –así los llamó-, para referirse a estos que sus pacientes decían estar cohabitando en ellos, y en adición apuntó que eran los únicos que echaban luz sobre el cuerpo oscuro de ego.

 

Sigamos bordando con este hilo el tema de la “gratuidad”

Estas cuestiones nos descubren bien contrastadas la materia prima de la exterioridad y de la interioridad. Y de acuerdo al grado que alcancen de intensidad, la palabra conciencia también va ganando en interioridad. Con la “s” o sin ella, la raíz indoeuropea *skei- está hablando todo el tiempo en términos tan claros de “vivencias”, como intransferibles como relato de “experiencias”. Pedirle a la RAE que se ocupe de estos temas es demasiado pedir.

Metafísicas, cosmologías y teologías quedan como satélites orbitando la luna.

Aquí todo es intra físico; intra Füsis, devolviendo a la voz Füsis ese misterio que Heráclito ya nos regalaba en el siglo VI aC al señalar: Füsis krüptestai filei. La fuentes de la Vida aman encriptarse.

Por cierto no cabe ocultar que traducir este conocimiento en comunicación lleva no menos de 20 años acopiando conocimientos que no están en los libros, sino que descienden cada día a Nos merced a sueños del amanecer, deseos, intuiciones y azares de una fuente del Amor vincular, que si bien llamamos Musa, siempre agradecemos con su nombre y apellido.

Los primeros 20 años, esos que traducen sufrimiento en conocimiento dejan huellas de carácter poético. Después de 20 años, si esa cohabitación es fiel y plena, ya se abre comunicación a conocimiento de cuestiones bastante más específicas que las poéticas. Quien hoy serrucha la tapa de la tumba de Isaac Newton es una Musa paraguaya que nunca conoció las letras, ni el agua potable. Ni siquiera conoció a sus Padres porque fue entregada a un matrimonio mayor que no podía tener Hijos.

Al fallecer un 28 de Diciembre del 2003 a los 48 años, esta Madre de 10 hijos se entera de que todas sus pobrezas y desconsuelos se habían transformado en Capitales de Gracia (Dharmas). Y antes de que la ONU señalara que el principal motivo de muerte en el planeta eran las aguas envenenadas, se dedicó a comunicar las prepotencias que la ciencia hidráulica desde hace siglos viene ejerciendo sobre los cursos de agua y acuíferos de llanura para servir a los deseos de los real states, que hacen sus mejores negocios con los peores suelos.

Para seguir contrastando “gratuidades” celestiales y terrenales aprecio extender este capítulo en una tarea que comencé hace 25 años juntando firmas de vecinos que reclamaban por la apertura de una calle pública, cuyo ancho de 8,75 m habían sido donados por el Ing Abraham Borenstein –hermano de Tato Bores-, para resultar conformando una nueva de 23,75 de ancho con antiguas arboledas en el medio del boulevard de 700 mts de largo.

Los detalles son tan vergonzosos que no son para relatar aquí. Pero aprecio acercar una anécdota de un candidato a Gobernador que sospecho recuerda esta historia. Su entonces esposa, Nancy Pazos –un encanto de persona-,para enterarse de estos reclamos que sin duda la afectarían por ser Ella vecina de este barrio La Lomada del Pilar, un día se acercó al final de esta calle que linda con la parcela que habito desde el 6/1/1980 y de casualidad se encontró con mi Hija Maitena que le contó la historia de la donación y el reclamo que estaba gestionando su Padre.

Tal vez, si Santilli llega a Gobernador aprecie él mismo denunciar este robo de casi 6.000 m2 de calle pública, que vale algo más que la mochila y el celular robado de su spot de campaña.

La dominialidad pública de una calle es imprescriptible.Y aquí no se trata de una cesión transitoria de servidumbre de calle sin compromisos vecinales.

Estuve una década gestionando en todos los niveles administrativos, Fiscalía de Estado y judiciales, transitando alzadas hasta la CSJN y tras perder todas las instancias judiciales en donde me encontré con los conocidos jueces Servín y Saulquín, terminé pagando lo que por entonces eran US$ 2000, el equivalente a todo un año de jubilación.

Por vía extra judicial, un alto funcionario municipal muerto de vergüenza me confesó que habían pagado US$ 25.000 dólares por esos 6.000 m2 de calle.

La Gratitud es una deuda moral. De hecho, la gratitud suele provenir de la gratuidad de la ayuda, de la generosidad del otro, mientras que la sensación de deuda puede llegar incluso a impedir que uno acepte ciertas ayudas, solamente por no sentirse obligado luego a retribuirlas.

Este conflicto es inviable cuando la generosidad viene de las Musas. Por eso acepté pagar el fallo contrario de la CSJN, equivalente a la jubilación de todo un año, tras haber trabajado 10 años en defender el dominio público imprescriptible de la calle Jorge Ohm, que se había transferido por monedas a un vecino encantador que después de un cuarto de siglo no cesa de violar las leyes y comprar jueces. Al decir de Steiner, esta es la música de la consciencia que suena entre lo contradictorio, lo no resuelto y lo colectivo

Los detalles de estas gratuidades que los popes de los real states no conocen en competencia ni prensa adversa, aparecen listados en estos hipertextos: http://www.lineaderibera.com.ar/los%20expedientes%20de%20la%20calle%20Ohm.pdf

http://www.lineaderibera.com.ar/linea6.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco%20index.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco0.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco00.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco1.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco2.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco3.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco4.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco5.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco6.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco7.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco8.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte86.html

Sentencia Cámara Exp 2829(Saulquin)respondiendo al Exp Nº 19145 tramitado ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de San Isidro

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco9.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco10.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco11.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco12.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco13.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/cerco14.html

 

20) . Planteo del caso federal

Para el hipotético caso de que V.E. no hicieran lugar a la acción que se interpone, hago saber que plantearé el caso federal de conformidad con lo establecido por los Art. 31, 41, 75 incs. 19 y 22 de la C.N., art 28 de la CP en un todo de conformidad con lo previsto por los Art. 14 y 15 de la Ley Nº 48. La declaración de inconstitucionalidad por la regresividad que carga la doctrina pretoriana cargada al inc 1º del art 161 de la CP que ya en la causa I 74719 hube solicitado, apunta a los respetos de los art 41 de CN; art 28º de la CP; al orden de los enunciados en el par 2º, art 6º de la ley 25675, a la voz ecosistema en el glosario de la ley 11723 y al cuidado espíritu del urbanismo. Solicito a V.E. un pronunciamiento expreso sobre las cuestiones planteadas, que aparecen publicadas en

http://www.hidroensc.com.ar/realstatesSCJPBA.pdf 

http://www.hidroensc.com.ar/realstatesCSJN.pdf  

http://www.hidroensc.com.ar/realstatesTSJ.pdf

 

21) . Agradecimientos

Los que caben a mis Queridas Musas: Alflora Montiel Vivero iluminando cada día desde hace 19 años las dinámicas de los cuerpos de agua de llanura desde termodinámica de sistemas naturales abiertos y enlazados. Estela Livingston desde hace 38 años a cargo de la expresión escrita y a su nieta Julieta Estela Luro Pueyrredón la edición de videos subidos a Youtube.

A Vuestras Excelencias y a los Secretarios de Demandas Originarias por haberme invitado a colaborar en Abril del 2005 y tener la paciencia y amabilidad de considerar estos aportes muy específicos en los que nunca he solicitado algo personal a cambio, otro que permitir sentirme útil a la Comunidad. Esta presentación solo intenta testimoniar agradecimiento a Vuestras Excelencias por la consideración a la causa del terruño que nos recordará a todos.

Desde Manuel de la Cruz, Eugenio Cruz, León Felipe Hilario Luna, Matías de la Cruz y Félix Luna agradeciendo a los espíritus vinculares que los asistieron http://www.delriolujan.com.ar/al%20valle%20de%20Santiago.pdf Pág 131

 

22) . Petitorio

22a) Introito: Solicito a V.E. considerar estos aprecios que se iniciaron en Abril del 2005 cuando fui solicitado por los Secretarios de Demandas Originarias Dres. Ricardo Ortíz y Juan José Martiarena para que colaborara como 3º en la causa B 67.491/2003. Tan visible era esa solicitud, que a las 48 hs de presentado el escrito fue aprobado en la acordada ministerial de los miércoles. Y tan urgidos, que me solicitaron participara en la audiencia en el salón de verano de ese mismo día a las 12 hs. En dos horas me alisté y recorrí los 110 Kms de Del Viso a La Plata. Llegué a las 12,05. El Dr Ortiz me había reservado una silla al lado suyo. 25 abogados e ingenieros estaban congregados alrededor de la gran mesa circular. Y al trasponer el umbral de la puerta de entrada recibo la primera sorpresa. Uno de los presentes se pone de pie y en voz alta señala: “¿Amorrortu aquí? ¡El o yo! El Dr. Ortiz le aclaró que acababa de ser autorizado y en silencio se sentó. No abrió más la boca. Su abogado defensor el Dr Jorge Fernando Saurí lo haría por él.

Ya he expresado en la pág 25 de este escrito de quién se trata. También lo hizo hace muy pocos meses CFK, que había hecho seguimiento de sus 215 llamadas telefónicas con otros dos denunciados por ella. El mismo que le alquilaba la casa en Tigre al López de los bolsos en el monasterio. Un hombre sencillo, al que su alma wichi no le impedía ser discreto. Un encanto de persona. Imposible compararlo con los parientes del vocero papal. Pero poniendo de manifiesto, en forma espontánea y sin remedio, su forma de actuar.

Ese juicio lo había armado él mismo, tras solicitarle a Coroli, titular de la DIPSOH que denunciara a su vecino Manfein S.A del barrio Los Sauces por el angosto terraplén de 500 camiones que le devolvía las aguas del Ar. Pinazo, que desde La Lomada le enviaban los 30.000 camiones que el generador del juicio había aplicado en la ribera de enfrente.

Este empresario que me visitó en dos oportunidades, vuelvo a reiterar, es un encanto. Y lo traigo a colación, porque hay otros como él, tal el caso de Eduardo Costantini, que también estuvo de visita en mi pequeña chabola, que también es un encanto.

No es necesario entonces imaginar monstruos para tener una idea de los descomunales crímenes hidrogeológicos -no es el caso del 1º de los recién mencionados-, aunque contribuya con San Gerónimo a violar el art 55, ley 8912 y el 5º de su propio decreto 27/98, poniendo así de manifiesto el enterramiento de las leyes 8912 y 10128 y su remplazo por una aberrante ley 10707 de catastro, para ver hoy el urbanismo regido con paupérrimos criterios fiscales.

Ya hemos explicado que el agujero negro fiscal generado por los desarrollos basados en crímenes hidrogeológicos desencadenaron este desmadre demográfico, probando que los criterios ecológicos giraban en torno a los real states y no en torno a Madre Natura.

La escala que exhiben estos real states no está para ser confrontada con noción moral particular alguna. En toda alma hay lugar de sobra para cargar infiernos. Pretender instalar un faro ético en este lodo de inconstitucionalidades cultivadas durante 30 años es aún más inviable. Por ello todos los discursos reclaman hacer el listado interminable de denunciados y de desastres consumados para que a ningún asesor general de gobierno se le ocurran planteos elementales como los del Dr Ferrari. Con cartesianismos solo alimentamos la multiplicación de estas debacles.

Entre los candidatos a gobernar el país figura una mujer que fue ministra de seguridad de la Nación y es allí donde cultivó los mayores aprecios. Cuando termine su campaña intentaré explicarle que la mayor causa de muertes en el planeta no son los asesinatos, ni los infartos, ni los accidentes de tránsito, ni siquiera las guerras. El principal motivo de muerte en el planeta son las aguas contaminadas.

Por este motivo hago la propuesta de organizar el AMBA en función hidrográfica. Otro tanto con la división de la provincia en los sistemas del Salado y los de los ríos 5º, 4º y 3º. Estados federales más pequeños que se hagan cargo cada uno de su cuenca. De manera que si hay muertos por envenenamiento no tiene que hacerse cargo esta SCJPBA, ni la difunta DIPOSOH, ni la desvergonzada AdA. Habrá otras AdAs que sentirán más aprecio por cercanía y por escalas.

Pero resulta inevitable hacer estos planteos en las 3 cortes: provincial, nacional y TSJ de la CABA, porque a todas ellas les cabe sacar algún provecho de estas demandas y de oficio colaborar en la orientación de la Asamblea General Constituyente que deberá formalizar estos enlaces hidrográficos y demográficos, haciendo las observaciones que de oficio consideren V.E. oportunas.

El largo listado de denunciados no implica que deban ser citados. Porque si la causa B 67491/2003 está aún pendiente después de 20 años, siendo su originador el mismo que armó el descalabro, no vamos a pretender que el Sergio Massa que ha batido récords nacionales de crímenes hidrogeológicos asuma sus corresponsabilidades por autorizar aberraciones en los tiempos en que fue intendente de Tigre. Todos los montoneros juntos no hicieron el daño que generaron estos barrios tigrenses, que no se cobraban Vidas con disparos, sino descabezando acuíferos y sembrando en ellos aguas envenenadas que matan en silencio, sin generar en estos 30 años ningún escándalo.

Esta saga de denuncias es la única excepción. Que a cambio acerca el regalo del cambio de paradigma en mecánica de fluidos, responsable del robo de energías en los cursos de agua de llanuras que superan el capital de 1000 bancos mundiales, equivalente al PBI de todas las naciones del planeta juntos. Ese regalo de termodinámica natural abierta y enlazada , aunque descomunal, tardará en ser apreciado; tanto tiempo como resulte necesario a los discípulos de Newton atender sus tratamientos psiquiátricos.

La colaboración de la Justicia procesando esta información y confirmando de a poco su seriedad, resulta invalorable, aunque hasta no sentir el espíritu encendido resulte tarea agotadora. A los 81 años no siento ningún cansancio.

 

22b) Lista de denunciados por crímenes hidrogeológicos

Eduardo Duhalde, Gobernador

Daniel Scioli, Gobernador

Sergio Massa, Intendente de Tigre

Julio César Zamora, Intendente de Tigre

Sandro Guzmán, Intendente de Escobar

Ariel Sujarchuk, Intendente de Escobar

Sergio Bivort, Intendente de Pilar

Humberto Zúccaro, Intendente de Pilar

Nicolás Ducoté, Intendente de Pilar

Federico de Achával, Intendente de Pilar

Hugo Pablo Amicarelli, Titular de la DIPSOH

Daniel Coroli, Titular de la DIPSOH

Indalecio Oroquieta Autoridad del Agua

Raúl LópezAutoridad del Agua

José Manuel Molina, OPDS (San Sebastián, Colony Park, Canal Vinculación)

José Beni SSPyVNN (Canal Vinculación)

Daniel Brea Hidrología INA (Canal Vinculación)

Juez Mario Eduardo Kohan ver lo dedicado a minuto 11 de este video https://www.youtube.com/watch?v=3dy-nhJHlOI

Eduardo Costantini, CONSULTATIO, I 70751 y Res 289/2019 del MG

José Ignacio Hurtado Vicuña

Jorge O’Reilly EIDICO, EMDICO, Visiones Compartidas

Pedro Pablo Lanusse

Patricio Lanusse

Juan Angel Seitún

Mateo Salinas

http://www.delriolujan.com.ar/eidico.html

http://www.delriolujan.com.ar/sebastian29.html

https://www.youtube.com/watch?v=3d9TB3iWP-g&t=6s

 

APTITUD HIDROGEOLOGICA, infinitamente más provocadora. Recordemos todas las leyes que se devoran en estas materias:

Inc 2 del art 2° de la vieja ley 3487 de fundación de pueblos.

Los arts 6º de la ley 6253, 2º, 3º, inc c y 5º de la ley 6254 y 4º Dec regl 11368

Art 59 de las leyes 8912 y10128.art 101º del dec 1359 regl de la ley 8912.

arts 2º, 3º y 4º de la ley Prov. 5965

arts 2º y 3º y de los 10 parágrafos del art 5º de la ley 25688 de Presupuestos Mínimos sobre el Régimen Ambiental de Aguas

ley 12257 y arts: 5º, 6º, 10º, 14º, 17º, 24º, 29º, 30º, 33º, 34º, 35º, 36º, 40ºa 47º, 53º, 55º, 57º, 58º, 72º, 73º, 83º a 89º, 93º, 97ºa 106º y 108º

ley 11723 los arts 14º, 18º, 23º, 25º, 27º, 34º, 39º, 40º, 41º, 45º y 46º.

Ord Mun 727/83, art 4°, punto 2.1.1. y art 14º

Res 289/08 BO del 15/7/08 Anexos 6 y 7

Art 902 del CC. Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y con pleno conocimiento de las cosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles de los hechos. Ver también los arts 897, 899, 903, 904, 917, 923, 928, 929, 931, 932, 933, 934, 935941, 942 y 943 del CC.

Arts 2340 inc 3º, 2634, 2638, 2642, 2644 y 2648 del Código Civil

22c) Denunciados por enterrar las leyes 8912 y 10128 y suplirlas con la ley 10707 de Catastro

María Eugenia Vidal http://www.hidroensc.com.ar/cartadocvidal.html

Joaquín de la Torre, Ministro de Gobierno . Inconstituc. Dec 1072/2018

Federico Salvai, Jefe de Gabinate

Gastón Fossati, titular de ARBA

Cristián Girard, ARBA http://www.hidroensc.com.ar/incorte405.html

Dante Galeazzi, titular de la DPOUyT . Inconstituc. Res 289/2019

Agustín Sánchez Sorondo, titular de la DPOUyT . Inconstituc. Res 400/2019

Claudia Rodríguez, DPOUyT http://www.hidroensc.com.ar/incorte415.html

https://www.youtube.com/watch?v=Tt21z3q5KNM&t=90s

Federico de Achával http://www.hidroensc.com.ar/incorte406.html

Juan Pablo Caputo, Secretario de Planeamiento Pilar. Autor encubierto

 

22d) Desastres hidrogeológicos consumados

https://www.youtube.com/watch?v=3d9TB3iWP-g&t=6s

Nordelta en Tigre, Puertos del Lago en Escobar, CONSULTATIO

Complejo Villanueva en Tigre: Santa Catalina, Santa Teresa, Santa Clara, Santa María, San Genaro, San Roque, San Gabriel, San Agustín, San Marco. San Matías en Escobar. San Sebastián en Pilar (EMDICO)

Pilará de Ruete Aguirre en Pilar

El Cantón de Urruti en Escobar

 

22e) Desastres hidrológicos en extremo abreviados en estas denuncias y sólo mencionados para resaltar el abismo cognitivo que carga la mecánica de fluidos por ignorar el aporte de las energías solares, mentar aportes de pendientes de 4 mm/Km y permitir vuelcos de dragados y efluentes sin límites.

https://www.youtube.com/watch?v=dV4s0SrcrD0&t=337s

https://www.youtube.com/watch?v=GXGSOTBYNVA&t=20s

https://www.youtube.com/watch?v=FGt-ZTwddog&t=1326s

https://www.youtube.com/watch?v=-eV7buC-C7w&t=3s

https://www.youtube.com/watch?v=MsQqHltDI7I&t=26s

https://www.youtube.com/watch?v=_byVG5Msxuw

Eliminación del sistema deltario de 3 brazos en el río Luján antes de la ruta 8

Eliminación del sistema deltario de 5 brazos del río Luján después de ruta 8

Desvíos del río Lujan por el CUBE-Club Náutico Escobar

Angostamiento del río Luján por más de un siglo a la tercera parte

Desvío de su salida al estuario por rotura de la curva de salida del Ar. Sarandí en 1780, agravado por la construcción del Puerto de San Isidro en 1910.

Desvío de la salida natural del río Reconquista y su brazo deltario el río Tigre y prolongación de su salida al estuario por un canal Aliviador “sarcofágico” de 7,5 Kms con todos sus flujos ordinarios muertos.

El color de todas estas aguas están en Google Earth todos alteradas a pedido

Los flujos ordinarios del río Matanzas murieron en Abril de 1786 al romperse la curva del cordón litoral de salida tributaria al estuario y aún la mecánica de fluidos, el ACUMAR, el PISA MR, la ley 26168 y el histórico fallo de la causa Mendoza en CSJN lo siguen ignorando.

El vuelco de 1.800 estadios monumentales de barros dragados por la destrucción del sistema convectivo generado por el ventury instalado en el Ar. Las Víboras, inicio del canal Emilio Mitre y el vuelco de 4,3 millones de m3 diarios de efluentes por emisarios con el eje de sus dinámicas cruzadas a las del estuario ya conforma el apocalipsis inevitable de la reina del Plata si los discípulos de Newton demoran sus tratamientos psiquiátricos.

Por estos motivos hacemos mención de los desastres hidrológicos. Todos ellos atados a los desastres que ha generado en estas latitudes la ciencia hidráulica en los últimos 150 años.

Resulta inviable condenar la ignorancia, tanto como dejar de mencionarla.

Concluir que estos temas escapan a la competencia originaria resulta tan irresponsable como pretender que cualquiera de estos temas sean tratados por tribunales ordinarios.

De hecho, lo he intentado en vano durante 27 años en administración y Justicia en no menos de 18.000 páginas de denuncias y siempre termina imponiéndose el “billetera mata galán”.

Si V.E. quieren que las aguas de estas miserias cognitivas y no tan cognitivas fluyan, la cuestión no es a dirimir entre lo particular y lo general sin antes considerar las escalas abismales de estas urgencias que en silencio se cobran más Vidas que todas las generadas por las guerras, los accidentes de tránsito, los asesinatos y los infartos. Solo las del Matanzas en estos 237 años que lleva muerto superan las ofrendadas en las guerras de la Independencia.

Tan ausente está la Justicia de vislumbrar estos escenarios, como los Ministerios de seguridad nacionales, provinciales y municipales, las Secretarías de Medio Ambiente y los Ministerios de Salud.

Instalar estas denuncias en las campañas electorales no resulta gratificante para muchos de los contrincantes. Y el elegido tampoco querrá tenerlo en su agenda. Por ello la voz de la Justicia, aunque sea preguntando y actuando de oficio en estos temas privilegiados por los dos primeros enunciados del par 2º, art 6º, ley 26756, resulta iniciativa de incomparable trascendencia.

Estamos conformados de un 72% de agua. Sin embargo, nuestra conciencia de la libertad no tiene registradas estas responsabilidades, que sin duda exceden a cualquiera, pero hace tiempo debímos haber comenzado a sincerar.

Las propias vestimentas morales y éticas, incluidas las poéticas, resultan muy delgadas para abrigarnos de las bajas temperaturas que generan estas conclusiones. Invitamos a V.E. a que no concluyan aquí.

Solicito a V.E. que las causas I 78543, 544 y 545 subidas en Diciembre del 2022 sean admitidas en Vuestra competencia originaria para corregir al menos, estas infinitesimales muestras del “billetera mata galán”, herramienta primaria de las ecologías de los real states destruyendo recursos hídricos superficiales y profundos, las leyes 8912 y 10128 y la ley 12704 de los terruños.

Sin más por el momento que agregar saludamos a V.E. con la mayor consideración y agradecimiento por los estímulos para trabajar que he recibido.

 

Petitorio CSJN: abismos cognitivos en jurisprudencias

Si hay alguien que encarna estas ecologías de los real states contra Madre Natura y ha hecho del territorio que gobierna y de entornos que no gobierna, lo que se le ha ocurrido, ese es Horacio Rodríguez Larreta.

Si se solicita al Dr Jorge Santa Cruz del INA y a la Dra Agnes Paterson de la UBA sus opiniones sobre los descabezamientos de tres acuíferos confinados cavando a 50 mts sobre la salida estuarial del arroyo Medrano, se apreciará el nivel de corresponsabilidad criminal imprescriptible que pesa en la autorización para construir las dos torres del Quantum Bellini en Núñez y Libertador http://www.hidroensc.com.ar/cautelar%20hidrogeologica.pdf denunciadas por CSJ 1224/2023, probando que el delirium tremens de Daniel Chain resulta efervescente en las ecologías de los real states aspirando a una gloria sin siquiera imaginar cómo abren las aguas a envenenamientos y a la pérdida de la presión estática de esos acuíferos, resultante en brutos procesos de subsidencias conformantes de imprescriptibles infiernos.

Si se verifican los corrimientos de la línea de ribera en las propuestas del Distrito Joven se advertirá que no cuentan con autorización de la legislatura de la Nación. Ver http://www.paisajeprotegido.com.ar/distritojoven.htmly sin embargo, Horacio Rodríguez Larreta reitera una y otra vez que él no acusa, ni juzga de mal alguno, a nadie. Rodeado de asesores y legisladores se pone de acuerdo consigo mismo para guardar silencio. Sin duda, no está obligado a denunciarse. No es el caso de este que suscribe, consciente de estos horrores de criterio y felonías de los real states que todo lo resuelven con marketing y el “billetera mata galán”. El nivel de atropellos y enterramiento de las leyes de ordenamiento territorial y uso del suelo en la provincia de Buenos Aires denunciado en las causas I 78543, 78544, 78545 y 78… lo prueba.

Otro abuso de Horacio Rodríguez Larreta fue volcar más de 150.000 camiones de áridos de la obra de Paseo del Bajo más allá de los límites del territorio del Puerto de Buenos Aires sin autorización de la legislatura de la Nación, generando una multiplicación de la deriva litoral de más de 7 veces el ancho natural y provocando un desastre en las tomas captura de agua de la planta Libertador de AySA en Palermo. Ver imagen de la pág 66. http://www.hidroensc.com.ar/incorte274.html

http://www.hidroensc.com.ar/incorte310.html

http://www.hidroensc.com.ar/csj770puertonuevo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj770hechonuevo.pdf

Otro tanto fue aceptar por parte de un titular de la SSPMMyVNN, la transferencia de 90 Has de áreas portuarias de la Nación a la C.A.B.A. sin la previa autorización de la legislatura de la Nación. Gran parte de estas tierras son “bocato di cardenali” de los real states. En la causa CSJ 1141/2020 conformo presencia como tercero para denunciar estas inconstitucionalidades. Ver por

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ1141tercero.pdf e imagen de la Pág. 40

Otra derivación de estas ecologías de los real states aprobada por la legislatura de la CABA fue permitirle a IRSA desarrollar sus negocios inmobiliarios en la llamada Sta María del Buen Aire en la Ciudad deportiva, ignorando que esas áreas son de primaria necesidad para devolverle la curva de salida al estuario a un río Matanzas muerto en Abril de 1786, tras haberse cobrado más víctimas silenciosas que las ofrendadas en las guerras de la independencia. Los muertos no votan. Y a estos que refiero ni siquiera los mencionan. Un cuarto de milenio envenenando, solo en esta cuenca-, a millones de personas.

Ver http://www.alestuariodelplata.com.ar/irsa5.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/irsa.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca22.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca21.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/acumar6.html

https://www.youtube.com/watch?v=ER4ynWl43Uk

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca1.html Introducción del 2008

La responsabilidad de la ciudad de Buenos Aires en estas remediaciones ha quedado registrada en las causas D 179/2010, D 473/2012, 45090 en el JCAyT Nº30 de CABA, en la 13070/2016 en el TSJ de CABA, en la 31739 en el CAF Nº6, para por fin sumarse a la causa CSJ 791/2018 en SJO de CSJN

https://www.youtube.com/watch?v=EZnFrW4PmNQ

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ7912018demanda.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791respaproveido.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791respprov16.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791procurador.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ7912018denegacion.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791respuestaalprocurador.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791denega2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791ARosenkrantzyRosatti.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791introito.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/csj791demoras.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791alertasMaldacena.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791casanova3052.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/denunciaBIRF7706AR.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/fundaBaires2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791denuncioalertasBancoMundial.pdf

https://www.youtube.com/watch?v=uM3Uz_hQEJg

http://www.hidroensc.com.ar/csj791eia2020aysa.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/incorte388.html

http://www.hidroensc.com.ar/fundaBaires3.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/Macriequipos.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/abismos.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/evaluacion2.html  

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca14.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca16.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca17.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca19.html 

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca20.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca21.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/boca22.html

http://www.hidroensc.com.ar/cortemr.html Causa D179/2010 en CSJN 

http://www.hidroensc.com.ar/cortemr2.html

http://www.hidroensc.com.ar/D473recinextremiscsjn.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/D473anexo.pdf  

http://www.hidroensc.com.ar/D473insistocsjn.pdf  

http://www.hidroensc.com.ar/D473precisa.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/D473ampliademanda.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/cortemr9.html

http://www.hidroensc.com.ar/D473recinextremiscsjn.pdf  

http://www.hidroensc.com.ar/D473anexo.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/D473insistocsjn.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/D473precisa.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/D473ampliademanda.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/cortemr9.html

http://www.alestuariodelplata.com.ar/CAF%2030739%20pido%20sentencia.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/incorte256.html CAF 21455/17 hoy D 473/12

Hoy son tres las denuncias instaladas en CSJN sobre Horacio Rodríguez Larreta: la CSJ 1224/2023, la CSJ 770/2020 y la CSJ 1141/2020 tercero, para de esta forma recordar que el mayor déficit en materia de seguridad pasa por las aberraciones en materia de uso de los suelos y subsuelos, aguas superficiales y confinadas cuyos envenenamientos son motivo de la mayor causa de muertes en el planeta. No son los asesinatos, ni los infartos, ni las guerras.

Por ello sugiero la recreación de un Ministerio de la seguridad que ponga orden en sus misiones priorizando estos temas frente a los habituales que vemos comunicados y priorizados por la política y la prensa.

Conscientes de las dificultades culturales, políticas y “comerciales” para ordenar estas ecologías de los real states contra Madre Natura, que ya viene habilitada en el olvido del orden de los primeros dos enunciados del par 2º, art 6º, ley 25675 y en adición inconmensurable con los centenarios errores de la mecánica de fluidos en planicies y baches cognitivos en sus piezómetros

Pregunta del millón: ¿cómo hace una molécula de agua para descender por un capilar que recibe del acuífero una presión ascendente de 4 k/cm2?

Saludamos con el mayor respeto a V.E. por el aprecio a estas consideraciones

 

Francisco Javier de Amorrortu

 

Ignacio Sancho Arabehety, CPACF T 40 F 47